Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 06/07/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Orden de 3 de julio de 2023, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a varias Consejerías.

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El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, dispone, en su artículo 1, las Consejerías en las que se organiza la Administración de la Junta de Andalucía, a la vez que en la disposición final primera establece que quedan suprimidas determinadas Consejerías anteriormente existentes.

En los artículos 2 a 14 del referido Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, se dispone las competencias que corresponden a cada una de las Consejerías establecidas.

Con posterioridad, mediante Decretos del Consejo de Gobierno se han ido regulando las estructuras orgánicas de cada una de las Consejerías, desarrollando las competencias que corresponden a cada una de ellas y atribuyéndolas, para su ejercicio, en los órganos directivos centrales en los que se estructuran.

En la presente modificación, a instancia de las Consejerías afectadas, se adecúa la relación de puestos de trabajo a la nueva organización central, lo que exige modificar puestos de trabajo para su oportuna adscripción orgánica o para adaptar sus características a nuevas funciones.

Por un lado, resulta necesario distribuir los puestos de trabajo correspondientes al ejercicio de competencias horizontales entre las Consejerías que asumen parcialmente las competencias sectoriales de las Consejerías suprimidas.

Esta distribución de puestos de trabajo se produce entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, entre la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y la Consejería de Industria, Energía y Minas y entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Consejería de Industria, Energía y Minas.

Asimismo, se procede a la redistribución de dos plazas de puestos de la tipología «conductor acuerdo consejo de gobierno», que se adscriben a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, para atender las necesidades derivadas de la nueva estructura orgánica establecida, provenientes de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Por otro lado, como consecuencia de la aprobación de los Decretos de estructura orgánica de distintas Consejerías resulta necesario modificar la adscripción de determinados puestos de trabajo a los distintos órganos directivos centrales.

En el caso de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad se produce la modificación de la adscripción de los puestos de trabajo con competencias en el área de participación y voluntariado social, que pasan a la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad.

En el caso de la Consejería de Industria, Energía y Minas se produce una redistribución de puestos de trabajo entre la Secretaría General de Industria y Minas, y la Dirección General de Minas.

Asimismo, en el caso de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación se produce la modificación de la adscripción de los puestos de trabajo para su adecuación a las competencias atribuidas a los distintos órganos directivos centrales.

En las disposiciones adicionales del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, del Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, del Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, del Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul y del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, actualmente Consejería de Industria, Energía y Minas, en virtud del Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, se habilita a la Consejería competente en materia de Función Pública, respecto a las relaciones de puestos de trabajo, a realizar las creaciones, supresiones y modificaciones necesarias en cualquiera de los puestos de trabajo.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financieras, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria, en los términos previstos en los apartados 6y 7 del artículo 26 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3.i) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en uso de las habilitaciones contenidas en los Decretos por los que se regulan las estructuras orgánicas de las Consejerías afectadas,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a varias Consejerías.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a varias Consejerías, queda modificada en los términos indicados en el Anexo I.

Artículo 2. Adscripción del personal afectado por supresión de plazas.

El personal, afectado por la supresión de plazas de los puestos de trabajo modificados, se adscribe, con el mismo carácter de ocupación con el que la venía desempeñando, a las plazas creadas en los puestos de trabajo relacionados en el Anexo II.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de julio de 2023

JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública

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