Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 19 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de La Algaba, de aprobación definitiva del deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada». (PP. 3883/2022).

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Don Diego Manuel Agüera Piñero, Alcalde-Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de La Algaba,

Hace saber: Que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2022, se acordó la aprobación definitiva del deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada», tramo primero, el cual se transcribe a continuación:

«Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2018, se acordó iniciar expediente de deslinde de la vía pecuaria “Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada”, tramo primero, que discurre desde el límite del casco urbano hasta la Hacienda La Quinta, en función de la descripción y a las coordenadas que se detallan en el expediente de su razón. Tras la tramitación del correspondiente expediente administrativo, en sesión ordinaria celebrada con fecha 27 de septiembre de 2019, se aprobó definitivamente el deslinde de la referida vía pecuaria. No obstante, tras dicha aprobación definitiva y considerando lo dispuesto en el art. 21.1, Reglamento Vías Pecuarias en concordancia con el art. 25.1, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, resultando que a la fecha de la resolución aprobatoria del deslinde, 27 de septiembre de 2019, había transcurrido el plazo de dieciocho meses contenido en dicha normativa por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de fecha 31 de marzo de 2022, se acordó declarar la caducidad del referido procedimiento de deslinde.

Igualmente, el Pleno, en sesión ordinaria de fecha 31 de marzo de 2022, acordó iniciar el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria “Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada”, tramo primero, que discurre desde el límite del casco urbano hasta la Hacienda La Quinta.

Considerando:

- Que la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, incluye, en su artículo 9, apartado 9, al enumerar las competencias propias de los municipios la de deslinde, ampliación, señalización, mantenimiento, regulación de uso, vigilancia, disciplina y recuperación que garantice el uso o servicio público de los caminos, vías pecuarias o vías verdes que discurran por el suelo urbanizable del término municipal, conforme a la normativa que le sea de aplicación.

- Que la vía pecuaria “Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada” transcurre por suelo clasificado como urbanizable en el PGOU de La Algaba, y visto lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Decreto 155/98, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía.

- Que en virtud del acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de La Algaba, aprobado por mayoría en sesión plenaria de fecha 31 de marzo de 2022, se acordó el inicio de procedimiento administrativo de deslinde de la vía pecuaria “Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada”, tramo primero, que discurre desde el límite del casco urbano hasta la Hacienda La Quinta.

- Que los trabajos materiales de deslinde, previamente anunciados mediante avisos y comunicaciones reglamentarias, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 90, de fecha 21 de abril de 2022, tuvieron lugar el día 24 de mayo de 2022, martes, a las 10:00 horas, en el “cruce de la carretera comarcal 431 con la Colada del Camino de la Dehesa o de la Rinconada”, lugar designado en el anuncio.

- Que redactada el acta de deslinde, se sometió a exposición pública, quedando expuesta en el Portal de Transparencia, el anuncio insertado en el tablón de anuncios y en la Sede Electrónica, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 129, de 7 de junio de 2022.

Visto que no se han presentado por registro ningún tipo de alegaciones, y en cuanto a las incidencias reflejadas en al acta de deslinde, no se da ninguna información que pueda rebatir la extensa documentación existente a nivel planimétrico en todos los procedimientos de deslinde iniciados con anterioridad y que casi llegaron a término, tanto por la Junta de Andalucía como por el Ayuntamiento de La Algaba, y mucho menos la propuesta de deslinde incluida en la memoria técnica previamente redactada por este Ayuntamiento y que ha servido de base para realizar in situ el correspondiente replanteo de dicho deslinde.

Visto que, además que no se ha producido variación alguna en los puntos o coordenadas reflejados en los anteriores deslindes iniciados, y por tanto no se ha presentado ninguna alegación fundamentada o reclamación que pueda poner en duda la exactitud y correspondencia de los puntos reflejados en este proyecto y el acto de deslinde realizado. Por todo ello, y mediante el correspondiente apartado incluido en el proyecto, se dan por contestadas las incidencias reflejadas en el acta de deslinde, y dado que no se han presentado alegaciones ni documentación alguna en el periodo de alegaciones correspondiente, se considera como definitivo el deslinde propuesto, y el mismo se refleja de forma definitiva en el proyecto.

En consecuencia con lo anterior y con el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, el Pleno con la asistencia de dieciséis de los diecisiete miembros que de derecho integran la Corporación, es aprobada por unanimidad de los presentes que supone la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación con el voto a favor de los Sres. Concejales integrantes de los Grupos PSOE (12), Grupo IULV-CA (2), Grupo Podemos (1) y Grupo PP (1), adopta acuerdo en los siguientes términos:

Primero. Aprobar el deslinde de la vía pecuaria “Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada”, tramo primero, que discurre desde el límite del casco urbano hasta la Hacienda La Quinta, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Provincia: Sevilla.

Municipio: La Algaba.

Vía pecuaria: Colada del Camino de la Dehesa o de La Rinconada.

Tramo: Primero.

Actualmente, el tramo de vía pecuaria a deslindar comienza en el límite del casco urbano, con dirección Noreste tomando como referencia el Camino de la Dehesa, con dirección Noreste cruza la carretera A-431, después discurre 160 m cogiendo por la izquierda terrenos de ONILUAP Grupo Inmobiliario, S.L., continuando por terrenos de cultivos de cítricos por ambas márgenes, a continuación deja por la derecha propiedad perteneciente don J. Antonio Molina Geniz y doña Magdalena Carranza Pérez, respectivamente, más adelante tomando en su interior el camino de referencia siguiendo trayectoria rectilínea avanza 250 m. Situándose por la izquierda la portada de acceso a la hacienda “Santa Lucía”. Continua con la misma situación dejando ahora terrenos de cultivo por la derecha y cítricos por la izquierda. A los 130 metros de la entrada de la Huerta Santa Lucía existen plantaciones de cítricos a ambos lados. A continuación la vía pecuaria que venía con una anchura de 17,55 metros se va ensanchando hasta los 33,44 metros dejando por la derecha la Hacienda de la Quinta y terminando el deslinde de este tramo . En este punto finaliza el recorrido de esta vía pecuaria en el término de La Algaba.

Coordenadas detalladas:

RELACIÓN DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VÍA PECUARIA

(Referidas al Huso 30)

Punto X Y Punto X Y
1001 234179,97 4151047,04 2001 234173,26 4151063,39
1002 234219,93 4151069,18 2002 234211,43 4151084,53
1003 234258,01 4151090,30 2003 234249,60 4151105,67
1004 234334,21 4151127,94 2004 234327,46 4151144,18
1005 234335,28 4151145,37 2005 234380,28 4151162,21
1006 234482,50 4151171,82 2006 234477,12 4151188,55
1007 234579,73 4151198,27 2007 234573,96 4151214,90
1008 234618,66 4151214,86 2008 234612,06 4151231,13
1009 234658,61 4151231,97 2009 234649,85 4151247,53
1010 234713,09 4151264,29 2010 234702,92 4151278,61
1011 234740,19 4151284,70 2011 234732,16 4151300,62
1012 234829,15 4151342,36 2012 234809,24 4151369,23

Segundo. Dar traslado del presente acuerdo a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, así como a los propietarios afectados.

Tercero. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia.»

En relación con el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponerse, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 29/1998, de 13 de julio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.

Lo que se hace público para general conocimiento, pudiendo consultarse el proyecto de deslinde aprobado en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de La Algaba

www.laalgaba.es

en el apartado «Transparencia en materias de urbanismo, obras públicas y medioambiente» (E).

La Algaba, 19 de diciembre de 2022.- El Alcalde-Presidente, Diego M. Agüera Piñero.

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