Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 20/04/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Decreto 56/2022, de 12 de abril, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a diversas Consejerías y a la Agencia Digital de Andalucía.

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La Agencia Digital de Andalucía fue creada mediante la disposición adicional vigesimosegunda de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, como agencia administrativa de las previstas en el artículo 65 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, con personalidad jurídica pública diferenciada, plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.

Con posterioridad, mediante el Decreto 128/2021, de 30 de marzo, fueron aprobados los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, estableciendo en su artículo 11, como órganos de dirección y administración, la Dirección Gerencia, la Dirección General de Estrategia Digital y la Secretaría General, y en su artículo 18 la estructura administrativa de la Agencia.

Asimismo, en los anexos al Decreto 128/2021, de 30 de marzo, se especificaban los puestos de trabajo de las diferentes Consejerías y Agencias que se adscribían orgánica y funcionalmente a la Agencia Digital de Andalucía de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la citada Ley 3/2020, de 28 de diciembre.

En la presente modificación de la relación de puestos de trabajo se integran parcialmente los puestos de trabajo especificados en el Anexo I al Decreto 128/2021, de 30 de marzo, dotando así a la estructura administrativa de la Agencia de los puestos de trabajo inicialmente necesarios para su puesta en funcionamiento, con puestos provenientes de otras Consejerías y Agencias y con la ampliación de la plantilla presupuestaria en 22 puestos de trabajo.

Por un lado, en la Secretaría General se crean las unidades administrativas necesarias para el funcionamiento administrativo ordinario de una agencia administrativa con competencias en materia de administración y régimen interno, de recursos humanos, de contratación administrativa, de gestión económica y presupuestaria y de asesoramiento jurídico. Esas unidades administrativas se dotan con puestos de trabajo provenientes de las Consejerías y de otras Agencias, a la vez que se crean otros nuevos puestos de trabajo necesarios.

Por otro lado, en la Dirección General de Estrategia Digital se crean las estructuras determinadas en el artículo 18 de los Estatutos y las correspondientes unidades administrativas, estableciéndose unas tipologías de puestos de trabajo con unas áreas de competencias específicas, unas e-competencias y unos niveles de dominio sobre las mismas: jefe/a de servicio, gabinete estratégico, departamento técnico, gestión de servicios tecnológicos, gestión de proyectos, asesoría técnica, especialista digital, ayudante TIC y auxiliar TIC.

Asimismo, en esta modificación de la relación de puestos de trabajo, se adscriben a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública los puestos de trabajo de la unidad administrativa responsable de la administración del Sistema de Información de Recursos Humanos de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por último, se excluye ahora de la adscripción orgánica y funcional a la Agencia Digital de Andalucía a determinados puestos de trabajo correspondientes a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior que fueron incluidos improcedentemente en el Anexo I del Decreto 128/2021, de 30 de marzo.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, prorrogado en virtud de lo dispuesto en el artículo 190.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de abril de 2022,

D I S P O N G O

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a diversas Consejerías y a la Agencia Digital de Andalucía.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a diversas Consejerías y Agencias, queda modificada en los términos indicados en el Anexo I.

Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a diversas Consejerías y a la Agencia Digital de Andalucía.

La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a diversas Consejerías y a la Agencia Digital de Andalucía, se amplía en 22 puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el Anexo I.

Disposición final primera. Modificación del Anexo I del Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía.

El Anexo I del Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, queda modificado parcialmente, excluyendo de la adscripción orgánica y funcional de la Agencia a los puestos de trabajo de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior contenidos en el Anexo II de este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de abril de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ELÍAS BENDODO BENASAYAG
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior

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