Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 07/07/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 168/2023, de 4 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

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El Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, dispone, en su artículo 1, que corresponde a la misma la regulación y administración de la enseñanza no universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Una de las grandes líneas estratégicas de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional es mejorar la atención al alumnado con necesidades educativas especiales para lo que resulta necesario la creación de nuevas plazas de personal técnico de integración social.

El personal técnico de integración social es el complemento necesario para el apoyo a los profesionales docentes permitiendo con su labor la escolarización de alumnos y alumnas que de otro modo tendrían un difícil acceso a los centros educativos, en una enseñanza presencial ordinaria, con el resto de la comunidad educativa. Se trata con ello, de llevar a efecto una labor de inclusión fundamental para este tipo de alumnado.

Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se procede a la creación de cien puestos de trabajo correspondiente a la categoría profesional laboral de Personal Técnico de Integración Social en los Equipos de Orientación Educativa para la prestación del servicio de atención a alumnado con necesidades educativas especiales.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financieras, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la creación de nuevos puestos de trabajo dotados, supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de julio de 2023,

D I S P O N G O

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se amplía en 100 puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de julio de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública
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