Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 19/05/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 9 de mayo de 2022, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la disminución de la dependencia energética: autoproducción y mejora de las instalaciones de riego, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3), en convocatoria de ámbito territorial de Andalucía y convocatoria de ámbito para Inversión Territorial Integrada de la Provincia de Cádiz.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00261374.

BDNS: (623426, 623427).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2022, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes ayudas en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea/Convocatoria Cuantía máxima Posiciones presupuestarias
I) Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la disminución de la dependencia energética: autoproducción y mejora de las instalaciones de riego en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014–2020 (submedida 4.3.)
Convocatoria general: Comunidad Autónoma Andaluza
12.000.000 euros 1300110000 G 71B 74800 00 C15A0431G5 2017000103
II) Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la disminución de la dependencia energética: autoproducción y mejora de las instalaciones de riego en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014–2020 (submedida 4.3.)
Convocatoria específica: Inversión Territorial Integrada de la provincia de Cádiz.
3.000.000 euros 1300110000 G 71B 74800 00 C15A0431G5 2017000104

Distribución presupuestaria por anualidades:

Convocatoria Andalucía:

1) 2023: 12.000.000,00 euros.

Convocatoria Ámbito Territorial ITI de Cádiz:

1) 2023: 3.000.000,00 euros.

Segundo. Beneficiarios

Las Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales que sean corporaciones de derecho público según el artículo 81 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y que estén compuestas por un mínimo de 7 comuneros.

Tercero. Objeto

La finalidad de estas subvenciones es apoyar las inversiones necesarias para disminuir la dependencia energética de las instalaciones de riego, contribuyendo a la generación de energía para autoconsumo e incrementando la eficiencia energética de las instalaciones (motores, centros de transformación…).

Cuarto. Bases reguladoras

Orden de 20 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la disminución de la dependencia energética: autoproducción y mejora de las instalaciones de riego, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3). Publicada en BOJA número 143, de 25 de julio de 2018. Modificada por Orden de 3 de octubre de 2019 de la misma Consejería, (BOJA núm. 196, de 10 de 2019).

Quinto. Cuantía

La intensidad de la ayuda será con carácter general del 60% del gasto elegible. No obstante, podrá verse incrementada hasta en un 20% adicional en el caso de actuaciones que se encuentren dentro de una Inversión Territorial Integrada (ITI de Cádiz). En cualquier caso la ayuda no podrá superar el 80% de los gastos elegibles.

- Cuantía máxima de la subvención: la inversión máxima auxiliable para el concepto de la ejecución de obras se establece en 1.000.000 euros.

- Cuantía mínima de la subvención: si para el concepto de ejecución de obras resultara una subvención inferior a 25.000 euros, la operación no será auxiliable.

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Cuando durante el plazo de presentación la entidad interesada presente varias solicitudes de ayuda se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, Boja núm. 106, de 5.6.2019).

Descargar PDF