Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se publica la Adenda por la que se prorroga el Convenio Marco de colaboración entre la Consejería de Economía y Conocimiento y las Universidades Públicas de Andalucía para la realización de prácticas académicas externas del alumnado en las sedes de la Consejería de Economía y Conocimiento o de sus entidades u organismos adscritos.

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Con fecha 10 de marzo de 2022 se ha suscrito Adenda de Convenio Marco de colaboración entre la Consejería de Economía y Conocimiento y las Universidades Públicas de Andalucía para la realización de prácticas académicas externas del alumnado en las sedes de la Consejería de Economía y Conocimiento o de sus Entidades u Organismos adscritos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula decimoséptima del citado Convenio Marco procede la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la Adenda de este Convenio Marco.

ANEXO

ADENDA POR LA QUE SE PRORROGA EL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO Y LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS DEL ALUMNADO EN LAS SEDES DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO O DE SUS ENTIDADES U ORGANISMOS ADSCRITOS

REUNIDOS

El Excmo. Sr. don Rogelio Velasco Pérez, en calidad de Consejero de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el Decreto del Presidente 7/2020, de 3 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento (BOJA extraordinario núm. 54, de 3 de septiembre de 2020), en uso de las facultades propias de su cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

El Excmo. Sr. don Carmelo Rodríguez Torreblanca, Rector Magnífico de la Universidad de Almería, en virtud del Decreto 503/2019, de 26 de junio (BOJA núm. 125, de 2 de julio de 2019), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre (BOE núm. 50, de 27 de febrero de 2019).

El Excmo. Sr. don Francisco Piniella Corbacho, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, en virtud del Decreto 498/2019, de 17 de junio (BOJA núm. 117, de 20 de junio de 2019), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 207, de 28 de octubre de 2003).

El Excmo. Sr. don José Carlos Gómez Villamandos, Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, en virtud del Decreto 140/2018, de 3 de julio (BOJA núm. 131, de 9 de julio de 2018), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Córdoba aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre de 2003), modificados por Decreto 212/2017, de 26 de diciembre (BOE núm. 37, de 10 de febrero de 2018).

La Excma. Sra. doña Pilar Aranda Ramírez, Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, en virtud del Decreto 489/2019, de 4 de junio (BOJA núm. 108, de 7 de junio de 2019), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011).

La Excma. Sra. doña María Antonia Peña Guerrero, Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva, en virtud del Decreto 171/2021, de 25 de mayo (BOJA núm. 101, de 28 de mayo de 2021), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011).

El Excmo. Sr. don Juan Gómez Ortega, Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en virtud del Decreto 459/2019, de 23 de abril (BOJA núm. 79, de 26 de abril de 2019), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Jaén, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio (BOJA núm. 152, de 8 de agosto de 2003), modificados por Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011).

El Excmo. Sr. don José Ángel Narváez Bueno, Rector Magnífico de la Universidad de Málaga, en virtud del Decreto 6/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 11, de 17 de enero de 2020); en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Málaga, aprobados por Decreto 464/2019, de 14 de mayo (BOE núm. 139, de 11 de junio de 2019).

El Excmo. Sr. don Francisco Oliva Blázquez, Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en virtud del Decreto 191/2020, de 24 de noviembre (BOJA núm. 230, de 27 de noviembre de 2020), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, aprobados por Decreto 298/2003, de 21 de octubre (BOJA núm. 214, de 6 de noviembre de 2003), modificados por Decreto 265/2011, de 2 de agosto (BOE núm. 21, de 25 de enero de 2012).

El Excmo. Sr. don Miguel Ángel Castro Arroyo, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, en virtud del Decreto 198/2020, de 1 de diciembre (BOJA núm. 235, de 4 de diciembre de 2020), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre (BOJA núm. 235, de 5 de diciembre de 2003).

Y el Excmo. Sr. don José Ignacio García Pérez, Rector Magnífico de la Universidad Internacional de Andalucía, en virtud del Decreto 554/2019, de 11 de septiembre (BOJA núm. 178, de 16 de septiembre de 2019), en el ejercicio de las competencias que le atribuyen, en su artículo 20, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2001), y los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobados por Decreto 236/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011).

Las partes se reconocen entre sí capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda, a cuyo efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 22 de noviembre de 2017, se suscribió el Convenio Marco de colaboración entre la Consejería de Economía y Conocimiento y las Universidades Públicas de Andalucía, para la realización de prácticas académicas externas del alumnado, en las sedes de la Consejería de Economía y Conocimiento o de sus entidades u organismos adscritos, surtiendo efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo publicado en el BOJA núm. 51, de 14 de marzo de 2018.

II. En la presente Adenda participan las partes que firmaron dicho Convenio, habiendo sido modificada la denominación de la Consejería firmante en el mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

De otro lado, a la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.1.e) del Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula su estructura orgánica, se le atribuye la gestión de las competencias que en materia de enseñanza universitaria corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de la autonomía universitaria y de las salvedades constitucional y legalmente previstas.

III. Según se establece en la cláusula decimoséptima de dicho Convenio, el mismo tendría una vigencia de cuatro años, pudiendo prorrogarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales, o su extinción mediante acuerdo expreso y por escrito de las partes, efectuado con anterioridad al vencimiento del Convenio.

IV. Que, ante la finalización de la vigencia del Convenio, las partes han acordado su prorroga, para lo cual suscriben el presente documento, que constituye, por tanto, una Adenda al Convenio Marco de colaboración, firmado el 22 de noviembre de 2017, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta Adenda es prorrogar la vigencia del Convenio Marco de colaboración de 22 de noviembre de 2017 entre la Consejería de Economía y Conocimiento y las Universidades Públicas de Andalucía, para la realización de prácticas académicas externas del alumnado, en las sedes de la Consejería de Economía y Conocimiento o de sus entidades u organismos adscritos, cuya eficacia se prorroga, por acuerdo de las partes, cuatro (4) años, esto es, hasta el 14 de marzo de 2026.

Segunda. Mantenimiento del resto de las cláusulas.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Adenda de Prórroga, se estará a lo establecido en el Convenio Marco suscrito el 22 de noviembre de 2017, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

En prueba de conformidad, firman las partes la presente Adenda de prórroga a un solo efecto, en el lugar y en las fechas de firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.

Por la Consejería de Transformación Económica, Por la Universidad de Almería

Industria, Conocimiento y Universidades Don Carmelo Rodríguez Torreblanca

Don Rogelio Velasco Pérez

Por la Universidad de Cádiz Por la Universidad de Córdoba

Don Francisco Piniella Corbacho Don José Carlos Gómez Villamandos

Por la Universidad de Granada Por la Universidad de Huelva

Doña Pilar Aranda Ramírez Doña María Antonia Peña Guerrero

Por la Universidad de Jaén Por la Universidad de Málaga

Don Juan Domínguez Ortega Don José Angel Narváez Bueno

Por la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla Por la Universidad de Sevilla

Don Francisco Oliva Blázquez Don Miguel Ángel Castro Arroyo

Por la Universidad Internacional de Andalucía

Don José Ignacio García Pérez

Sevilla, 10 de marzo de 2022.- La Secretaria General, Rosa María Ríos Sánchez.

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