Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 17/07/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se anuncia la publicación de las Resoluciones emitidas por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), de 15 de junio de 2023, mediante las que se actualizan la Resolución de 30 de marzo de 2016, la Resolución de 8 de febrero de 2017, la Resolución de 21 de febrero de 2018, la Resolución de 21 de febrero de 2019 y la Resolución de 24 de febrero de 2020, relativas a las solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 respectivamente.

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Habiéndose dictado ya por parte del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), en base a lo dispuesto en el artículo 27.1 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agraria Común, las siguientes resoluciones:

CAMPAÑA RESOLUCIÓN INICIAL FEGA ANUNCIO BOJA RESOLUCIÓN INICIAL FEGA
2015 Resolución de 30 de marzo de 2016 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2015 Resolución de 27 de abril de 2016 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2016 Resolución de 8 de febrero de 2017 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2016 Resolución de 23 de mayo de 2017 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2016 Resolución de 8 de febrero de 2017 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derecho de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2016 Resolución de 7 de septiembre de 2017 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2017 Resolución de 21 de febrero de 2018 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2017 Resolución de 13 de marzo de 2018 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2017 Resolución de 21 de febrero de 2018 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2017
2018 Resolución de 21 de febrero de 2019 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2018 Resolución de 13 de marzo de 2019 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2018 Resolución de 21 de febrero de 2019 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2018 Resolución de 20 de mayo de 2019 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2019 Resolución de 24 de febrero de 2020 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2019 Resolución de 5 de mayo de 2020 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados
2019 Resolución de 24 de febrero de 2020 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2019

Las comunidades autónomas, como autoridades competentes en el estudio de los expedientes de los agricultores, así como de efectuar la propuesta motivada de resolución aprobatoria o denegatoria de asignación de derechos de pago básico procedentes de la reserva nacional, han procedido a la comunicación de nuevos datos al FEGA.

De acuerdo con las condiciones generales de acceso a la reserva nacional, criterios para el cálculo y asignación de derechos de la reserva nacional, establecidos en los artículos 24, 25 y 26 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, así como a las normas recogidas al efecto en las Circulares de Coordinación «Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional» de dichas campañas, 7/2015, 8/2016, 7/2017, 7/2018 y 1/2019, el FEGA ha efectuado los cálculos correspondientes a estos beneficiarios, en base a la información remitida por las comunidades autónomas, bien por tratarse de solicitantes que, hasta la fecha, no habían sido incluidos en la asignación de la reserva nacional de dichas campañas, bien por haber visto modificada la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional con respecto a la establecida en las resoluciones iniciales de asignación:

CAMPAÑA RESOLUCIÓN INICIAL FEGA
2015 Resolución de 30 de marzo de 2016 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2015
2016 Resolución de 8 de febrero de 2017 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2016
2017 Resolución de 21 de febrero de 2018 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2017
2018 Resolución de 21 de febrero de 2019 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2018
2019 Resolución de 24 de febrero de 2020 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2019

Y ha resuelto actualizar la asignación de los derechos de la reserva nacional de pago básico correspondiente a dichas campañas.

En los casos en los que el proceso de cálculo no ha arrojado resultados positivos, el FEGA ha desestimado la solicitud y ha resuelto actualizar las resoluciones por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional correspondientes a las siguientes campañas:

CAMPAÑA RESOLUCIÓN INICIAL FEGA
2015 Resolución de 30 de marzo de 2016 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derecho de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2015
2016 Resolución de 8 de febrero de 2017 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derecho de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2016
2017 Resolución de 21 de febrero de 2018 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2017
2018 Resolución de 21 de febrero de 2019 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2018
2019 Resolución de 24 de febrero de 2020 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2019

En ambos casos ha remitido dicha información a las comunidades autónomas para que puedan proceder a la comunicación de las mismas a los interesados.

El artículo 21.3 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única, determina de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, que la comunicación de la asignación a los beneficiarios, se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,  conforme a las indicaciones recogidas en el artículo 46 de la citada ley.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca Agua y Desarrollo Rural,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a la siguiente Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2015:

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la resolución de 30 de marzo de 2016, del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2015. Constando de Anexo I, que contiene 1 persona beneficiaria con NIF F23215379 que presentó su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la reserva nacional 2015.

- Anexo X, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dicha resolución.

Segundo. Dar publicidad a la siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2016:

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 8 de febrero de 2017, del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2016. Constando de Anexo II, que contiene 1 persona beneficiaria con NIF 76439966H que presentó su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la reserva nacional 2016.

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 8 de febrero de 2017, del FEGA, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2016. Constando de Anexo III, que contiene 1 persona con NIF 75096128R que presentó su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que no cumple las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación o cuyo cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva nacional, en base al motivo que se detalla. Se indica el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, así como el/los códigos de incidencias que afectan a su solicitud.

- Anexo X, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dichas resoluciones.

Tercero. Dar publicidad a las siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2017:

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2018, del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2017. Constando de Anexo IV, que contiene el listado de las personas beneficiarias que presentaron su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose para cada una de ellas el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la reserva nacional 2017, comenzando con el titular con NIF 44725519H y finalizando con el titular con NIF 44952716K, siendo un total de 2 personas beneficiarias.

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2018 del FEGA, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2017. Constando de Anexo V, que contiene 1 persona con NIF 77358237Z que presentó su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que no cumple las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación o cuyo cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva nacional, en base al motivo que se detalla. Se indica el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, así como el/los códigos de incidencias que afectan a su solicitud.

- Anexo X, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dichas resoluciones.

Cuarto. Dar publicidad a las siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2018:

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2019, del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2018. Constando de Anexo VI, que contiene el listado de las personas beneficiarias que presentaron su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose para cada una de ellas el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la reserva nacional 2018, comenzando con el titular con NIF 44591765D y finalizando con el titular con NIF 75116014S, siendo un total de 3 personas beneficiarias.

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2019, del FEGA, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2018. Constando de Anexo VII, que contiene 1 personas con NIF 28691635D que presentó su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que no cumple las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación o cuyo cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva nacional, en base al motivo que se detalla. Se indica el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, así como el/los códigos de incidencias que afectan a su solicitud.

- Anexo X, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dichas resoluciones.

Quinto. Dar publicidad a las siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2019:

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 24 de febrero de 2020, del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2019. Constando de Anexo VIII, que contiene el listado de las personas beneficiarias que presentaron su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose para cada una de ellas el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la reserva nacional 2019, comenzando con el titular con NIF 53913721L y finalizando con el titular con NIF 75112770Z, siendo un total de 3 personas beneficiarias.

- Resolución de 15 de junio de 2023, mediante la que se actualiza la Resolución de 24 de febrero de 2020, del FEGA, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2019. Constando de Anexo IX, que contiene 1 persona con NIF 25348995M que presentó su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que no cumple las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación o cuyo cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva nacional, en base al motivo que se detalla. Se indica el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, así como el/los códigos de incidencias que afectan a su solicitud.

- Anexo X, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dichas resoluciones.

La resolución y la información que contiene, podrá consultarse a partir del día siguiente de su publicación en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y en el Registro de Procedimientos y Servicios de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, en las direcciones electrónicas:

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/dpb-2015.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/derechos-pago-basico-2016.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/derechos-pago-basico-2017.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/derechos-pago-basico-2018.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/derechos-pago-basico-2019.html

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/7229.html

Dicha publicación sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme se establece en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Recursos.

Contra las citadas resoluciones emitidas por el FEGA, que no ponen fin a la vía administrativa, y en la que se sustituye la notificación por la publicación, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El recurso de alzada se dirigirá al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo. Efectos. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de julio de 2023.- La Directora General, Raquel Espín Crespo.

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