Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 19/06/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Orden de 12 de junio de 2023, por la que se declara y concreta la contratación centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adheridos a la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía.

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Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 26 de junio de 2007, modificado mediante los Acuerdos de 21 de julio de 2009 y de 27 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, se creó la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía, en adelante REDEJA, que persigue como objetivos generales mejorar la eficiencia energética e impulsar la incorporación de energías renovables y la diversificación energética en los centros de consumo adscritos a ella. En el marco de los mencionados objetivos generales, REDEJA prestará, entre otros servicios, la promoción de la contratación centralizada de suministro energético de los centros de consumo de las entidades adheridas a la Red, tanto con carácter obligatorio como mediante acuerdo de adhesión. El apartado sexto del Acuerdo de 26 de junio de 2007 establece, por su parte, que las Consejerías y demás Administraciones, organismos o entidades públicas adheridas a REDEJA habrán de atender los gastos asociados a sus consumos energéticos y a los estudios y auditorías energéticas realizadas por la misma.

La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección General de Contratación, ejerce las competencias en materia de racionalización y centralización de la contratación pública de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y, de manera específica, la competencia de declaración y concreción de la contratación centralizada de aquellos suministros, obras y servicios que por sus especiales características sean susceptibles de ser utilizados con carácter general por todas las Consejerías y entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la contratación centralizada de estos, todo ello de conformidad con el artículo 9 del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Con base en las competencias descritas anteriormente, resulta necesario racionalizar la contratación de los suministros de energía eléctrica de los centros de consumo adscritos a REDEJA, con la intención de incrementar la eficiencia y eficacia en la contratación pública de la Junta de Andalucía, orientándola hacia una simplificación y racionalización de los procedimientos de contratación, y a la reducción de plazos de tramitación y de costes para optimizar el uso de los recursos públicos, y así garantizar de manera transversal el principio de transparencia en el aprovisionamiento de cualquier órgano o entidad de la Administración, impulsando los principios de sostenibilidad y ahorro energético, que permitirán optimizar las tarifas de los suministros y obtener un ahorro significativo en la facturación global de la energía eléctrica de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Conforme al ordinal primero del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de junio de 2007, son centros de consumo adscritos a REDEJA, con carácter obligatorio: los de las Consejerías, las agencias administrativas, las agencias de régimen especial, las agencias públicas empresariales, las sociedades mercantiles del sector público andaluz, las fundaciones del sector público andaluz, los consorcios y las instituciones de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía. Son centros de consumo adheridos voluntariamente a REDEJA mediante suscripción de acuerdo de adhesión: los de las entidades con participación de la Junta de Andalucía, las Universidades Públicas Andaluzas, las entidades de las restantes Administraciones Públicas ubicadas en Andalucía y las Corporaciones de Derecho Público con sede en Andalucía.

Por razones de eficacia y agilidad en la tramitación, en consonancia con criterios de buena administración, se considera necesario declarar y concretar la contratación centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales vinculadas, así como de aquellas otras entidades adheridas a REDEJA que tengan suscrito el correspondiente acuerdo de adhesión voluntaria a la citada Red.

A la vista de la propuesta de fecha 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 del Decreto 153/2022, de 9 de agosto,

DISPONGO

Primero. Declarar de contratación centralizada el suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adheridos a REDEJA.

Segundo. Concretar la contratación centralizada para el suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adheridos a REDEJA, a través del sistema de racionalización técnica de la contratación de acuerdo marco, del que derivará el número de contratos que se precisan a continuación según la tipología del organismo adherido a la Red:

1. Las Consejerías adjudicarán cada una de estas un contrato basado en el acuerdo marco para los centros de consumo adscritos a las mismas, con las siguientes salvedades:

• La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos adjudicará dos contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales y sus delegaciones territoriales, y otro para los centros adscritos a gastos de diversas Consejerías.

• La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública adjudicará dos contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales y sus delegaciones territoriales, y otro para los centros adscritos a sedes judiciales.

2. Las agencias administrativas adjudicarán cada una de estas un contrato basado en el acuerdo marco para los centros de consumo adscritos a las mismas, con las siguientes salvedades:

• El Servicio Andaluz de Salud adjudicará diez contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales, uno para los centros destinados a emergencias sanitarias y uno por cada una de las ocho plataformas provinciales sanitarias.

3. Las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, consorcios, sociedades mercantiles del sector público andaluz y las fundaciones del sector público andaluz adjudicarán por cada uno de estos, un contrato basado en el acuerdo marco para los centros de consumo adscritos a los mismos.

4. Las instituciones de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía, adjudicarán por cada una de estas, un contrato basado en el Acuerdo marco para los centros de consumo adscritos a los mismos.

5. El resto de entidades adheridas voluntariamente a REDEJA que hayan suscrito el correspondiente acuerdo de adhesión, tales como las entidades con participación de la Junta de Andalucía, las Universidades Públicas de Andalucía, las entidades de las restantes Administraciones Públicas ubicadas en Andalucía y las Corporaciones de Derecho Público con sede en Andalucía, adjudicarán el número de contratos basados en el acuerdo marco que dispongan libremente para los centros de consumo adscritos a las mismas.

Tercero. Facultar a la Dirección General con competencias en materia de racionalización y centralización de la contratación a autorizar excepcionalmente a las Consejerías, agencias administrativas, agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, consorcios, sociedades mercantiles del sector público andaluz, fundaciones del sector público andaluz e instituciones de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía a adjudicar contratos basados en el acuerdo marco por encima de lo previsto en el ordinal segundo de la presente orden.

Cuarto. Publicar la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 12 de junio de 2023

CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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