Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 14/01/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 20 de octubre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el litoral mediterráneo de Andalucía y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), y por la que se modifica la orden que se cita.

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BDNS (Identif.): 603683 y 603684.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2021, las ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura del pulpo (Octopus vulgaris), en el litoral mediterráneo de Andalucía, y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris), en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 20 de octubre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris), en el litoral mediterráneo de Andalucía, y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris), en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), y por la que se modifica la orden que se cita, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican:

Línea de ayuda Cuantía máxima Anualidad Partida presupuestaria
Paralización temporal de actividades pesqueras (artículo 33.1.c) del Reglamento Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Flota marisquera que opera con artes de trampa para la captura de pulpo en el litoral mediterráneo de Andalucía y con artes específicos para la captura de pulpo en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz.
Armadores: 400.000 euros 2022 1300120000/G/71P/47300/00/G1311145G6
Tripulantes: 400.000 euros 2022 1300120000/G/71P/48300/00/G1311145G6

El periodo computable para acceder a estas ayudas para la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura del pulpo (Octopus vulgaris), en el litoral mediterráneo de Andalucía, será de 92 días como máximo y de 30 días como mínimo, por periodos mínimos de 5 días consecutivos. Fuera del periodo mínimo computable de parada el buque podrá realizar actividad pesquera en distinta modalidad o caladero y siempre que el interesado cuente con los permisos reglamentarios. El periodo subvencionable será de 92 días como máximo y de 30 días como mínimo, en función de los días de parada del periodo computable.

El periodo computable para acceder a estas ayudas para la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz será de 77 días como máximo y de 30 días como mínimo, por periodos mínimos de 5 días consecutivos. Fuera del periodo mínimo computable de parada el buque podrá realizar actividad pesquera en distinta modalidad o caladero y siempre que el interesado cuente con los permisos reglamentarios. El periodo subvencionable será de 77 días como máximo y de 30 días como mínimo, en función de los días de parada del periodo computable.

Segundo. Beneficiarios.

Serán personas beneficiarias de esta línea de ayudas:

a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada temporal, que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días de mar durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

b) Las personas físicas pescadoras (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.

Tercero. Objeto.

El objeto de esta orden es la convocatoria de ayudas a medidas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de embarcaciones marisqueras que opera con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris), en el litoral mediterráneo de Andalucía, y la que opera con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, contenidas en el artículo 33.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 20 de octubre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris), en el litoral mediterráneo de Andalucía, y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris), en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), y por la que se modifica la orden que se cita, publicada en el BOJA núm. 207, de 27 de octubre de 2021.

Quinto. Cuantía.

La dotación de esta línea de ayuda se hace en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes para estas ayudas será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Toda la información asociada al procedimiento administrativo, así como los correspondientes formularios está disponible en el código de procedimiento 24718, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios del Portal de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24718.html

Sevilla.- Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019).

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