Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 06/05/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 29 de abril de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 26 de mayo de 2015.

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BDNS (Identif): 623791

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones previstas en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015, que se citan a continuación:

- Operación 10.1.8. Sistemas Agrarios de Especial Interés para las Poblaciones de Aves Esteparias y Aves de los Arrozales Andaluces. Aves en Arrozales.

- Operación 10.1.14. Enmienda caliza del suelo para prevención y control de la podredumbre radical en formaciones adehesadas.

2. Se indican a continuación los créditos presupuestarios con cargo a los cuales se financia la presente convocatoria:

Medida Operación Ejercicio Posición presupuestaria Dotación
Medida 10. Agroambiente y Clima 10.1.8. Sistemas Agrarios de Especial Interés para las Poblaciones de Aves Esteparias y Aves de los Arrozales Andaluces. Aves en Arrozales. 2023 1300110000/G/71F/77400/C14A1018G4 6.322.000,00
2024 1300110000/G/71F/77400/C14A1018G4 6.322.000,00
2025 1300110000/G/71F/77400/C14A1018G4 6.322.000,00
10.1.14. Enmienda caliza del suelo para prevención y control de la podredumbre radical en formaciones adehesadas. 2023 1300110000/G/71F/77400/C14A101WG4 21.179.950,00
2024 1300110000/G/71F/77400/C14A101WG4 655.050,00

3. La dotación presupuestaria para las actuaciones objeto de convocatoria estará en todo caso condicionada a la aprobación definitiva de la modificación del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan mediante la presente orden, aquellos agricultores que presenta una solicitud en los plazos indicados y cumplan los requisitos establecidos en sus correspondientes bases reguladoras.

Tercero. Objeto.

Convocar para el año 2022 las ayudas a la Medida 10: Agroambiente y Clima que se citan en el apartado primero.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015 (BOJA núm. 115, de 29 de mayo de 2015).

Quinto. Importe.

La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro del apartado primero del presente extracto. El importe máximo por beneficiario será el obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de 26 de mayo de 2015. El importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2022 asciende a 40.801.000,00 euros para la operación des la Medida 10. Agroambiente y Clima.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las citadas ayudas se solicitarán a través de la solicitud única de ayudas, y el plazo de presentación comenzará el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará con el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2022, sin perjuicio de las modificaciones que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las circunstancias de la campaña, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la Solicitud Única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía objeto de inclusión en la Solicitud Única, y en el artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Séptimo. Otros datos.

El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/7058/datos-basicos.html

En Sevilla, Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019).

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