Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones para el Programa Investigo regulado en el Capítulo II del Título I del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
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BDNS (Identificación): 616131
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Se convoca:
1. Se convoca la concesión de la siguiente línea de subvención regulada en el Capítulo II del Título I del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía (BOJA núm. 241, de 17 de diciembre de 2021), en la cuantía total máxima que se especifica para ella y con cargo a los créditos presupuestarios indicados:
ANDALUCÍA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/00 MR08230102 | 15.000.000 | 15.000.000 | |
1039180000 G/32L/47000/00 MR08230102 | 17.900.000 | 17.900.000 | ||
1039180000 G/32L/48000/00 MR08230102 | 5.984.859 | 5.984.859 | ||
TOTAL | 38.884.859 |
2. La estimación de la distribución del presupuesto total por provincias es la siguiente:
PROVINCIA: ALMERÍA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/04 MR08230102 | 1.527.778,00 | 1.527.778,00 | |
1039180000 G/32L/47000/04 MR08230102 | 716.000,00 | 716.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/04 MR08230102 | 507.191,00 | 507.191,00 | ||
TOTAL | 2.750.969,00 |
PROVINCIA: CÁDIZ | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/11 MR08230102 | 1.388.889,00 | 1.388.889,00 | |
1039180000 G/32L/47000/11 MR08230102 | 2.864.000,00 | 2.864.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/11 MR08230102 | 811.507,00 | 811.507,00 | ||
TOTAL | 5.064.396,00 |
PROVINCIA: CÓRDOBA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/14 MR08230102 | 1.666.667,00 | 1.666.667,00 | |
1039180000 G/32L/47000/14 MR08230102 | 716.000,00 | 716.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/14 MR08230102 | 710.068,00 | 710.068,00 | ||
TOTAL | 3.092.735,00 |
PROVINCIA: GRANADA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/18 MR08230102 | 3.333.333,00 | 3.333.333,00 | |
1039180000 G/32L/47000/18 MR08230102 | 1.432.000,00 | 1.432.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/18 MR08230102 | 507.191,00 | 507.191,00 | ||
TOTAL | 5.272.524,00 |
PROVINCIA: HUELVA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/21 MR08230102 | 694.444,00 | 694.444,00 | |
1039180000 G/32L/47000/21 MR08230102 | 1.432.000,00 | 1.432.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/21 MR08230102 | 608.630,00 | 608.630,00 | ||
TOTAL | 2.735.074,00 |
PROVINCIA: JAÉN | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/23 MR08230102 | 416.667,00 | 416.667,00 | |
1039180000 G/32L/47000/23 MR08230102 | 1.432.000,00 | 1.432.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/23 MR08230102 | 710.068,00 | 710.068,00 | ||
TOTAL | 2.558.735,00 |
PROVINCIA: MÁLAGA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/29 MR08230102 | 972.222,00 | 972.222,00 | |
1039180000 G/32L/47000/29 MR08230102 | 4.296.000,00 | 4.296.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/29 MR08230102 | 912.945,00 | 912.945,00 | ||
TOTAL | 6.181.167,00 |
PROVINCIA: SEVILLA | Cuantías máximas | |||
---|---|---|---|---|
Línea subvencionable | Partidas Presupuestarias/ Códigos de Proyecto |
Anualidad 2021 (en euros) |
Totales (en euros) |
|
Línea 2 Programa Investigo |
1039180000 G/32L/44200/41 MR08230102 | 5.000.000,00 | 5.000.000,00 | |
1039180000 G/32L/47000/41 MR08230102 | 5.012.000,00 | 5.012.000,00 | ||
1039180000 G/32L/48000/41 MR08230102 | 1.217.259,00 | 1.217.259,00 | ||
TOTAL | 11.229.259,00 |
3. Las subvenciones se financiarán con cargo a los correspondientes fondos dotados en el Presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan Nacional de Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. La distribución de los créditos tiene carácter estimativo.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía (BOJA núm. 241, de 17 de diciembre de 2021).
Tercero. Objeto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, las subvenciones del Programa Investigo tienen por objeto la contratación de las personas jóvenes demandantes de empleo, de dieciséis o más años y menores de treinta años, por organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado en la realización de iniciativas de investigación e innovación contemplados en este programa.
Este programa constituye una actuación incluida en la Inversión 1, «Empleo Joven», comprendida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto. Actividades y ocupaciones de preferente cobertura y actividad subvencionada.
1. Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), y digitalización de servicios y Data Science, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 20 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre
2. En todo caso, las iniciativas de investigación e innovación, así como las de I+D+I deberán llevarse a cabo en un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a lo establecido en el apartado 4 del artículo 21 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre.
Quinto. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones convocadas los organismos de investigación y de difusión de conocimientos establecidos en el apartado 1 artículo 22 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre.
2. La entidad solicitante deberá desarrollar su actividad y tener un centro de trabajo en Andalucía, y reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto-ley en los términos exigidos en el mismo.
Sexto. Gastos subvencionables y cuantía.
1. Las subvenciones se destinarán a la financiación de los costes laborales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo.
2. La cuantía de las subvenciones se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre.
Séptimo. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
1. La entidad beneficiaria deberá cumplir con todas las obligaciones establecidas en las bases reguladoras.
Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones que en materia de información, comunicación y publicidad determine la normativa interna y de la Unión Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia conforme a lo que a estos efectos se establezca en la correspondiente resolución de concesión.
2. La entidad beneficiaria deberá cumplir con las obligaciones derivadas de las etiquetas siguientes:
099-Ayuda específica para el empleo juvenil y la integración socioeconómica de los jóvenes.
Etiquetado Digital: 108 Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales.
Etiquetado Verde: 01-Contribución a las competencias y empleos verdes.
Octavo. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión de subvenciones.
1. El órgano Instructor será la Dirección Provincial de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo competente por razón del territorio, a través del Servicio competente en materia de fomento de empleo.
2. El Órgano competente para resolver será la persona titular de la Dirección Provincial de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo competente por razón del territorio, que actuará por delegación de la persona titular de la Presidencia de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo.
3. La Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, competente por razón del territorio, será aquélla en la que, dentro de su ámbito territorial, se ubique el centro trabajo en el que se vaya a formalizar la/s contratación/es a incentivar.
Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las solicitudes presentadas con anterioridad o fuera de dicho plazo serán inadmitidas.
3. Cada entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud por convocatoria en la que se incluirán todas las contrataciones a realizar. No obstante, cuando el ámbito geográfico de las contrataciones a realizar exceda de una provincia, la entidad deberá presentar una solicitud por provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre.
Décimo. Otros datos.
1. Las solicitudes junto con la memoria exigible en el artículo 26 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, se cumplimentarán en el modelo normalizado para esta línea de subvención, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con este extracto de la convocatoria, y estarán disponible en la Ventanilla Electrónica Servicio Andaluz de Empleo, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/
El Director-Gerente del Servicio Andaluz de Empleo, P.S. (Resolución de la Presidencia de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo de 22.3.2022), la Directora General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Andaluz de Empleo, Aurora Lazo Barral.
Descargar PDFBOJA nº 66 de 06/04/2022