Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Almería, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de recursos y reclamaciones contra los listados de alumnado admitido y no admitido en los centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2022/2023.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, así como en la Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado de centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, ambas afectadas por el Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, por el que, con carácter urgente, se modifica la normativa de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía y otras disposiciones normativas, en relación a la tramitación de los expedientes sobre recursos/reclamaciones en el procedimiento ordinario contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los diferentes centros sostenidos con fondos públicos del ámbito competencial de la misma.

Esta Delegación Territorial de Educación y Deporte en Almería

HA RESUELTO

Primero y único. En base a lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación de urgencia en los procedimientos de recursos/reclamaciones contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los centros sostenidos con fondos públicos de Almería y provincia, para el curso escolar 2022/2023, habida cuenta que en el presente supuesto concurren razones de interés público, ha de practicarse con la máxima celeridad.

Toda vez, que en el artículo 48.3 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, modificado por el Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, establece que los citados recursos y reclamaciones deberán resolverse y notificarse a las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses desde su interposición, debiendo, en todo caso, quedar garantizada la adecuada escolarización del alumno o alumna. Para dictar la citada resolución, es necesario, entre otros trámites, solicitar informes a otras Administraciones Públicas.

En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, a tenor de lo preceptuado en el apartado 2 del artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

Almería, 30 de marzo de 2022.- El Delegado, Antonio José Jiménez Rosales.

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