Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 26/06/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Extracto de la Resolución de 19 de junio de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

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Número de Identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 697341.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

Dichas subvenciones se concederán con cargo al crédito presupuestario consignado en la la siguiente posición presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2023:

2100.01.00.00 G/81A/76500/00 Proyecto de inversión 2006001842

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades locales, municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con población inferior a 20.000 habitantes.

Tercero. Objeto.

Con esta línea de ayudas se podrán financiar todas aquellas actuaciones de inversión que, con el fin último de mejorar los servicios que se prestan a la ciudadanía, tengan por objeto:

1. La adquisición de cualquier equipamiento o maquinaria necesaria para la correcta prestación de los servicios públicos de su competencia.

2. La realización de obras y trabajos de los definidas en el Anexo I de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en edificios, edificaciones y otras instalaciones de titularidad pública, así como en cualesquiera otros inmuebles de titularidad pública, incluso en aquellos de carácter patrimonial que sean susceptibles de ser orientados para la realización de actuaciones que contribuyan al fomento económico y social de la entidad local.

3. La contratación de estudios de inversión relacionados con planes a desarrollar en la entidad local, vinculados a la prestación de servicios públicos de su competencia.

4. La realización de actuaciones de inversión que promuevan e incentiven la actividad económica y la generación de empleo en la entidad local o cualesquiera actividades que contribuyan a la consolidación de cualquier sector económico estratégico local para el desarrollo sostenible del territorio correspondiente, aprovechando la potencialidad de sus variables endógenas.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal, aprobadas por la Orden de 19 de abril de 2021 (BOJA núm. 78, de 27 de abril).

Quinto. Cuantías.

Esta línea de subvenciones está dotada con la cuantía máxima que se indica a continuación para el siguiente crédito presupuestario:

2100.01.00.00 G/81A/76500/00 Proyecto de inversión 2006001842 2.575.000,00 €

Se fija como importe máximo a conceder a cada entidad local la cantidad de 30.000 euros, con los demás requisitos concretos establecidos en las bases reguladoras.

La cuantía total máxima destinada a financiar esta subvención figura distribuida entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en la Orden de 19 de abril de 2021 de acuerdo con el siguiente criterio de reparto:

PROVINCIAS CRÉDITO ASIGNADO
ALMERÍA 338.907,73
CÁDIZ 139.755,77
CÓRDOBA 258.548,17
GRANADA 600.949,79
HUELVA 258.548,17
JAÉN 349.389,42
MÁLAGA 310.956,58
SEVILLA 317.944,37
TOTAL 2.575.000,00

Esta cuantía será la cantidad total máxima prevista para esta convocatoria; no obstante, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, tras la resolución de concesión, los sobrantes de los créditos estimados en alguno de los ámbitos territoriales, podrán posiblitar que se dicte resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes, respetando su orden de evaluación, de ámbitos territoriales que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios que se utilizarán en la tramitación telemática de la convocatoria estarán disponibles, se cumplimentarán y se presentarán telemáticamente, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/servicios/procedimientos/detalle/24451.html

Sevilla, 19 de junio de 2023.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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