Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 21/07/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Decreto 187/2023, de 18 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Córdoba, del inmueble sito en la calle Sagunto, s/n, de dicha localidad, en el que se ubica actualmente el centro de salud Levante Sur, y que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba se ha acordado la transmisión de la propiedad, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del inmueble sito en la calle Sagunto, s/n , de dicha localidad, en el que se ubica actualmente el centro de salud Levante Sur.

Por la Consejería de Salud y Consumo se ha manifestado el interés en la aceptación de la cesión de la propiedad de este inmueble para su adscripción al Servicio Andaluz de Salud y uso sanitario.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 18 de julio de 2023,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en los artículos 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, acordada por el Ayuntamiento de Córdoba, del inmueble sito en la calle Sagunto, s/n, de dicha localidad, en el que se ubica el centro de salud Levante Sur.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Córdoba núm. 6, con el número de finca 83670, tomo 2.630, libro 1.515, folio 180.

La referencia catastral de esta parcela es 5256309UG4955N0001EE.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud, con destino a uso sanitario.

Cuarto. Por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.

Sevilla, 18 de julio de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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