Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 24/05/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 17 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica parcialmente la distribución de créditos establecida por la Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021.

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La Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021 (BOJA núm. 126, de 2.7.2021), establece en el punto 2 del resuelvo octavo la distribución de los créditos aprobados para la convocatoria y fija las cuantías máximas entre los diferentes ámbitos territoriales y funcionales de competitividad contemplados en la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.

Por otro lado, en el punto 1 del resuelvo noveno se establece que, si tras la resolución de concesión existiesen créditos sobrantes, de los fijados en el citado punto 2 del citado resuelvo octavo, en alguno de los ámbitos territoriales y funcionales establecidos, éstos se distribuirán con los mismos criterios de distribución territorial que los iniciales, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de la convocatoria en las existan solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de forma que, respetando el orden de evaluación establecido, se posibiliten resoluciones complementarias para la concesión de las subvenciones que incluyan dichas solicitudes.

A la vista de los créditos anteriormente referidos, fijados para las provincias de Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, y teniendo en cuenta las resoluciones de concesión de la convocatoria emitidas en dichas provincias, así como que en la provincia de Granada, tras dictarse la resolución de concesión, se produce la renuncia por la entidad beneficiaria a la subvención concedida en el expediente PL12021GR0012 por importe de 15.000,00 €, resultando en dicha provincia un crédito total autorizado no comprometido en la posición G/31C/77100/18 de 22.578,85 €.

Y por otro lado, que en la provincia de Granada también ha sido necesario conceder un nuevo expediente en la Línea 1, expediente PL12021GR0159, a resulta de la estimación del recurso administrativo presentado por la entidad solicitante, que ha supuesto un consumo del crédito anterior de 5.362,50 € en la misma posición presupuestaria G/31C/77100/18.

Por lo tanto, teniendo en cuenta todo lo anterior se constatan los siguientes créditos sobrantes, respecto a los inicialmente previstos:

PROVINCIA CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/77100) RESOLUCIÓN CONCESIÓN LÍNEA 1 (G/31C/77100) TOTAL CRÉDITO AUTORIZADO NO COMPROMETIDO (G/31C/77100)
GRANADA 777.465,90 € 760.249,55 €* 17.216,35 €
JAÉN 577.719,12 € 502.745,06 € 74.974,06 €
MÁLAGA 682.133,18 € 393.915,21 € 288.217,97 €
SEVILLA 763.693,58 € 544.265,04 € 219.428,54 €
TOTAL 2.801.011,78 € 2.201.174,86 € 599.836,92 €

*Importe total concedido actualizado, incluyendo la renuncia del expediente PL12021GR0012 y la concesión del PL12021GR0159.

Por otra parte, en el ámbito de la provincia de Granada, existen en la Línea 1 solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dicho ámbito, para las que sería necesario un crédito total de 306.817,59 €, en la posición presupuestaria G/31C/77100 de dicha provincia.

De igual forma, en la misma Línea 1 también, en la provincia de Jaén existen solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en este ámbito, para las que sería necesario un crédito total de 251.891,62 €, en la misma posición presupuestaria G/31C/77100 de dicha provincia.

De esta forma, el crédito total necesario para conceder todas las solicitudes presentadas en la convocatoria de referencia que, aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en sus respectivos ámbitos asciende a un total de 558.709,21 €, el cual puede ser asumido dentro del crédito total autorizado en la convocatoria y no comprometido en la posición G/31C/77100 de las provincias anteriormente reseñadas.

Por tanto, a la vista de lo anteriormente expuesto, se hace necesario un reajuste de los créditos máximos destinados entre los ámbitos territoriales de las provincias señaladas, al objeto de poder finalizar la convocatoria del año 2021 en las provincias de Granada y Jaén, procediendo a la concesión de todas aquellas solicitudes pendientes de resolver que aún cumpliendo todos los requisitos, no han sido concedidas por agotamiento del crédito disponible en los respectivos ámbitos, y en concreto los referidos a la posición presupuestaria G/31C/77100.

En su virtud, y de conformidad con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la Orden de 12 de mayo de 2021, de bases reguladoras, y la Resolución de 25 de junio de 2021, de convocatoria,

RESUELVO

Primero. Modificación de distribución de créditos.

Modificar la distribución de los créditos máximos fijados en el punto 2 del resuelvo octavo de la Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021, entre los ámbitos funcionales de competitividad contemplados para las provincias de Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, en el siguiente sentido:

a) Para subvenciones a PYME para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales, Línea 1.

PROVINCIA CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/77100) ANUALIDAD 2021
(G/31C/77100)
ANUALIDAD 2022
(G/31C/77100)
ANUALIDAD 2023
(G/31C/77100)
GRANADA 1.067.067,14 € 384.943,62 € 528.714,76 € 153.408,76 €
JAÉN 754.636,68 € 251.372,53 € 377.318,34 € 125.945,81 €
MÁLAGA 393.915,21 € 196.957,63 € 196.957,58 € -
SEVILLA 544.265,04 € 272.132,56 € 272.132,48 € -
TOTAL 2.759.884,07 € 1.105.406,34 € 1.375.123,16 € 279.354,57 €

Segundo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de mayo de 2022.- La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), la Directora General, Beatriz Barranco Montes.

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