Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 01/06/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de delegación de funciones del Organismo Pagador en la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se atribuyen dichas funciones a la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural.

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En fecha 11 de enero de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se delegaban funciones del Organismo Pagador en la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conforme a la legislación vigente en aquella fecha.

Posteriormente, en fecha 11 de abril de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto 78/2023, de 4 de abril de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por el que se modifica el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.

Como consecuencia de lo dispuesto en la antecitada norma, parte significativa de las funciones atribuidas a la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural han sido traspasadas a la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por lo que procede hacer traslación de las funciones delegadas en el nuevo organismo, al haber asumido éste las competencias que interesan al caso.

Visto lo anterior y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el artículo 5 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo de certificación,

RESUELVO

Primero. Modificar la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, en el sentido de atribuir a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, las competencias antes delegadas en la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, como son la autorización y control de los pagos de las actuaciones contempladas en la operación 7.6.4. «Restaurar, preservar y mejorar el patrimonio cultural en el entorno rural» del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Segundo. Con objeto de evitar cualquier conflicto de intereses en la autorización y control de los pagos, por la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural se garantizará la no participación de la unidad responsable del compromiso de gasto, ejecución y materialización del pago de las operaciones con beneficiario Junta de Andalucía en los sistemas de gestión y control implementados para la autorización y control de los pagos que se delega.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

En todas las disposiciones dictadas al amparo de la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, las competencias atribuidas a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, se entenderán referidas a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, a partir de la fecha de la presente resolución.

En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de esta resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de mayo de 2023.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.

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