Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 17/07/2023

1. Disposiciones generales

Universidades

Resolución de 12 de julio de 2023, del Vicerrectorado de Innovación y Empleabilidad de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases reguladoras del Concurso de Emprendimiento.

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La Universidad de Huelva, a través del Servicio de Empleo y Emprendimiento adscrito al Vicerrectorado de Innovación y Empleabilidad, celebra anualmente el Concurso de Emprendimiento «Ideas Locas para Cambiar el Mundo», con el fin de fomentar la actividad emprendedora con impacto social entre la comunidad universitaria.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Huelva para el ejercicio 2023, resuelvo aprobar las bases reguladoras para la concesión de premios a las mejores ideas presentadas:

Primera. Objetivos.

El objetivo del Concurso de Emprendimiento «Ideas Locas para cambiar el mundo» que organiza el Servicio de Empleo y Emprendimiento de la Universidad de Huelva (SOIPEA), es premiar las ideas más originales con la solución más creativa para emprender en impacto social, contribuyendo de manera más eficaz a la consecución de cualquiera de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU.

Segunda. Normativa aplicable.

Los premios se regirán por sus bases reguladoras, convocatoria específica, y por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su normativa de desarrollo y demás normativas aplicables a las Administraciones Públicas.

Tercera. Requisitos y forma de participación.

1. Podrá participar en dicha convocatoria quienes reúnan los siguientes requisitos:

a) Alumnado de la Universidad de Huelva.

b) Personas egresadas de la Universidad de Huelva.

c) Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva.

d) Personal Docente Investigador de la Universidad de Huelva.

2. La idea se presentará en un video de máximo dos minutos y podrán tomar parte en la convocatoria a título individual o colectivo, siempre que presenten una idea disruptiva.

Cuarta. Convocatoria.

1. La convocatoria y fallo de los premios, se realizará conforme a los principios de objetividad y publicidad y será necesario aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia DNI de los participantes.

b) Documento acreditativo de la vinculación con la Universidad de Huelva.

c) Pen drive dentro de un sobre a la atención del Servicio de Empleo y Emprendimiento Concurso «Ideas Locas para Cambiar el Mundo» en el que la autoría esté claramente identificada. El pen drive será devuelto una vez resuelto el concurso, mediante solicitud al SOIPEA.

d) Declaración responsable sobre la autoría de la idea y aceptación de la responsabilidad ante cualquier reclamación sobre propiedad intelectual o utilización de información y/o documentación de propiedad privada.

2. También se fijará el número y cuantía de los premios, las cuales estarán sujetas a la legislación fiscal vigente. Pudiéndose declarar premios desiertos en caso de que ninguna de las ideas/videos alcancen un nivel mínimo de calidad.

Quinta. Órganos competentes.

La valoración de las ideas/video de los premios, corresponderá a un jurado que estará formado por una comisión de expertos, donde se incluirán personas emprendedoras con trayectorias destacadas, así como representantes de instituciones públicas y privadas del sector empresarial, propuestas por el Servicio de Empleo y Emprendimiento de la Universidad de Huelva y aprobada por la Vicerrectora de Innovación y Empleabilidad de la propia Universidad.

Sexta. Financiación de la convocatoria.

El importe de cada uno de los premios y la aplicación presupuestaria donde se imputa, se publicará en cada convocatoria.

Séptima. Presentación y plazo de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), donde se indicará los documentos e información necesaria para la participación en los premios convocados, así como el plazo máximo para su presentación.

2. La solicitud, junto con la documentación, irá dirigida al Servicio de Empleo y Emprendimiento y se presentará a través de los registros presenciales o telemático de la Universidad de Huelva o cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octava. Criterios de evaluación.

El jurado valorará que la idea sea lo más loca y disruptiva conectando con el sentido común de lo que podría realizarse para abordar el objetivo de desarrollo sostenible elegido, dentro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de la ONU y la viabilidad de convertirse en empresa. La propuesta debe además incluir una referencia a cómo podría concretarse a través de un emprendimiento social individual o colectivo.

Novena. Plazo de resolución y notificación.

1. La Vicerrectora de Innovación y Empleabilidad dictará resolución por delegación de la Rectora de la Universidad de Huelva, mediante acuerdo, en el plazo máximo de dos meses a contar desde el cierre de la convocatoria, y podrá declarar desiertos algunos de los premios.

2. Una vez publicada la adjudicación de los premios, se abrirá un plazo de alegaciones (5 días a partir de la publicación de la resolución), transcurrido el cual y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, se procederá a la adjudicación definitiva de los mismos y se hará pública.

3. Se entregará un diploma a todas las personas participantes en el concurso.

Décima. Pago de los premios.

El pago de los premios se realizará una vez publicada la resolución definitiva, y se realizará directamente por parte de la Universidad de Huelva a través de transferencia a la cuenta bancaria de las personas premiadas, y se le aplicará la retención de los impuestos que corresponda.

Undécima. Medio de publicación y comunicación.

1. De conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las publicaciones relativas a las resoluciones del procedimiento distintas a la convocatoria –que se publicará en BOJA conforme prevén las bases y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS-http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)– habrán de publicarse en el tablón electrónico de la Universidad de Huelva (TEO).

2. Toda la información referida a las bases reguladoras, convocatoria, Resolución o demás comunicaciones relaciona con el Concurso, será publicada en la página web del Servicio de Empleo y Emprendimiento (SOIPEA), teniendo solo carácter informativo.

http://uhu.es/soipea/uhuemprendedora/

3. A las personas premiadas se les notificará además por correo electrónico.

4. La comunicación de los/as participantes y/o interesados/as con la institución organizadora se podrá realizar, personalmente, por teléfono o a través de la dirección de correo electrónico, empleoyemprendimiento@sc.uhu.es

5. El Servicio de Empleo y Emprendimiento de la Universidad de Huelva se compromete a seguir una política de confidencialidad con aquellas ideas presentadas que no resulten ganadoras.

Duodécima. Sistema de recursos.

La convocatoria del concurso establecerá el correspondiente sistema de recurso en base al régimen de funcionamiento y delegación de competencias del Consejo de Dirección de la Universidad establecida en la Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Universidad de Huelva, así como en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Disposición final. Las presentes bases entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Huelva, 12 de julio de 2023.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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