Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 31/03/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2022.

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El apartado Uno del artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, establece una tasa de reposición del 120 por cien para las plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y de Profesores Contratados doctores regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que, por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan, se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, y a los Profesores Contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisistos establecidos en este punto.

Además, y de conformidad con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, podrán convocarse hasta un máximo de 183 plazas de Catedrático de Universidad que se proveerán por el sistema de promoción interna.

El apartado Dos del citado artículo 19 dispone que la validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del EBEP, a que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización de cada año y a que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial correspondiente en el plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyan las plazas.

En consecuencia, y conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022; en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022; y en el Acuerdo 8.7 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla de fecha 23 de marzo de 2022.

RESUELVO

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2022 que figura como anexo.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

Tercero. Las convocatorias derivadas de esta Oferta se publicarán el el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, según lo establecido en los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de marzo de 2022.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO

Personal Docente e Investigador

CUERPO/CATEGORÍA NÚM. DE PLAZAS (2)
Profesor Titular de Universidad 156
Profesor Titular de Universidad (1) 27
Profesor Contratado Doctor 100
Profesor Contratado Doctor (1) 18

(1) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. en virtud del artículo 20.Uno.3.l de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

(2) Se efectúa la reserva legalmente establecida para cubrir por personas con discapacidad.

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