Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 13/06/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Corrección de errores a la Resolución de 19 de abril de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publicaron las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación (BOJA núm. 77, de 25.4.2023).

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De conformidad con el Plan Operativo de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén que regula la Acción 5 de ayudas predoctorales para la formación del personal investigador en la línea 3 de contratación de personal investigador, se contempla que uno de los requisitos de las personas solicitantes es haber participado previamente en la convocatoria de ayudas FPU del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (o ministerio que en el futuro gestione estas ayudas) con adscripción a la Universidad de Jaén y haber sido evaluado/a al menos en la Primera Fase de dicha convocatoria. La valoración de las personas candidatas se realizará a partir de la puntuación de la resolución de la segunda fase de selección de la última convocatoria de los contratos predoctorales FPU publicada por el Ministerio de Universidades (o ministerio que en el futuro gestione estas ayudas). Solo en caso de que el número de plazas ofertadas fuera superior al de personas solicitantes evaluadas en la mencionada segunda fase, la Comisión de Investigación podrá recurrir a evaluar a algunas de las personas solicitantes a partir de la resolución de la primera fase de dicho procedimiento. No existiendo adecuación entre el contenido del mencionado Plan Operativo de Apoyo a la Investigación y la Resolución de 19 de abril de 2023 (publicada en el BOJA núm. 77, de 25 de abril de 2023), por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén, lo cual podría incidir en la oportuna tramitación del procedimiento selectivo, se acuerda:

Primero. En relación con la Resolución de 19 de abril de 2023 (publicada en el BOJA núm. 77, de 25 de abril de 2023), por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén:

I. Donde dice:

2.1. a) Haber concurrido a la convocatoria de Ayudas para la Formación de Profesorado Universitario correspondiente al año 2021 (Resolución de 12 de noviembre de 2021, por la que se aprueba por tramitación anticipada la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario correspondiente al año 2021, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, BOE número 274, de 16 de noviembre de 2021), con adscripción a la Universidad de Jaén, y haber superado la evaluación de la primera fase según la Resolución de 17 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se hace pública la selección definitiva en primera fase para ayudas para la Formación del Profesorado Universitario, correspondiente a la convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021, publicada en el enlace web del Ministerio de Universidades http://bitly.ws/BQRs

Debe decir:

2.1. a) Haber concurrido a la convocatoria de Ayudas para la Formación de Profesorado Universitario correspondiente al año 2021 (Resolución de 12 de noviembre de 2021, por la que se aprueba por tramitación anticipada la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario correspondiente al año 2021, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, BOE número 274, de 16 de noviembre de 2021), con adscripción a la Universidad de Jaén, y haber sido evaluado/a al menos en la Primera Fase según la Resolución de 17 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se hace pública la selección definitiva en primera fase para ayudas para la Formación del Profesorado Universitario, correspondiente a la convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021, publicada en el enlace web del Ministerio de Universidades http://bitly.ws/BQRs

II. Donde dice:

12.1. La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes considerando la valoración obtenida por los candidatos/as en el Anexo III de la Orden de 30 de noviembre de 2022, por la que se conceden ayudas para contratos predoctorales para la Formación del Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación y Movilidad dentro del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, correspondiente a la convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021. Solo en el caso de no cubrirse las plazas ofertadas con candidatos que han sido evaluados en la segunda fase de la convocatoria FPU 2021, la Comisión de Investigación, en función de la distribución por áreas de conocimiento, evaluará las solicitudes presentadas que sólo han pasado la primera fase de dicho procedimiento (Resolución de 17 de mayo de 2021). En este último caso, la Comisión de Investigación podrá establecer un criterio mínimo de competitividad a partir de la consideración del porcentaje de desviación de la nota de las personas candidatas respecto a la nota de corte para pasar a la segunda fase del procedimiento FPU.

Debe decir:

12.1. La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes considerando la valoración obtenida por los candidatos/as en el Anexo III de la Orden de 30 de noviembre de 2022, por la que se conceden ayudas para contratos predoctorales para la Formación del Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación y Movilidad dentro del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, correspondiente a la convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021. Solo en el caso de no cubrirse las plazas ofertadas con candidatos que han sido evaluados en la segunda fase de la convocatoria FPU 2021, la Comisión de Investigación, en función de la distribución por áreas de conocimiento, podrá recurrir a evaluar a algunas de las personas solicitantes a partir de la Resolución de la Primera Fase de dicho procedimiento (Resolución de 17 de mayo de 2021). En este último caso, la Comisión de Investigación podrá establecer un criterio mínimo de competitividad a partir de la consideración del porcentaje de desviación de la nota de las personas candidatas respecto a la nota de corte para pasar a la segunda fase del procedimiento FPU.

Segundo. La presente corrección de errores dispone adicionalmente la apertura de un plazo de solicitud de participación en el presente procedimiento selectivo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», conforme a lo previsto en el artículo 10. Solicitudes y documentación. De este modo, las personas solicitantes que en su momento formalizaron oportunamente su solicitud de participación, no están obligadas a realizar de nuevo dicho trámite.

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