Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 31/07/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 25 de julio de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de contratos predoctorales para la realización de tesis doctorales que opten a la mención Doctorado Industrial en colaboración con las entidades Acerinox Europa Sau y Arcgisa.

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ANTECEDENTES

El Plan Propio de Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia 2022-2023, aprobado por acuerdo Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2021 (BOUCA núm. 348, Suplemento 6), contempla en su actuación 1.5 una convocatoria de ayudas para la realización de Proyectos Colaborativos con empresas e instituciones que, en su desarrollo, incorporen como un aspecto central la formación de un Doctor. Con ello se pretende: contribuir a mejorar el potencial investigador de las empresas, a formar investigadores preparados para desarrollar carreras profesionales en un entorno industrial y profesional, y promover el acercamiento del personal académico de la UCA a las empresas e instituciones con las que se vayan a desarrollar estas iniciativas, favoreciendo la transferencia de conocimientos en ambos sentidos: de la universidad hacia la empresa y de la empresa a la universidad.

Para ello el estudiante se encuadrará en un Programa de Doctorado de la UCA, y durante los dos primeros años estará contratado por la universidad, atendiendo a las actividades formativas que tienen un carácter más académico. En este período, la universidad aporta, una ayuda del 50% del coste del contrato y la empresa aporta el 50% restante, conforme al convenio específico establecido para cada proyecto de Tesis Doctoral.

A partir del tercer año, es la empresa la que adquiere el compromiso de formalizar el contrato y cubrir su coste hasta la finalización del doctorado, mientras que el doctorando completa las actividades formativas y elabora su memoria de Tesis Doctoral.

Esta actuación, mediante las ayudas que ofrece el Plan Propio, pretende dinamizar una colaboración socialmente responsable, en la que la empresa tiene siempre una fuerte implicación, al igual que la universidad, sin que esto limite la posibilidad de que, en cualquier momento, y por acuerdo entre la UCA y una empresa o institución, y formalizando el correspondiente convenio, se desarrollen otros proyectos de doctorados industriales en los que la financiación se realice por otros organismos públicos o íntegramente por una empresa, con cargo a sus programas de I+D+i.

La presente convocatoria tiene por finalidad regular el proceso de selección de los investigadores predoctorales que serán beneficiarios de los contratos, cada uno asociado a un Proyecto. La relación de los Proyectos, con indicación de las empresas, los Programas de Doctorado, las titulaciones preferentes para acceder a los contratos, y los responsables por parte de la UCA y de la empresa, se incluyen en el Anexo I de la convocatoria.

La selección de las plazas se ha realizado tras una convocatoria interna, a la que han podido concurrir en régimen competitivo los investigadores UCA, presentando sus propuestas de Proyectos Colaborativos, avalados por los representantes de las referidas empresas. Esta fase inicial concluyó con el acuerdo de Comisión de Investigación de 1 de junio de 2022, punto 5, por el que se aprobaron 8 Proyectos, y se autorizó el lanzamiento de la convocatoria pública de selección de los correspondientes investigadores predoctorales. En el caso de ARCGISA se realiza de nuevo la convocatoria tras haber quedado desierta una convocatoria anterior, UCA/REC62VPCT/2022, de 9 de diciembre, y en el de Acerinox Europa Sau se procede a convocar tres contratos una vez firmados los respectivos convenios. Conforme a lo anterior se establecen las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE INVESTIGADORES PREDOCTORALES PARA REALIZAR TESIS DOCTORALES EN LA MODALIDAD DOCTORADO INDUSTRIAL

1. Objeto de la convocatoria.

La presente resolución aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de 4 contratos predoctorales de Personal Investigador para realización de Doctorados que alcancen la mención Industrial, en colaboración con las Entidades Acerinox Europa Sau (3 contratos) y ARCGISA (1 contrato) para desarrollar los Proyectos Cooperativos de Investigación vinculados a cada Entidad, integrados en el Programa de Doctorado UCA considerado afín a las mismas, conforme a lo que se detalla en el Anexo I.

Los beneficiarios de estos contratos, seleccionados mediante la presente convocatoria pública, formalizarán un contrato predoctoral de formación del personal investigador en la modalidad a que se refiere el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre.

Aquellos actos que deban ser notificados a las personas solicitantes se publicarán en la página web del Área de Investigación y Transferencia con la siguiente dirección:

https://planpropioinvestigacion.uca.es/tesis-industriales-2022-tercera-convocatoria/

Las publicaciones en la citada página web sustituirán a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Normativa aplicable.

El concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en formación, por los Estatutos de la Universidad de Cádiz y por el convenio colectivo del personal Docente e Investigador con contrato laboral en las Universidades Públicas de Andalucía, así como por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será igualmente de aplicación el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas de doctorado en el estado español y por el Reglamento UCA/CG06/2012, de 27 de junio de 2012, por el que se regula la ordenación de los estudios de doctorado en la Universidad de Cádiz, y demás normas que lo desarrollan.

La forma de provisión de las plazas será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum, según detalla esta convocatoria en sus anexos. Los méritos deberán estar acreditados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Requisitos de los solicitantes.

El cumplimiento de los requisitos para participar en el concurso, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia del contrato, con excepción de la obtención del Master que dé acceso al Doctorado, que será exigible, en caso de resultar seleccionado, a la fecha de la firma del contrato.

1. Los solicitantes deberán acreditar en el plazo de presentación de solicitudes, estar matriculados, admitidos o preadmitidos en el programa de doctorado de la UCA establecido para la plaza que solicitan. No obstante, lo anterior, la contratación del candidato seleccionado queda supeditada a la admisión y efectiva matriculación del mismo en el programa de doctorado de la Universidad de Cádiz indicado, por lo que los candidatos deben en todo caso cumplir este requisito en la fecha de firma del contrato.

2. Nacionalidad. No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de investigadores extranjeros no comunitarios, quedará en suspenso mientras no obtengan la autorización administrativa que les permita trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

3. No podrán ser solicitantes quienes hayan iniciado su formación predoctoral con financiación a cargo de otras ayudas destinadas a la misma finalidad, que se hayan otorgado en el marco del Programa de Fomento e Impulso de la Investigación y Transferencia de la Universidad de Cádiz, ni quienes ya estén en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera. Tampoco podrán ser solicitantes quienes hayan disfrutado previamente de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses.

4. La fecha de finalización de los másteres que den acceso al programa de doctorado recogido en el Anexo I para cada plaza, deberá estar comprendida dentro de los cuatro años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

5. Quienes concurran a la convocatoria no podrán haber sido separados mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

4. Duración de la ayuda.

El contrato con la Universidad de Cádiz tendrá una duración de dos años. La continuidad del contrato tras cumplir el primer año de contrato queda condicionada al cumplimiento de los objetivos indicados en el Anexo II.

Para acreditar los objetivos establecidos, el beneficiario recibirá un requerimiento del Servicio de Gestión de la Investigación, del Área de Investigación y Transferencia, para que remita en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la notificación a ese mismo Servicio, la documentación justificativa que acredite que cumple con los objetivos señalados en el Anexo II. Dicho requerimiento se efectuará con anterioridad a la reunión de la Comisión de Investigación más próxima a la finalización de la anualidad correspondiente. En caso de no recibirse respuesta alguna se entenderá que desiste del contrato. La continuidad se resolverá por el Vicerrector competente en materia de Investigación y Transferencia, previo informe técnico del Área de Investigación y Transferencia, pudiendo solicitarse en caso necesario informe a la Comisión de Investigación.

En aplicación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, las situaciones de incapacidad temporal y los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos a tiempo completo por gestación, embarazo, riesgo durante la gestación, el embarazo y la lactancia, nacimiento, maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, o lactancia acumulada a jornadas completas, o por situaciones análogas relacionadas con las anteriores así como el disfrute de permisos a tiempo completo por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, y el tiempo dedicado al disfrute de excedencias por cuidado de hijo/a, de familiar o por violencia de género durante el período de duración del contrato interrumpirán el cómputo de la duración del mismo.

Los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permiso a tiempo parcial por nacimiento, maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, y la reducción de jornada laboral por razones de lactancia, nacimiento de hijo/a prematuro u hospitalizado tras el parto, guarda legal, cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave, de familiares afectados por accidente o enfermedad grave o de personas dependientes, o por violencia de género, o reducciones de jornada por situaciones análogas relacionadas con las anteriores así como por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, durante el período de duración del contrato darán lugar a la prórroga del contrato por el tiempo equivalente a la jornada que se ha reducido.

A la finalización de los dos años de contrato con la Universidad de Cádiz, corresponderá a la empresa asumir el compromiso contraído mediante el convenio de colaboración de contratar al investigador a partir del inicio del tercer año, siempre que se cumplan los objetivos establecidos en el Anexo II a la finalización del segundo año.

5. Importe de la ayuda.

La retribución de este contrato se corresponderá con la que establece el art. 7.1 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación durante los dos primeros años. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Para el establecimiento de las retribuciones anteriores se tomará como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo I de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado.

6. Solicitudes.

Quienes deseen participar en esta Convocatoria deberán presentar su solicitud, dirigida a la Vicerrectora de Política Científica y Tecnológica de la Universidad de Cádiz, obligatoriamente de forma electrónica, mediante el procedimiento específico habilitado por la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz, mediante Certificado Digital y accesible desde la Oficina Virtual en la siguiente dirección:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=407

En el caso de presentar más de una solicitud, se tendrá en cuenta únicamente la última presentada por el interesado dentro del plazo de presentación.

La dirección

https://planpropioinvestigacion.uca.es/tesis-industriales-2022-tercera-convocatoria/

servirá como referencia y punto de información y para la gestión de la presente convocatoria.

Para los solicitantes que tuvieran algún problema relacionado con el Certificado Digital se habilitará el Sistema Centralizado de Claves de la Universidad de Cádiz. Para ello deberán enviar un correo electrónico a la dirección rrhh.investigacion@ uca. es, adjuntando copia de DNI o pasaporte e indicando su interés en participar en la convocatoria.

La solicitud incluirá un campo donde la persona solicitante consignará una dirección de correo electrónico para su uso como medio de comunicación con el interesado ante posibles incidencias.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, que comprenderá desde el día 1 de septiembre de 2023 al 28 de septiembre de 2023, ambos inclusive.

Cada candidato podrá presentar una única solicitud, que habrá de venir referida a un proyecto de investigación entre los relacionados en el Anexo I de la presente convocatoria.

Esta solicitud será debidamente cumplimentada y acompañada de la siguiente documentación acreditativa de los requisitos exigidos (en archivos que deben anexarse en la Sede Electrónica donde se realiza la solicitud):

a) Documentación acreditativa de la pre-admisión, admisión o la matrícula en el programa de Doctorado recogido en el Anexo I para la plaza solicitada.

b) Currículum Vitae, en idioma español o inglés, según el formato recogido en el Anexo III.

c) Certificado académico expedido por la entidad académica, correspondiente a las titulaciones que se posean o a las enseñanzas superadas en la fecha de presentación de la solicitud. En el certificado deberán figurar las calificaciones obtenidas, y las fechas de obtención de las mismas, correspondientes a las materias que constituyen el programa de las titulaciones o enseñanzas que se recojan. Cuando se trate de certificados expedidos por centros extranjeros, se hará constar además cuáles son las calificaciones máximas y mínimas dentro del sistema de evaluación correspondiente, y cuál es la calificación mínima para aprobar. Si la certificación académica está expedida en un idioma distinto al español o inglés, deberá presentarse acompañada de la correspondiente traducción oficial a uno de estos dos idiomas. La nota del expediente académico, en caso de venir expresada con tres o más decimales, se redondeará a dos decimales.

d) Declaración responsable, conforme al Anexo V, de:

No estar en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera, así como que todos los datos aportados en el CV son reales. El solicitante deberá comunicar al órgano instructor las posibles alteraciones de las circunstancias recogidas en dicha declaración. La modificación de las circunstancias recogidas en la declaración dará lugar al incumplimiento de los requisitos de participación por parte del solicitante. Igualmente se incluirá declaración responsable de no haber disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses, según modelo disponible en la web del Servicio de Gestión de la Investigación, del Área de Investigación y Transferencia:

https://planpropioinvestigacion.uca.es/tesis-industriales-2022-tercera-convocatoria/

No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

e) Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de los ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.

Junto con la solicitud se presentará la documentación acreditativa de los méritos a valorar. No se valorarán los méritos no acreditados documentalmente, ni se admitirá la incorporación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. A efectos del proceso de evaluación, solo se tendrá en cuenta la información contenida en el Currículum Vitae y en la certificación académica presentada en la solicitud.

7. Admision de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, una vez realizada la revisión administrativa de las mismas, se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, para cada una de las plazas ofertadas, con indicación en este último caso de la/s causa/s de exclusión, en la página del Área de Investigación y Transferencia:

https://planpropioinvestigacion.uca.es/tesis-industriales-2022-tercera-convocatoria/

Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos se requerirá en dicha publicación al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su petición.

La presentación de los documentos de subsanación se hará adjuntando los documentos a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática.

La lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará en la página web del área de Investigación y Transferencia de la Universidad de Cádiz anteriormente indicada, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha límite del plazo que se haya dado para la subsanación.

8. Evaluación de las solicitudes.

Las solicitudes de los candidatos admitidos definitivamente que hayan solicitado la adscripción a cada proyecto, serán objeto de informe de evaluación científico-técnica, por parte de los investigadores principales UCA de los proyectos de investigación susceptibles de asignación de los contratos, junto con el correspondiente Co-Director o Supervisor por parte de la empresa, de acuerdo con los criterios recogidos en el Anexo I y el baremo de valoración recogido en el Anexo IV de la presente convocatoria.

A efectos del proceso de evaluación, no serán valorados:

- Méritos no relacionados en el impreso de auto baremación aunque se presente en plazo la documentación acreditativa.

- Méritos relacionados en el impreso de auto baremación no acreditados documentalmente en la solicitud.

A la vista de los informes de evaluación científico-técnica emitidos, la Comisión de Investigación elevará propuesta de adjudicación provisional a la Comisión de Selección de Personal Investigador, la cual procederá a emitir acuerdo de adjudicación provisional de los candidatos. En el acuerdo de adjudicación provisional se enumerarán las solicitudes seleccionadas y, en su caso, las de reserva, según lo estipulado a continuación y en atención a las disponibilidades presupuestarias:

a) Será propuesta para contratación, la solicitud que tenga mayor puntuación en cada uno de los proyectos.

b) Se considera que, para superar el proceso selectivo, el candidato tendrá que superar el 35% de la puntuación máxima.

c) Se presentará una relación de solicitudes de reserva para sustituir al solicitante propuesto, en caso de renuncia por parte de éste, para el contrato asociado a cada proyecto de investigación, ordenados de acuerdo a la puntuación obtenida por parte de aquellos solicitantes que no hayan sido propuestos para contratación.

d) En el supuesto de solicitudes que obtengan igual puntuación, el empate se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en su expediente académico. Si persistiera el empate, éste se dirimirá a favor del candidato que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de actividad investigadora.

e) En el acuerdo de adjudicación provisional se recogerá también los solicitantes admitidos que no hubieran superado el 35% de la puntuación máxima y que por dicha razón no podrán ser propuestos para reserva.

El acuerdo de adjudicación provisional se publicará en la página web del Área de Investigación y Transferencia:

https://planpropioinvestigacion.uca.es/tesis-industriales-2022-tercera-convocatoria/

Contra dicho acuerdo se podrá presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo indicada en el párrafo anterior.

En este mismo plazo, los aspirantes seleccionados provisionalmente deberán comunicar su aceptación o renuncia, a falta de comunicación se considerará que desisten de su solicitud.

En el caso de las plazas para las que no se presenten alegaciones en el plazo establecido anteriormente, el acuerdo de adjudicación provisional devendrá en definitivo.

Finalizado, en su caso, el período de alegaciones descrito, la Comisión de Selección de Personal Investigador emitirá acuerdo de adjudicación definitivo, en el que se expresará:

a) La solicitud que tenga mayor puntuación en cada uno de los proyectos que será propuesta para contratación.

b) La relación del personal candidato que al haber superado el 35% de la puntuación máxima pasará a conformar la correspondiente lista de reserva a fin de cubrir las posibles renuncias que puedan producirse.

c) La relación del personal candidato no seleccionado, al no haber superado el 35% de la puntuación máxima.

Tras la publicación del acuerdo de adjudicación definitivo los candidatos propuestos para contratación deberán comunicar su aceptación o renuncia en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo.

Contra el acuerdo de adjudicación definitivo, se podrá interponer, recurso de alzada ante el Rector, de conformidad con el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La interposición del recurso de alzada se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304

En caso de que el interesado no disponga de los medios electrónicos necesarios para su identificación o firma electrónica podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Universidad de Cádiz o presentar la solicitud en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. Renuncias e incorporación de reservas.

Tanto, el incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de los candidatos seleccionados como las renuncias que puedan producirse de los mismos durante el primer año de vigencia de los contratos podrán dar lugar a la incorporación de candidatos de reserva.

La incorporación de candidatos de reserva deberá realizarse de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) Se comunicará la incorporación al candidato de reserva situado en primer lugar para la adjudicación del contrato en cuestión.

b) Si la vacante no puede ser cubierta por el primer reserva, se comunicará la incorporación al siguiente o siguientes reservas en la adjudicación, caso de que existan, respetando el orden de prelación de los mismos.

c) Si la vacante no pudiera ser cubierta por un candidato de reserva del proyecto concreto de que se trate, se podrá plantear, por acuerdo entre las partes, y con el visto bueno de la Comisión de Investigación, una nueva convocatoria de la plaza.

10. Derechos y obligaciones de los beneficiarios.

10.1. Derechos.

a) Considerarse como contratos de Personal Investigador en Formación, homologados con el resto de contratos UCA de Formación Predoctoral según la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su artículo 21.

b) Incorporarse al Departamento, y al Grupo de Investigación del doctor que dirige su investigación, siempre que el responsable del Grupo realice el pertinente registro en la aplicación SICA.

c) El personal investigador predoctoral en formación podrá colaborar en tareas docentes sin que suponga una merma de la carga docente del departamento que asigne la colaboración hasta un máximo de 120 horas durante la extensión total del contrato predoctoral, y sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales.

d) Participar en los programas de ayudas de la UCA para el apoyo a su personal docente e investigador y a los estudiantes de doctorado.

e) Tener acceso a las instalaciones científicas de la UCA y a las dependencias e instalaciones de la empresa en los términos previstos en el convenio de colaboración y en el Plan de Trabajo.

f) Los demás derechos de participación y representación establecidos en la normativa vigente para el Personal Docente e Investigador en Formación, y para el conjunto de empleados de la Universidad de Cádiz, mientras se mantenga la vinculación contractual con la UCA.

10.2. Obligaciones.

a)Incorporarse a su Centro de adscripción en un plazo que no podrá ser superior a un mes o excepcionalmente, hasta seis meses de haber acuerdo entre las partes, siempre que así lo apruebe el Vicerrectorado con competencias en Investigación y Transferencia.

b) Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación y de realización de la Tesis, conforme al Plan de Trabajo y según los requisitos establecidos en el Programa de Doctorado en que se encuadre.

c) Ajustarse a las normas de funcionamiento de la UCA y de la Empresa, en cuanto a dedicación, funciones a desempeñar, horarios y vacaciones.

d) Realizar su labor, tanto en la UCA como en la Empresa, conforme a las normas de Seguridad y Salud Laboral establecidas por la legislación y por la normativa propia de cada centro de trabajo en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

e) Cumplimentar y entregar los informes, documentos y formularios que le sean demandados por la Unidad de Gestión de Investigación, del Área de investigación y transferencia atendiendo a los objetivos fijados en el Anexo II.

f) Comunicar a sus Directores cualquier incidencia que considere que pueda afectar al buen desarrollo del proyecto.

g) Reflejar en cualquier publicación relacionada con el proyecto que se ha realizado en forma de colaboración y con el apoyo económico de la Universidad de Cádiz y de la Empresa.

h) El investigador que en cumplimiento de sus funciones tenga acceso a documentación o cualquier otro material sometido a propiedad industrial o intelectual de la Empresa estará obligado al deber de sigilo y, en su caso, de confidencialidad, en iguales términos que los trabajadores de la entidad. Adicionalmente la entidad podrá solicitar la firma por la persona seleccionada de un compromiso de confidencialidad antes de la firma del contrato.

i) El contrato será incompatible con cualquier otro contrato laboral por parte del investigador contratado y con la percepción de cualquier cuantía salarial. No obstante, será compatible con la percepción de complementos no salariales provenientes de proyectos y contratos de I+D, y otros complementos que no impliquen vinculación contractual, así como ayudas complementarias para fomentar la movilidad de investigadores, siempre que estas ayudas no impliquen la formalización de un contrato laboral, u otras ayudas destinadas a la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas. En todo caso, las actividades de las que se deriven los complementos o ayudas anteriores no deben menoscabar o interrumpir la finalidad del contrato.

j) Las que se establecen en el convenio de colaboración entre la UCA y la Empresa para el desarrollo del Proyecto.

k) La aceptación del contrato por parte del beneficiario implica la aceptación de las normas fijadas en la convocatoria.

11. Seguimiento de las ayudas.

El seguimiento de las ayudas concedidas corresponderá al Vicerrectorado con competencias en materia de Investigación y Transferencia, con el apoyo técnico de la Unidad de Gestión de la Investigación, del Área de Investigación y Transferencia.

El seguimiento del convenio específico para la realización de las tesis Doctorales en la modalidad Doctorado Industrial corresponderá a la Comisión de Seguimiento definida en el mismo.

El Personal Investigador en Formación contratado deberá elaborar informes de seguimiento científico-técnico a la finalización de cada anualidad, que harán referencia a los avances del trabajo y al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Anexo II. Para ello, la Unidad de Gestión de Investigación, del Área de Investigación y Transferencia pondrá a disposición los modelos de informe en la página:

https://planpropioinvestigacion.uca.es/tesis-industriales-2022-tercera-convocatoria/

Adicionalmente, junto a los informes de seguimiento, se adjuntará el Currículum Vitae actualizado del investigador en formación.

La Universidad de Cádiz podrá establecer, motivadamente, la necesidad de presentación de informes de seguimiento adicionales a los indicados.

12. Causas de extinción del contrato.

Serán causas de extinción del contrato las que se citan a continuación:

- El vencimiento del contrato predoctoral.

- La salida del beneficiario del Programa de Doctorado.

- La obtención del título de Doctor por parte del beneficiario.

- La renuncia expresa al contrato.

- La revocación por causa de incumplimiento de los objetivos, cuando así así lo acuerde la Comisión de Seguimiento del convenio o la Comisión de Investigación.

13. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución indicada, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La interposición del recurso de reposición se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304

En caso de que el interesado no disponga de los medios electrónicos necesarios para su identificación o firma electrónica podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Universidad de Cádiz o presentar la solicitud en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 25 de julio de 2023.- El Rector en funciones, por delegación de competencias (Resolución UCA/R65REC/2022, de 6 de abril), la Vicerrectora de Política Científica y Tecnológica en funciones, María Jesús Mosquera Díaz.

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