Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 09/06/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación Universidad de Huelva.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de liquidación y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Universidad de Huelva, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 23 de febrero de 2023 se dicta resolución por esta Dirección General en virtud de la cual se ratifica por el Protectorado el balance de liquidación de la Fundación Universidad de Huelva, adoptado por su patronato en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2022 y se aprueba la adjudicación del remanente resultante de la liquidación de la Fundación Universidad de Huelva, consistente en un importe en efectivo de 12.636,63 euros a favor de la Universidad de Huelva.

Segundo. Con fecha 2 de marzo de 2023 se solicita a la fundación que, a efectos de proceder a la inscripción de la liquidación de la fundación en el Registro de Fundaciones de Andalucía, se remita copia del documento acreditativo de la entrega del remanente resultante de la liquidación, consistente en un importe en efectivo de 12.636,63 euros a la Universidad de Huelva.

Tercero. El día 31 de marzo de 2023 se aportan copias de los documentos acreditativos de la entrega del remanente de bienes a favor de la entidad adjudicataria, Universidad de Huelva, consistentes en la orden de cancelación de la cuenta de la fundación, justificante de transferencia por importe de 12.636,63 euros a la Universidad de Huelva y certificado de la titularidad de la cuenta de destino de transferencia (esto es de la Universidad de Huelva), a fin de que se proceda a la extinción definitiva y consecuente baja registral de la Fundación Universidad de Huelva.

Cuarto. Suscitadas ciertas dudas sobre la documentación aportada, con fecha 17 de abril de 2023 se vuelve a realizar nuevo requerimiento a la fundación solicitando aclaración sobre determinados extremos.

Quinto. Atendiendo al requerimiento a que se hace referencia en el antecedente de hecho cuarto, el día 21 de abril de 2023 se presenta por la fundación nuevo escrito por el que se aclaran los extremos solicitados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el 40 del Reglamento aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como el artículo 36 del Reglamento aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la liquidación acordada por el patronato de la fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005 y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción de la liquidación de la Fundación Universidad de Huelva en el Registro de Fundaciones de Andalucía, destinando el remanente de bienes resultante de la liquidación, por importe de 12.636,63 euros, a favor de la Universidad de Huelva.

Segundo. Cancelar los asientos de la fundación extinguida en el Registro de Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación Universidad de Huelva.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Sevilla, 5 de junio de 2023.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

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