Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 165 de 29/08/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Resolución de 21 de agosto de 2023, del Ayuntamiento de Cáñar, sobre Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal, personal funcionario. (PP. 2641/2023).

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Por Resolución de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Cáñar núm. 2022-040, de fecha 24.5.2022, por la que se aprueban las bases y la convocatoria de la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público), publicada mediante anuncio en BOP Granada núm. 155, de 17.8.2023, para cubrir en propiedad la plaza de:

PERSONAL FUNCIONARIO

GRUPO Y SUBGRUPO
DE CLASIFICACIÓN
DENOMNACIÓN N.º DE PLAZAS ESCALA SUBESCALA NATURALEZA
C/C1 DINAMIZADOR/A GUADALINFO 1 ADMINISTRACIÓN ESPECIAL Plaza Cometidos Específicos Estatutaria

Así pues, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial del Estado.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, se producirán de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras del presente proceso.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Cáñar, 21 de agosto de 2023.- El Alcalde, Manuel Álvarez Guerrero.

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