Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 11/08/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 3 de agosto de 2023, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista Orden de 11 de enero de 2022, por la que se convocan para 2022 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 6.1).

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La Orden de 11 de enero de 2022, por la que se convocan para 2022 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 6.1), establece el siguiente importe disponible para la convocatoria de ayudas 2022 en las siguientes partidas presupuestarias:

2022: 1300110000 G/71B/77700/00 C12B0611NG 2021001276. Importe: 30.000.000 euros.

2023: 1300110000 G/71B/77700/00 C12B0611NG 2021001276. Importe: 35.000.000 euros.

2024: 1300110000 G/71B/77700/00 C12B0611NG 2021001276. Importe: 14.886.014 euros.

No obstante lo anterior, en el punto cuarto del resuelvo sexto de la Orden de convocatoria de 11 de enero de 2022, en base al artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se prevé la posibilidad de que un aumento sobrevenido en el crédito disponible posibilite una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Recientemente se ha tramitado una modificación en el cuadro financiero del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, en la cual se incrementa el importe destinado a la Submedida 6.1 financiando con cargo al fondo FEADER Next Generation, lo cual permitirá aumentar el grado de ejecución de esta Submedida 6.1 en el actual periodo de programación. A raíz de esta propuesta, existe crédito disponible en la partida presupuestaria asociada a la convocatoria 2022, con lo cual se considera oportuno proceder al aumento del importe convocado y así atender un mayor número de solicitudes que cumplen los requisitos establecidos en la orden de convocatoria.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 11 de enero de 2022, y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad y en los mismos medios utilizados para la convocatoria, al incremento de crédito disponible para las subvenciones dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Submedida 6.1), por una cuantía adicional de diez millones novecientos veintisiete mil ochocientos veintisiete euros (10.927.827 euros), con cargo a las partidas presupuestarias que se detallan a continuación:

2023: 1400110000 G/71B/77700/00 C12B0611NG 2021001276. Importe 7.000.000 euros.

2024: 1400110000 G/71B/77700/00 C12B0611NG 2021001276. Importe 3.927.827 euros.

El importe total resultante tras esta ampliación presupuestaria resulta 90.813.841,00 euros, con la siguiente distribución entre convocatorias:

• Convocatoria general: 74.927.827,00 euros.

• Convocatoria específica mujeres: 15.886.014,00 euros.

Segundo. La publicación del crédito destinado a la convocatoria abierta que se hace mediante esta orden no implica la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes de la convocatoria abierta, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.

Tercero. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes y la aprobación definitiva, por la Comisión Europea, de la versión 13 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

Cuarto. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todas aquellas solicitudes correspondientes a la convocatoria 2022.

Sevilla, 3 de agosto de 2023

CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
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