Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 03/08/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 31 de julio de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Docente e Investigador para el año 2023.

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La Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Ganada se realiza de acuerdo a la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. El artículo 20.Dos.1 de la mencionada ley establece que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se sujetará a una tasa de reposición de efectivos de 120 por ciento en los sectores prioritarios y de 120 por ciento en todos los sectores

Por otra parte, el artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022 establece que se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición las plazas de los cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad y de Profesores Contratados Doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.

Asimismo, el artículo 20.Dos.1 establece que, en los sectores no considerados prioritarios, como son los profesores colaboradores y los profesores de educación física a extinguir, la tasa de reposición será del 110 por cien.

Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo establecido en el artículo 20.Tres.7 y sobre la base de altas y bajas producidas en el ejercicio de 2022, la tasa de reposición para el Personal Docente e Investigador para la Universidad de Granada para el año 2023 será hasta un máximo de 313 plazas. De este total de plazas la Universidad de Granada está obligada a destinar un total de 47 plazas para la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre en ese mismo año para el acceso a los cuerpos docentes. Según el artículo 20.Tres.4 de la  Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

Por todo ello y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 1.b.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; en el artículo 13.1 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, así como en los Estatutos de la Universidad de Granada, y tras su negociación con los representantes de los trabajadores, este rectorado

resuelve

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada para el año 2023, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2023, y que se acompaña como anexo.

En cumplimiento del artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como al artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con discapacidad en Andalucía, del total de las 203 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de PDI, se reserva un mínimo del 10% para para ser cubiertas entre personas con discapacidad, esto es, 21 plazas. De estas plazas, se reserva un 2% para el cupo de personas con discapacidad intelectual, 5 plazas, y un 1% para el cupo de personas con enfermedad mental, 3 plazas.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes.

Tercero. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Granada, 31 de julio de 2023.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.

ANEXO

I. Personal docente e investigador funcionario.

Subgrupo Cuerpo Docente Núm. de plazas
A1 Catedrático de Universidad 15 (*)
A1 Catedrático de Universidad (plazas reservadas para el cupo 
de personas con discapacidad intelectual) 5 (*)
A1 Catedrático de Universidad (plazas reservadas para el cupo 
de personas con enfermedad mental) 3 (*)

(*) Para permitir la promoción del personal docente e investigador de la Universidad de Granada, acreditado a Catedrático/a de Universidad, de acuerdo con los «Criterios para determinar las plazas convocadas en los concursos de acceso al cuerpo de Catedráticos/as de Universidad de profesorado acreditado de la Universidad de Granada», aprobado en la reunión del Consejo de Gobierno del 30 de octubre de 2015.

Subgrupo Cuerpo Docente Núm. de plazas
A1 Profesor Titular de Universidad 58 (*)
A1 Profesor Titular de Universidad
(plazas para incorporar a personal que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3)
5 (**)
A1 Profesor Titular de Universidad
(vinculada al Sistema Sanitario Público de Andalucía)
2

(*) Para permitir la promoción del personal docente e investigador de la Universidad de Granada acreditado a Profesor/a Titular de Universidad, de acuerdo con los “Criterios para determinar las plazas convocadas en los concursos de acceso al cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad de profesorado acreditado de la Universidad de Granada” aprobados en Consejo de Gobierno del 10 de marzo de 2016.

(**) Destinado a la incorporación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el Certificado I3.

II. Personal docente e investigador contratado con vinculación permanente.

Categoría Núm. de plazas
Profesor Permanente Laboral (equivalente a Profesor Contratado Doctor) 84
Profesor Permanente Laboral (equivalente a Profesor Contratado Doctor)
(plazas para incorporar a personal que haya finalizado el Programa 
Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3)
9 (*)
Profesor Permanente Laboral (equivalente a Profesor Contratado Doctor)
(plazas para incorporar a personal que haya finalizado el Programa Ramón 
y Cajal y haya obtenido el certificado I3) (plazas reservadas para el cupo 
de personas con discapacidad)
13 (*)
Profesor Contratado Doctor
(vinculadas al Sistema Sanitario Público de Andalucía)
9

(*) Destinado a la incorporación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el Certificado I3.

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