Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 20 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua de 22 de agosto de 2022, se aprueba técnicamente el proyecto «Obras de defensa en el arroyo Molinillo, en el término municipal de Pruna (Sevilla)», Clave: A5.492.608/2111, y se autoriza asimismo la realización de cualquier trámite de información pública en relación con el citado proyecto.

Segundo. Según informe de cumplimiento de la información pública del proyecto de referencia, de fecha 7 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de esta Consejería en Sevilla, el anuncio se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (en adelante BOJA) el día 20 de diciembre de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (en adelante BOP) el día 14 de noviembre de 2022. Ha estado expuesto en dicha Delegación Territorial desde el 13 de octubre de 2022 hasta el 25 de noviembre de 2022, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pruna del 13 de enero de 2023 al 24 de febrero de 2023, en el portal de transparencia del 15 de noviembre de 2022 al 3 de febrero de 2023 y en el periódico «ABC» del 27 de diciembre de 2022 al 9 de febrero de 2023.

Durante el periodo de información pública no han sido presentadas alegaciones.

Tercero. Con fecha 9 de marzo de 2023, la Dirección General de Infraestructuras del Agua aprueba el expediente de información pública y el proyecto «Obras de defensa en el arroyo Molinillo, en el término municipal de Pruna (Sevilla)», Clave: A5.492.608/2111, con un presupuesto base de licitación de 7.131.486,34 € y un plazo de ejecución de 12 meses.

Cuarto. Mediante comunicación interior de fecha 10 de julio de 2023, la Dirección General de Infraestructuras del Agua solicita a esta Secretaría General Técnica la convocatoria del levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto.

FUNDAMENTOS DE HECHO

Primero. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó por Decreto 189/2002, de 2 de julio, el Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos Andaluces, con la finalidad de constituir el marco de coordinación e intervención en la materia en Andalucía. En el Anexo 2 de dicho plan se incluyeron las infraestructuras declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre las cuales se declaró las obras de defensa del arroyo Molinillo en Pruna (Sevilla). Por tanto, esta actuación es de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía al incluirse en el supuesto recogido en el apartado 1.b) del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio referida:

«La aprobación por la consejería competente en materia de agua de los proyectos de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá, implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres, y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no segregables de la principal.»

Se considera, por tanto, de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente ocupación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF).

Segundo. De conformidad con el artículo 16 de la Orden de 21 de noviembre de 2022 (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre de 2022), por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, corresponde a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:

«c) En relación con el ejercicio de la potestad expropiatoria, acordar la necesidad de adquirir los bienes u ocupar los derechos indispensables para el fin de la expropiación, convocar el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación y la determinación del justiprecio en aquellos supuestos de mutuo acuerdo o previa tramitación de pieza separada, así como la fijación de los intereses de demora que, en su caso, se hayan podido generar, a propuesta del órgano directivo periférico.»

Una vez dictada la presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a la urgente ocupación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la referida Orden de 21 de noviembre de 2022, corresponde a las personas titulares de los órganos directivos periféricos de la Consejería:

«c) Tramitar los procedimientos de expropiación forzosa en todas sus fases y, en concreto, en los procedimientos en los que concurran razones de urgencia, el levantamiento de actas previas, la fijación y pago de los depósitos previos e indemnizaciones por daños de rápida ocupación, suscripción de las actas de determinación del justiprecio por mutuo acuerdo y suscripción de las actas de ocupación y pago, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.»

Tercero. La presente resolución será expuesta en el tablón de edictos del ayuntamiento de Pruna (Sevilla), se publicará en el BOJA y en el BOP de Sevilla.

La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla tramitará el anuncio de la presente Resolución en uno de los diarios de mayor difusión  de Sevilla.

Cuarto. La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del artículo 52 de la LEF. Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la sede de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla, domiciliada en Avenida de Grecia, núm. 17, de Sevilla, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.

Quinto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.

Sexto. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente acta de adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación, el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de que no se suscriba la mencionada acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega a los comparecientes de la correspondiente hoja de valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.

A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de Infraestructuras del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado c) del artículo 16 de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,

RESUELVE

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al proyecto «Obras de defensa en el arroyo Molinillo, en el término municipal de Pruna (Sevilla)», Clave: A5.492.608/2111, que se desarrollarán en el término municipal de Pruna (Sevilla), en el que se incluyen la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiario final de la expropiación el Ayuntamiento de Pruna (Sevilla).

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación incluida en el Anejo de esta resolución, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Pruna (Sevilla), el día y hora que figuran en la misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se puedan trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 52 de la LEF.

Sevilla, 20 de julio de 2023.- La Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D. (Orden de 21.11.2022, BOJA núm. 227, de 25.11.2022), la Secretaria General Técnica, María Jesús Gómez Rossi.

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