Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 26/07/2023

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se dispone el nombramiento de la Dirección del Plan Integral de Obesidad Infantil de Andalucía.

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La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, atribuye a la Consejería de Salud la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación y asistencia sanitaria, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.

Contribuir a la mejora de la salud y la calidad de vida de la población andaluza es un reto que precisa de la colaboración de todos los poderes públicos y la sociedad civil en su conjunto, y una de las claves del éxito de esta tarea es lograr la participación y la implicación de todos los protagonistas.

La obesidad infantil es un problema de salud que afecta a un número creciente de niños y niñas en muchas regiones del mundo, es una prioridad en salud pública por su impacto significativo en el aumento de las enfermedades agudas y crónicas, en la salud general, en el desarrollo y en el bienestar infantil y en la etapa adulta.

Para hacer frente al problema de la obesidad infantil, que está en la base del aumento de las enfermedades crónicas en la etapa adulta, el Plan Integral de Obesidad Infantil, considera prioritario implicar, tanto a los profesionales responsables de la atención a la infancia y a las familias en un sentido amplio, como al conjunto de la sociedad y a las políticas públicas para garantizar y extender las actividades de prevención y tratamiento de la obesidad infantil, mediante una estrategia global que integre las intervenciones de mayor efectividad contrastada en orden a prevenir, atender, capacitar, formar e investigar sobre las causas y soluciones del problema, contando especialmente con el ámbito familiar.

El Plan Integral de Obesidad Infantil de Andalucía pretende lograr objetivos de mejora de la calidad de vida a través de la promoción de estilos de vida saludables, prevención de la obesidad en edades tempranas y mejor tratamiento de este problema de salud, con perspectiva de género y buscando disminuir las desigualdades sociales en su incidencia.

La implantación y el seguimiento del Plan de Obesidad Infantil para el logro de los objetivos planteados requieren de una persona de reconocido prestigio profesional y capacidad de dirección que impulse y dinamice las líneas de actuación.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 8.l) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo,

R E S U E L V O

Primero. Cesar a don Francisco Javier Aguilar Gómez-Cárdenas como Director del Plan Integral de Obesidad Infantil de Andalucía a petición propia.

Segundo. Nombrar a don José Manuel Rumbao Aguirre como Director del Plan Integral de Obesidad Infantil de Andalucía.

Tercero. El nombramiento no comportará retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen, conservando la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia. Las indemnizaciones que procedan por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 20 de julio de 2023.- El Director General, Jorge Guillermo del Diego Salas.

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