Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 11/04/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la relación de Residencias Escolares de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía en las que se va a llevar a cabo el procedimiento de selección de directoras y directores, así como el calendario de dicho procedimiento.

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El Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo, establece en su artículo 74.2 que la persona titular de la dirección de las residencias escolares será nombrada, por concurso de méritos, por la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación, previa convocatoria pública.

El artículo 2.1 de la Orden de 23 de abril de 2013, por la que se regula el procedimiento de selección de Directoras y Directores de Residencias Escolares, se establece el baremo a aplicar en dicha selección y se aprueba el calendario específico para la selección de directoras y directores para el curso 2013-2014, en la redacción dada por la Orden de 31  de julio de 2014 por la que se modifica la Orden de 23 de abril de 2013, por la que se regula el procedimiento de selección de directoras y directores de residencias escolares, se establece el baremo a aplicar en dicha selección y se aprueba el calendario específico para la selección de directoras y directores para el Curso 2013-2014, establece que «la persona titular de la Dirección General competente en materia de Recursos Humanos determinará mediante resolución las residencias escolares en las que se ha de llevar a cabo el procedimiento regulado en la presente orden, al producirse en ellas alguno de los supuestos previstos en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo».

Asimismo, el referido artículo 2 establece que dicha resolución «se publicará cada año en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en ella se procederá a la convocatoria del concurso de méritos para la selección y nombramiento de la persona titular de la dirección de las residencias escolares».

En cumplimiento de lo regulado en la Orden citada de 23 de abril de 2013, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Convocar concurso de méritos para la selección y nombramiento de directoras y directores de las residencias escolares de Andalucía que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, al producirse en ellas algunos de los supuestos previstos en el artículo 74.4 del Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo.

Segundo. Participantes.

Podrá presentar solicitud de participación en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Junta de Andalucía, en servicio activo, de cualquier cuerpo docente, con al menos cinco años de antigüedad. Este requisito lo aportará de oficio la Administración.

Tercero. Solicitudes y documentación.

1. El personal aspirante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud siguiendo el formulario establecido al efecto en el portal docente de esta Consejería,

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente

de acuerdo con las instrucciones que en el mismo se incluyan. Para el acceso a dicho formulario será necesaria la autenticación previa mediante certificado digital o usuario IdEA.

Una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma referida, deberán teletramitarse, mediante los distintos medios de firma electrónica que disponga el formulario.

2. A las solicitudes habrá de adjuntarse la documentación que se relaciona, que se insertará en formato pdf unido a la solicitud telemática.

a) Proyecto de dirección conforme a lo recogido en el Anexo II de la Orden de 23 de abril de 2013 (BOJA del 6 de mayo), adaptado a la residencia escolar a cuya dirección se opta.

b) Documentación acreditativa de cuantos méritos académicos y profesionales se aleguen para su valoración, de acuerdo con lo recogido en el Anexo III de la citada Orden de 23 de abril de 2013.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

El personal interesado presentará, en la forma establecida en el punto anterior, las solicitudes en el plazo comprendido entre los días 18 al 29 de abril de 2022.

Quinto. Procedimiento.

El procedimiento de selección de directoras y directores será el establecido en la mencionada Orden de 23 de abril de 2013, con las modificaciones introducidas por la Orden de 31 de julio de 2014, y se atendrá al calendario que figura como Anexo II de esta resolución.

Sexto. Admisión de solicitudes y plazo de alegaciones.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las Comisiones Provinciales de Selección verificarán el cumplimiento de los requisitos de participación de las personas aspirantes, procediendo a publicar, en el portal web de la Delegación Territorial correspondiente, la relación provisional de candidaturas admitidas y excluidas, en su caso, con expresión de las causas de exclusión, en los plazos a que se refiere el calendario que figura como Anexo II de esta resolución.

Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de la citada publicación, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga, siguiendo el formulario establecido al efecto en el portal docente de la Consejería de Educación y Deporte (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente).

Una vez consideradas las alegaciones que se hubieran presentado, las Comisiones Provinciales de Selección, elevará a definitiva la relación de candidaturas admitidas y excluidas en su caso, con expresión de las causas de exclusión, procediendo a publicar dicha relación, en el portal web de la Delegación Territorial correspondiente, en la fecha a que se refiere el calendario que figura como Anexo II de esta resolución.

La publicación de las referidas relaciones servirá de notificación a las personas interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Séptimo. Valoración de las candidaturas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la referida Orden de 23 de abril de 2013, corresponde a las Comisiones Provinciales de Selección la valoración del proyecto de dirección y de los méritos tanto académicos como profesionales aportados por la distintas candidaturas.

Las citadas Comisiones Provinciales publicarán en el portal web de las Delegaciones Territoriales correspondientes, en las fechas establecidas en el Anexo II de esta resolución, las relaciones provisionales de las candidaturas valoradas que optan a la plaza de director o directora de las Residencias Escolares para las que se convoca concurso de méritos, en las que constarán las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados, así como las puntuaciones totales, ordenadas, en su caso, de mayor a menor.

Tras la publicación de las relaciones provisionales de candidaturas valoradas, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga, siguiendo el formulario establecido al efecto en el portal docente de esta Consejería,

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente

Una vez consideradas las alegaciones que se hubieran presentado, las Comisiones Provinciales de Selección elevarán a definitiva las relaciones provisionales de las candidaturas valoradas que optan a la plazas de director o directora de las Residencias Escolares para las que se convoca concurso de méritos, en las que constarán las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados, así como las puntuaciones totales, ordenadas, en su caso, de mayor a menor.

La publicación de las referidas relaciones servirá de notificación a las personas interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Octavo. De conformidad con lo establecido en el art. 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el personal participante en el procedimiento podrá ejercer su derecho de desistimiento o de renuncia ante la persona titular del correspondiente órgano territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía competente en materia de educación, que lo comunicará en su caso a la Comisión de Provincial de Selección, siguiendo el formulario establecido al efecto en el portal docente de esta Consejería, (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente)

Noveno. Resolución de nombramiento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 23 de abril de 2013, según redacción dada por la Orden de 31 de julio de 2014, las Comisiones Provinciales de Selección elevarán a las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte las propuestas de nombramiento de directores o directoras para las respectivas Residencias Escolares.

A la vista de dichas propuestas, las personas titulares de los citados centros directivos procederán a efectuar los nombramientos de las personas propuestas, mediante resolución que se publicará en las páginas web de las Delegaciones Territoriales correspondientes. Asimismo, las resoluciones se remitirán a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para que se proceda a la publicación de las mismas en el portal web de la Consejería de Educación y Deporte.

Todo ello se llevará a cabo con estricta sujeción a las fechas que figuran en el calendario del Anexo II.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de abril de 2022.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.

ANEXO I

RELACIÓN DE CENTROS DONDE SE CONVOCA CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DIRECTORAS Y DIRECTORES DE LAS RESIDENCIAS ESCOLARES DE ANDALUCÍA

PROVINCIA CÓDIGO DENOMINACIÓN LOCALIDAD
CÓRDOBA 14001001 R.E. Miguel Careaga y Carmen Mora Cardeña
GRANADA 18006984 R.E. Federico García Lorca Motril
JAÉN 23005104 R.E. Juan Isaac Medina González Villanueva del Arzobispo

ANEXO II

CALENDARIO DE PROCEDIMIENTOS DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTORAS Y DIRECTORES DE CENTROS DOCENTES PÚBLICOS

Presentación de candidaturas Del 18 al 29 de abril
Constitución de las Comisiones Provinciales de Selección 26 y 27 de abril
Publicación de relaciones provisionales de candidaturas admitidas y excluidas 10 de mayo
Plazo de alegaciones Del 11 al 24 de mayo
Publicación de relaciones definitivas de candidaturas admitidas y excluidas 30 de mayo
Publicación de relaciones provisionales de las candidaturas valoradas 2 de junio
Plazo de alegaciones Del 3 de junio al 16 de junio
Publicación de relaciones definitivas de las candidaturas valoradas y propuestas de nombramientos 22 de junio
Resoluciones de los nombramientos 24 de junio
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