Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 04/08/2023

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo, por la que se nombra al Coordinador de la Estrategia de Salud de Andalucía 2030.

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La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, establece en el artículo 30 que las líneas directivas y de planificación de actividades, programas y recursos necesarios para alcanzar la finalidad expresada en el objeto de dicha ley constituirán el Plan Andaluz de Salud, que será el marco de referencia y el instrumento indicativo para todas las actuaciones en materia de salud en el ámbito de Andalucía.

Asimismo, el artículo 31 de la mencionada Ley 2/1998, de 15 de junio, dispone que la elaboración del Plan Andaluz de Salud corresponde a la Consejería de Salud, que establecerá sus contenidos principales, metodología y plazo de su elaboración, así como los mecanismos de evaluación y revisión, y que contemplará las conclusiones del análisis de los problemas de salud de la Comunidad Autónoma y de la situación de los recursos existentes; los objetivos de salud, generales y por áreas de actuación; las prioridades de intervención; la definición de las estrategias y políticas de intervención; el calendario general de actuación y los recursos necesarios para atender el cumplimiento de los objetivos propuestos y evaluación de los mismos. Por último, en el artículo 32 se precisa que el Plan Andaluz de Salud será aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Salud, remitiéndose al Parlamento de Andalucía para su conocimiento y estudio.

Con anterioridad y en lo referente al Plan Andaluz de Salud, se han aprobado los siguientes Planes:

a) I Plan Andaluz de Salud, cuya vigencia fue de 1994 a 1998.

b) II Plan Andaluz de Salud, cuya vigencia fue de 1999 a 2002.

c) III Plan Andaluz de Salud, cuya vigencia fue de 2003 a 2008.

d) IV Plan Andaluz de Salud, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de octubre de 2013, para el periodo 2013-2020.

El Acuerdo de 16 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno (BOJA núm. 94, de 19 de mayo de 2023), se aprueba la formulación de la Estrategia de Salud de Andalucía 2030 (ESA 2030).

Esta estrategia viene a dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Salud, reflejando más nítidamente que el instrumento de planificación se realiza a nivel político para la definición del marco de referencia del sistema sanitario y el establecimiento de objetivos generales que deben cumplirse en el mismo a medio y largo plazo. Además, el marco temporal establecido está relacionado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, que serán evaluados en 2030.

El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, en los párrafos f) y h) del artículo 6, atribuye a la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo el diseño, seguimiento y evaluación del Plan Andaluz de Salud, así como el diseño, seguimiento y evaluación de las Estrategias, planes integrales y sectoriales, respectivamente.

Dada la necesidad de desarrollar la Estrategia de Salud de Andalucía 2030, se estima conveniente nombrar a la persona que coordine su elaboración e implementación, agrupe todos los proyectos e impulse su desarrollo.

Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 6 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,

DISPONGO

Primero. Cesar a don Andrés Rabadán Asensio como Director del IV Plan Andaluz de Salud, al haber terminado su periodo de vigencia.

Segundo. Nombrar a don Víctor Reyes Alcázar, como Coordinador de la Estrategia de Salud de Andalucía 2030.

Tercero. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la coordinación de la Estrategia de Salud de Andalucía 2030 conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Cuarto. Las indemnizaciones que procedan a favor del Coordinador de la Estrategia de Salud de Andalucía 2030 por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 27 de julio de 2023.- El Secretario General, Francisco Javier Vázquez Granado.

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