Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 30/06/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Decreto 155/2023, de 27 de junio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada Conmemoración del maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de la Palma, en el término municipal de Cádiz (Cádiz).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00286193.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el apartado 3 la de las Actividades de Interés Etnológico objeto de inscripción en aquel.

Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, correspondiendo a la citada Consejería, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, proponer al Consejo de Gobierno la declaración de Bienes de Interés Cultural, al que de conformidad con el artículo 1.1 del Reglamento, le corresponde la declaración. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

El artículo 9 de dicha ley regula el procedimiento de inscripción, correspondiendo la resolución del procedimiento al Consejo de Gobierno, y añadiendo el artículo 11 que la inscripción de un Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá llevar aparejado el establecimiento de instrucciones particulares.

II. El rosario y procesión de la Virgen de la Palma se celebra cada 1 de noviembre desde 1755, fecha en la que aconteció el maremoto de Cádiz. Los sacerdotes de la capilla de la Virgen de la Palma, acompañados del vecindario, que se valían de su protección, atestiguaron que habían visto retroceder las aguas que se adentraban por la calle principal, atribuyendo a la intersección mariana el evitar la catástrofe que se cernía sobre el lugar. Ese mismo día por la tarde acudieron a dar las gracias a la Virgen. De este modo surge la celebración que ha pervivido hasta la actualidad.

Cabe reseñar el largo proceso histórico que ha tenido la procesión, la alta valoración entre quienes participan en ella y el sentimiento de identidad local, además del fomento de la sociabilidad y el asociacionismo colectivo generados alrededor de la conmemoración. Hoy día presenta una amplia diversidad de participantes, destacando el carácter devocional presente en la celebración, además de signo de identidad para el barrio de  La Viña donde cada 1 de noviembre se reúnen sus habitantes, ritualizando simbólicamente los espacios, reviviendo la tradición y reafirmando su relación y pertenencia al lugar.

El ritual que se practica en torno al Rosario y procesión de la Virgen de la Palma en el barrio de La Viña en Cádiz constituye una expresión cultural que presenta relevantes valores patrimoniales, especialmente enmarcados en el interés etnológico, conformando la festividad un elemento destacado del patrimonio cultural de Andalucía.

III. La Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz, mediante Resolución de 4 de julio de 2022 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 133, de 13 de julio de 2022), incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la Actividad de Interés Etnológico «Conmemoración del maremoto de 1755 por la Hermandad de La Palma de Cádiz», siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cádiz emitió informe favorable a la inscripción del referido bien el 18 de octubre de 2022, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.

De acuerdo con la legislación aplicable se han cumplido los trámites preceptivos de información pública, mediante Anuncio de 2 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 235, de 9 de diciembre de 2022, así como el trámite de audiencia mediante notificaciones realizadas al Ayuntamiento de Cádiz y a organismos interesados, habiéndose presentado alegaciones que han sido contestadas y estimadas en el presente decreto.

Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con los artículos 9 y 61 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada Conmemoración del maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de la Palma, en el término municipal de Cádiz (Cádiz), que se describe en el anexo al presente decreto.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de junio de 2023,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada Conmemoración del maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de la Palma, en el término municipal de Cádiz (Cádiz), cuya descripción figura en el anexo al presente decreto.

Segundo. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bienes de Interés Cultural, por su vinculación con las Actividad de Interés Etnológico, los bienes muebles que se relacionan y describen en el anexo al presente decreto.

Tercero. Adscribir el ámbito territorial vinculado al desarrollo de la Actividad de Interés Etnológico que se relaciona y describe en el anexo al presente decreto, instando el asiento del citado ámbito territorial en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado.

Cuarto. Establecer las Instrucciones Particulares para la salvaguarda, mantenimiento y custodia de la Actividad de Interés Etnológico.

Quinto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Sexto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

Séptimo. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1 regla primera, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de junio de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

ANEXO

I. Denominación.

Conmemoración del maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de la Palma.

Otras denominaciones.

Fiesta del 1 de noviembre de la Hermandad de la Palma.

Fiestas de la Palma.

II. Localización.

Provincia: Cádiz.

Municipio: Cádiz (Barrio de La Viña).

III. Descripción de la actividad.

La conmemoración recordando el maremoto de 1755 se celebra con carácter anual el mismo día en el que se produjo el seísmo, el 1 de noviembre. La actividad ritual, que se practica en torno al rosario y procesión de la Virgen de la Palma en el barrio de La Viña, presenta relevantes valores patrimoniales, especialmente de carácter etnológico. Los sacerdotes de la capilla de la Virgen de la Palma, acompañados de vecinos del barrio, atestiguaron haber visto retroceder las aguas del mar, que ya se adentraban por la calle principal, atribuyendo dicho retroceso a la intervención sobrenatural de la imagen venerada. Ese mismo día por la tarde se celebró un acto de acción de gracias en la iglesia, surgiendo de este modo la celebración que ha perdurado hasta la actualidad.

A principios del mes de octubre de cada año comienzan los prolegómenos de la conmemoración. Desde mediados de mes se trabaja en la iglesia montando el altar de cultos de la novena que precede a la fiesta propiamente dicha. Este tipo de altares efímeros supone uno de los pocos vestigios que quedan de los que se instalaban durante el barroco, tanto por motivos religiosos como civiles, dentro y fuera de las iglesias, en la conmemoración de efemérides o actos de importancia. La novena se celebra anualmente del 20 al 28 de octubre, y supone un acto de carácter religioso por el que durante nueve días se lleva a cabo una celebración litúrgica en la iglesia destinada a profundizar en la intercesión de la Virgen el día del histórico maremoto. Posteriormente, durante los días 30 y 31, la imagen de la Virgen se baja del altar que se le dispuso y se coloca en el suelo sobre una peana a la altura de los fieles para el besamanos.

El día 1 de noviembre, a la misma hora en la según la tradición se aproximó la ola a la ciudad, comienza a conformarse el cortejo que se dirigirá a la playa de la Caleta. Lo inicia una cruz alzada y ciriales portados por monaguillos, a los que sigue una comitiva de mujeres. Cierra este tramo un miembro de la junta de gobierno que porta el denominado estandarte del milagro, popularmente conocido como simpecado, que es una reproducción del original, realizada al final del pasado siglo, debido al precario estado de conservación del primigenio. Por último, el hermano mayor porta en sus manos el crucifijo que se usó en el momento en el que se pararon las aguas en 1755, antecedido por monaguillos que llevan incensarios y navetas. Cierra el cortejo el sacerdote, que va en calidad de preste, portando una capa pluvial bordada. La procesión discurre rezando el rosario y cantando los gozos del milagro, que todos los asistentes corean y repiten, hasta que llegan a la explanada junto a la Puerta de la Caleta; en ese momento, el sacerdote reza la oración del sacramentario dedicada a la bendición de los mares, toma agua bendita y asperge el mar. A su vuelta, y al llegar a la calle de la Palma, el cortejo se detiene en un lugar clave, marcado con un retablo callejero: el punto en el que en 1755 se detuvieron los sacerdotes que portaban el estandarte y el crucifijo, pidiéndole a la Virgen que pararan las aguas. Allí el sacerdote reza la salve y bendice a los asistentes con el crucifijo del milagro.

Al mediodía se celebra la función solemne, misa conmemorativa que preside el obispo y a la que acuden, entre otros, las autoridades civiles y otras hermandades asociadas. Es el momento del canto de la conocida como misa típica gaditana, interpretada por el Coro de La Viña, una agrupación musical propia del barrio que tiene encargada esta labor desde 1970.

Por la tarde tiene lugar la procesión de la Virgen de la Palma, el cortejo se abre con una cruz, tras la que se van colocando por antigüedad, organizados en tramos, los hermanos y hermanas que acompañan con cirios. El último tramo está conformado por la presidencia, integrada por la junta de gobierno y otras autoridades participantes, portando varas que denotan su responsabilidad y cargo. Tras ella, el cuerpo de acólitos y por último el paso de la Virgen de la Palma, tal y como se dejó exornado el día anterior. La banda de música cierra el cortejo, interpretando marchas procesionales dedicadas a la Virgen y a la hermandad, destacando la marcha Palma Coronada, compuesta por Abel Moreno en 1999 y en la que se incluyen los gozos del milagro que se han cantado durante la novena y la mañana del día 1. Al salir la procesión y en diferentes momentos, el público levanta aplausos y lanza vivas a la Virgen, mientras que los vecinos, desde balcones, lanzan pétalos al paso de la imagen.

El itinerario es variable, aunque siempre dentro de los límites del barrio. No obstante hay un espacio que siempre se incluye, el lugar donde se ubica el azulejo que conmemora la parada de las aguas, donde un coro canta un tanguillo gaditano.

IV. Datos históricos y etnológicos.

La transmisión de la actividad se produce por los círculos familiares o de amistad. En este sentido cabe destacar cómo históricamente eran los hombres los que organizaban la fiesta, ya que solo a ellos les estaba reservado el ser miembros de pleno derecho de la Hermandad de la Palma. Desde las últimas décadas del siglo XX, las mujeres también han tomado parte activa en la dirección de la misma y ejercen cargos de responsabilidad en las juntas de gobierno y en otros menesteres, como en la organización del cortejo.

La responsabilidad de la organización de la fiesta recae en su totalidad en la junta de gobierno de la cofradía, destacando la participación activa de todos los miembros de la entidad en la fiesta, ya sea formando parte de los cortejos procesionales de la mañana y la tarde o bien con otras funciones primordiales, como en el caso de los cargadores de la imagen. En las filas de la procesión pueden ir o bien con cirio, o bien con alguna otra insignia o estandarte. Además, se involucran otros grupos como el Coro de La Viña que canta en la misa y, a la tarde, en la calle, y la banda de música que interpreta las marchas procesionales durante la procesión vespertina.

Fechado en el siglo XIX hay constancia documental de la concesión del permiso, por parte del Ayuntamiento de Cádiz, a la Hermandad de la Palma para procesionar, donde se invitaba a los vecinos a tomar parte en la celebración. No obstante, la procesión vespertina se dejó de celebrar durante algunos años, debido a carencias económicas, aunque siempre su hermandad ha estado activa y ha organizado las fiestas en su honor, donde se incluía el rosario matutino hasta la playa de la Caleta.

A lo largo del tiempo el ritual se ha adaptado a determinadas circunstancias sociales a las que ha hecho frente, como las diferentes normas diocesanas para la regulación de las hermandades, las medidas municipales para controlar el culto público, y los esporádicos tiempos de carestía económica, si bien es signo incuestionable de su importancia la celebración desde el siglo XVIII, siendo este ritual claro ejemplo de continuidad temporal de una manifestación religioso-festiva.

El 1 de noviembre se refuerza la identidad comunitaria del barrio, incluyendo el comercio local, mostrándose este como integrante del mismo, conformando una unidad, estructuralmente jerarquizada, pero compacta. Este valor identitario también se observa en las formas de sociabilidad y asociacionismo presentes. De un lado el asociacionismo oficial ligado al ritual, en este caso por parte de la Hermandad, que se halla sujeta al estamento eclesiástico. Asimismo existen asociaciones ligadas a la Hermandad como los cargadores, que actualmente forman un subgrupo dentro de ella, y el Coro de La Viña, que aun siendo una asociación ajena a la principal, se vincula para la celebración. Este tejido asociativo expresa la identidad que representa el ritual y favorece su permanencia y trasmisión.

V. Bienes muebles vinculados a la Actividad de Interés Etnológico.

Por constituir parte esencial y consustancial a la actividad, se consideran bienes vinculados a la misma los siguientes:

1. Estandarte del Milagro del 1 de noviembre de 1755.

Este estandarte fue el que portó el capellán Francisco Macías la mañana del 1 de noviembre de 1755 para instar al mar a que retrocediera. Desde aquel año ha presidido anualmente el rezo del Santo Rosario matinal que se dirige a la playa de la Caleta. En 1990 se realiza uno nuevo debido a su precario estado de conservación. Se trata de un pendón de tela de formato vertical, resuelto mediante una sección superior que decrece formando dos amplias puntas. Está presidido por un medallón de talla superpuesto, el cual posee en su interior una pintura de la Virgen de la Palma. Posee decoración bordada, basada en una orla con motivos florales y geométricos por el perímetro externo, estrellas en el interior y un sol y una luna a los lados del medallón central. El bordado parece corresponder a talleres gaditanos de principios del siglo XVIII, mientras que el medallón y la pintura central, por sus motivos de rocalla, parecen fechables en torno a 1770.

Tipología: Textil. Materiales: Terciopelo, tela de forro y madera. Técnicas: Bordado, pintura sobre tabla y madera tallada y dorada. Medidas: Estandarte: 220x98 cm. Vara: 300x15 cm. Autor: anónimo. Cronología: Principios del siglo XVIII (bordado) y c. 1770 (medallón y pintura). Estilo: Barroco. Ubicación: Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

2. Estandarte actual o simpecado nuevo.

La pieza se realizó para sustituir al simpecado primigenio debido al mal estado de conservación del original. Desde entonces preside el rosario de por la mañana. Se concibió en 1990 utilizando materiales antiguos. Fuentes fotográficas muestran elementos como el medallón y la corona formando parte de los faldones del paso de palio de la Virgen de las Penas, datados en el siglo XVIII. El resultado es un pendón de tela de formato vertical, resuelto mediante una sección superior que decrece formando dos amplias puntas, siguiendo el esquema del simpecado anterior. Está presidido por un medallón de orfebrería al que se le ha superpuesto una corona, el cual sirve de marco para una pintura de la Virgen de la Palma. A los lados se disponen los elementos marianos del sol y la luna, y completan el campo varias estrellas sobre fondo de terciopelo rojo. El perímetro se resuelve mediante una orla del mismo metal que posee un diseño geométrico.

Tipología: orfebrería y textil. Materiales: terciopelo, plata, metal plateado, madera. Técnicas: orfebrería repujada y madera pintada al óleo. Medidas: 252x90 cm. Autor: anónimo. Puede ser que la composición y los trabajos de adaptación se llevaran a cabo en los talleres de Jesús Domínguez, aunque no hay constatación al efecto. Cronología: 1990 (diseño, composición y elementos de orfebrería excepto el medallón central y la corona), siglo XVIII (medallón central, corona y pintura). Estilo: neobarroco. Ubicación: iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

3. Crucifijo del Milagro.

Se trata de la imagen de Cristo crucificado que portó el capuchino fray Bernardo de Cádiz con el propósito de parar las aguas la mañana del 1 de noviembre de 1755. Posee un alto valor histórico y etnológico, ya que todavía se usa durante la procesión anual hacia la playa de la Caleta. Consiste en una escultura de madera tallada y policromada representando a un Cristo crucificado mediante tres clavos, ya muerto y con la cabeza levemente inclinada hacia la derecha. Se ubica sobre un monte rocoso aunque el crucifijo puede extraerse y portarse como pieza independiente.

Tipología: escultura. Técnica: madera tallada y policromada. Medidas: 95x55x8 cm. Autor: anónimo. Cronología: principios del siglo XVIII. Estilo: barroco. Ubicación: iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

4. Virgen de la Palma.

La imagen de la Virgen parece ser de la época fundacional de la cofradía, según datos recabados del archivo histórico de la corporación. Imagen de madera de talla completa con los brazos abiertos y mirada frontal. Se apea sobre una peana de ángeles que no suele verse, pues la talla es completamente revestida para el culto. En el siglo XIX se modificó notablemente al otorgarle una visión más frontal, modificándose así su aspecto primigenio, que debía ser, según se observa en grabados y otras fuentes gráficas, con mirada ascendente y brazos en distinta altura. Fue intervenida en 1991 por Luis González Rey, quien le realiza nuevo juego de manos y le aplica leves modificaciones en el rostro.

Tipología: escultura. Técnica: madera tallada y policromada. Medidas (aprox.): 100x45x30 cm. Autor: anónimo. Cronología: finales del siglo XVII, aunque modificada durante el siglo XIX y XX. Estilo: barroco. Ubicación: iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

V. Descripción del ámbito de desarrollo de la actividad.

Para garantizar determinadas cautelas sobre algunos elementos urbanos que son consustanciales a la propia actividad, se vincula a la misma el siguiente ámbito territorial que no incluye el ámbito de la procesión vespertina al tratarse de un recorrido variable, cambiante cada año.

1. Parroquia de Nuestra Señora de la Palma.

En el edificio radica la Archicofradía de la Palma Coronada, Santísimo Cristo de la Misericordia y María Santísima de Las Penas y es el punto de partida y de finalización de las procesiones del Santo Rosario y vespertina del 1 de noviembre. Los orígenes de esta iglesia están ligados a la orden capuchina y más concretamente a los rosarios públicos, promocionados por Fray Pablo de Cádiz a fines del siglo XVII, de los que surgieron diversas compañías espirituales, siendo la de la Virgen de la Palma la más antigua. El edificio actual es de traza barroca y se fecha a mediados del siglo XVIII. Tiene planta circular, a la que se abren en el eje axial los espacios rectangulares, correspondientes al coro y sotocoro por el que se realiza la entrada al edificio, y en el perpendicular, en el lado del evangelio, la capilla en la que se encuentran los titulares de la sección de penitencia de la Hermandad de la Palma. Para articular y unir estos espacios, se ha empleado un orden de pilastras pareadas, hornacinas y vanos: en el cuerpo bajo, estas son jónicas y cajeadas y en los nichos se encuentran las figuras de los cuatro Evangelistas, obras contemporáneas de Francisco Buiza, mientras que en el primer piso las pilastras son corintias y estriadas y las hornacinas resguardan las imágenes de los cuatro arcángeles. En este piso además se localiza el coro y dos tribunas con antepechos de forja y decoración rococó. La cúpula es de media naranja decorada con fajas. En la zona central la cubierta es de media naranja con lunetos, decorada por fajas y los muros se articulan mediante pilastras pareadas superpuestas, que flanquean vanos hornacinas y sustentan tribunas, mientras que los restantes espacios se cubren con bóvedas de medio cañón y de aristas. La fachada queda enmarcada por la calle de la Palma y tiene portada rectangular, flanqueada por pilastras toscanas y rodeada de baquetones mixtilíneos.

A la izquierda se eleva la torre, de planta cuadrada, decorada por pilastras y rematada por un chapitel cubierto de azulejos sevillanos dieciochescos.

La referencia castastral del templo es la 1762117QA4416B (parcela 17 de la manzana 17621).

2. Recorrido de la procesión del Santo Rosario.

Así mismo, se consideran ámbito de desarrollo de la actividad el espacio de recorrido de la procesión de la Virgen desde su templo a la playa de la Caleta, donde se bendice el océano Atlántico como símbolo de la intercesión de la imagen durante el terremoto y maremoto de 1755. En el recorrido cobra especial importancia el retablo callejero ubicado en la calle Virgen de la Palma en el que se halla el lienzo de la Virgen de la Palma, obra de 1936 de Félix Quijada, que representa la acción milagrosa.

El polígono de delimitación del ámbito de protección de la actividad en este punto de la calle Cristo de la Misericordia, se retranquea a fin de incluir la fachada del inmueble con referencia catastral 1662204QA4416B, donde se inserta, además del citado cuadro, una lápida de mármol que guarda una relación directa con el rito.

Los vértices de la delimitación literal de los dos polígonos resultantes (parroquia y recorrido) son los que constan en el expediente y en la planimetría adjunta. Así, el área albergada por el polígono de la parroquia ocupa totalmente la finca 17 de la manzana 17621. Por su parte, el recorrido de la procesión matutina, incluyendo el retranqueo de la fachada, corresponde a la finca 4 de la manzana 16622, afectando a las parcelas catastrales 17621171762117QA4416B (Total) y 1662241662204QA4416B (Parcial).

Además, se incluyen los siguientes espacios públicos

- Calle San Nicolás, el tramo que ocupa la fachada de la Capilla de Nuestra Señora de la Palma.

- Calle Virgen de la Palma hasta la esquina con la calle San Félix.

- Calle Cristo de la Misericordia desde la calle Virgen de la Palma hasta la calle Pericón de Cádiz.

- Calle Pericón de Cádiz desde la calle Cristo de la Misericordia hasta la avenida Campo del Sur.

- Calle San Félix.

- Explanada que se abre junto a la puerta de la Caleta, donde se lleva a cabo la ceremonia de bendición del mar. Ocupa la Plaza Canal de Ponce y tramos adyacentes de las avenidas Duque de Nájera y Campo del Sur.

VI. Instrucciones Particulares para la salvaguarda, mantenimiento y custodia de la Actividad de Interés Etnológico.

En aplicación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y de las medidas recogidas en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada en 2003 por la UNESCO y ratificada por el Estado español en 2006 (Boletín Oficial del Estado número 31, de 5 de febrero de 2007), se redactan las siguientes instrucciones particulares y recomendaciones para la conservación y salvaguarda de los valores patrimoniales que caracterizan la Actividad de Interés Etnológico denominada Conmemoración del maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de la Palma, y que justifican su inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural.

1. No necesitan autorización previa las obras y actuaciones en los inmuebles y espacios vinculados como ámbito de desarrollo de la actividad siempre que las mismas no afecten al normal desarrollo de la actividad de interés etnológico inscrita, dado que su protección no es debida a sus características materiales, sino a su carácter de soporte físico de la manifestación simbólica y cultural, sin los cuales no es posible realizar el ritual protegido.

2. Cada cinco años la Hermandad de la Virgen de la Palma informará a la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cádiz sobre el estado de la actividad. En este deber de información se deberán especificar las transformaciones y los cambios producidos en su desarrollo, así como los riesgos o amenazas que impliquen afección para la salvaguarda de los valores patrimoniales.

3. Se recomienda para la salvaguarda, mantenimiento y custodia atender al conocimiento, documentación, conservación, transmisión y revitalización de esta actividad, teniendo como base jurídica la citada Convención, entendiendo por salvaguarda lo recogido textualmente en el artículo 2, apartado 3, de la misma Convención como «las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal– y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos». De igual forma, respecto a las funciones de las administraciones públicas, el artículo 15 de la Convención señala que «cada estado parte tratará de lograr una participación lo más amplia posible de las comunidades, los grupos, y si procede, los individuos que crean, mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos activamente a la gestión del mismo».

VII. Cartografía.

La cartografía base empleada para la delimitación del ámbito territorial vinculado ha sido el Servicio WMS de la Sede Electrónica del Catastro, junio 2022.

Descargar PDF