Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 18/04/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden 17 de marzo de 2022, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de educación secundaria «El Centro Inglés» de El Puerto de Santa María (Cádiz). (PP. 755/2022).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00258666.

Visto el expediente tramitado a instancia de don David-Enmanuel Randell Jiménez, como administrador solidario de El Centro Inglés, entidad titular del centro docente privado de educación secundaria «El Centro Inglés», con domicilio en Ctra. de Rota, km 1,5,  Fuentebravía, de El Puerto de Santa María (Cádiz), por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta por la ampliación de las mismas en dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Marketing y publicidad y uno de Agencias de viajes y gestión de eventos), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 11007341, tiene autorización para impartir doce unidades de educación secundaria obligatoria y seis unidades de bachillerato (dos de la modalidad de Ciencias, dos de la modalidad de Humanidades y ciencias sociales y dos de la modalidad de Artes).

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Cádiz y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Marketing y publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio (BOE de 5 de septiembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Agencias de viajes y gestión de eventos y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de educación secundaria «El Centro Inglés», con código 11007341 y domicilio en Ctra. de Rota, km 1,5, Fuentebravía, de El Puerto de Santa María (Cádiz), que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 12 unidades.

Puestos escolares: 360.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales:

Unidades: 2.

Puestos escolares: 70.

- Modalidad de Ciencias:

Unidades: 2.

Puestos escolares: 70.

- Modalidad de Artes:

Unidades: 2.

Puestos escolares: 60.

c) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior (impartidos en turno de mañana):

- Marketing y publicidad:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

- Agencias de viajes y gestión de eventos:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2

Puestos escolares: 50.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para  el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. De conformidad con el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2022/2023.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Cádiz la relación del profesorado de los mismos con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de marzo de 2022

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
Descargar PDF