Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 14/08/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Corrección de errores del Extracto de la Orden de 7 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la línea de inversión C22.I1 «Plan de apoyos y cuidados de larga duración: Desinstitucionalización, equipamientos y tecnología», destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (BOJA núm. 137, de 19.7.2023).

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De acuerdo a la capacidad de las Administraciones Públicas de rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, como indica el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advertido error en el Extracto de la Orden de 7 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la línea de inversión C22.I1 «Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología», destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalizacion, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea– Next GenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2023, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el apartado séptimo, relativo al plazo de presentación de solicitudes:

Donde dice:

«El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.»

Debe decir:

«El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.»

En el Anexo I

Donde dice:

Línea: Subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
PERSONAS BENEFICIARIAS a) Ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes y sus Agencias Administrativas Locales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Excepcionalmente podrán concurrir aquellos ayuntamientos de municipios que, habiendo contado con más de 20.000 habitantes, por razones demográficas hayan perdido este umbral poblacional, cuenten con infraestructuras y equipamientos exigibles a los municipios de más de 20.000 habitantes en materia de servicios sociales.
b) Diputaciones Provinciales y sus agencias administrativas locales cuyos proyectos se desarrollen en municipios con una población total superior a 20.000 habitantes del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) onsorcios, Mancomunidades de municipios y cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa de carácter local que dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, prevista en el apartado c) del artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que integren estas entidades de cooperación territorial.
OBJETO La adquisición de inmuebles y la realización de obras de construcción y reforma, así como el equipamiento por parte de las entidades locales de nuevos recursos públicos para atención residencial a personas sin hogar de carácter comunitario y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
IMPORTE El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, estableciéndose una cuantía máxima 1.500.000 euros y mínima de 100.000 euros, en los términos previstos en el apartado 5.a) del cuadro resumen de la presente línea.

Debe decir:

Línea: Subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
PERSONAS BENEFICIARIAS Ámbito de Competitividad: A) Personas sin hogar en zonas urbanas
a) Ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes y sus Agencias Administrativas Locales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Excepcionalmente podrán concurrir aquellos ayuntamientos de municipios que, habiendo contado con más de 20.000 habitantes, por razones demográficas hayan perdido este umbral poblacional, cuenten con infraestructuras y equipamientos exigibles a los municipios de más de 20.000 habitantes en materia de servicios sociales.
b) Diputaciones Provinciales y sus agencias administrativas locales cuyos proyectos se desarrollen en municipios con una población total superior a 20.000 habitantes del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) Consorcios, Mancomunidades de municipios y cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa de carácter local que dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, prevista en el apartado c) del artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que integren estas entidades de cooperación territorial.
Ámbito de competitividad B) Personas inmigrantes sin hogar en municipios con actividad agrícola
a) Ayuntamientos o sus Agencias Administrativas Locales de la Comunidad Autónoma andaluza con actividad agrícola en cuyo ámbito territorial existan asentamientos informales o infraviviendas en los que residan personas migrantes.
b) Diputaciones Provinciales o sus agencias administrativas locales cuyos proyectos impulsen la erradicación de asentamientos en uno o varios ayuntamientos.
c) Consorcios, Mancomunidades de municipios y cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa de carácter local que dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, prevista en el apartado c) del artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que integren estas entidades de cooperación territorial.
OBJETO La adquisición de inmuebles y la realización de obras de construcción y reforma, así como el equipamiento por parte de las entidades locales de nuevos recursos públicos para atención residencial a personas sin hogar de carácter comunitario y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
IMPORTE El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, estableciéndose una cuantía máxima 1.500.000 euros y mínima de 100.000 euros, en los términos previstos en el apartado 5.a) del cuadro resumen de la presente línea.
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