Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 26/01/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 20 de enero de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se establece el calendario de publicación de las convocatorias de contratos para la realización de actividades científico-técnicas para Personal Investigador y Técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación durante 2023, vinculados a líneas de investigación, al amparo del artículo 23 bis de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el modelo de las convocatorias previstas.

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La Universidad de Sevilla establece las convocatorias públicas de contratos para la realización de actividades científico-técnicas para personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación vinculados a líneas de investigación durante el año 2023, con el calendario de presentación de solicitantes que figura en el apartado 14 de esta resolución, y con arreglo a las siguientes estipulaciones

CONVOCATORIA DE CONTRATO DE ACTIVIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS

1. Regulación aplicable.

La presente convocatoria se regirá por sus normas propias y en todo aquello que le resulte de la aplicación por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU); el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET); el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medias urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo; el Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades y la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, y las restantes normas que le resulten de aplicación.

En los anexos de la convocatoria de cada contrato constarán los requisitos específicos de admisión que guardarán relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar.

2. Forma de acceso.

De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 EBEP, la forma de acceso será el concurso de valoración de méritos, que tomará en consideración como méritos los recogidos en la Base 8.

3. Requisitos.

3.1. Para concurrir a la convocatoria los candidatos deberán reunir con carácter general los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el EBEP:

1. Ser español, nacional o de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o estar en las situaciones contempladas en el artículo 57 del EBEP.

2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

5. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

3.2. Los aspirantes deberán cumplir además los requisitos que se especifiquen en los anexos correspondientes.

No podrá formalizarse la contratación de personal investigador y técnico extranjero no comunitario, mientras no obtenga el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y sus disposiciones reglamentarias de aplicación.

Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los anexos de cada convocatoria. En el caso de solicitantes con títulos extranjeros no homologados y a efectos de su admisión en el proceso selectivo, deberán aportar traducción oficial al español o inglés de dichos documentos, así solicitud de homologación o declaración de equivalencia oficial conforme a lo indicado en la base 7, apartado 4.

4. Régimen jurídico de los contratos.

4.1. Los contratos suscritos en ejecución de esta convocatoria serán contratos indefinidos de actividades científico-técnicas previstos en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuyo objeto será la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación, que se definen como un conjunto de conocimientos, inquietudes, productos y proyectos, construidos de manera sistemática alrededor de un eje temático en el que confluyan actividades realizadas por uno o más grupos de investigación y requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+I. Estas líneas figurarán en el Anexo I para cada uno de los contratos ofertados.

4.2. Estos contratos se financian con cargo a programas, proyectos o ayudas de investigación vinculados a éstas, que se incluyen en el Anexo I para cada uno de los contratos o que se incorporarán a ellos como adenda durante la vigencia del contrato cuando se obtengan nuevas partidas destinadas a estas líneas de investigación, que podrán tener el mismo u otro investigador responsable de proyecto que forme parte de la línea de investigación.

4.3. Se indica también en el Anexo I, la fecha estimada de inicio del contrato.

4.4. La duración inicial prevista del contrato ofertado será como mínimo de tres meses.

4.5. Las causas de extinción de los contratos de trabajo a que dé lugar la presente convocatoria son las previstas en el artículo 49 del ET y sus normas de desarrollo y concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en la Sección 4.ª del Capítulo III del Título I del ET.

En los contratos de trabajo que se deriven de la presente convocatoria se consignará como causa de extinción la insuficiencia de financiación de la línea de investigación a la que se vincula. Si se produjera esta causa del trabajador tendrá derecho a recibir la indemnización que legalmente proceda.

4.6. Será de aplicación la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, al disfrute de un contrato al amparo de esta Convocatoria, simultáneamente, con cualquier beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada, por lo que, en caso de ser incompatible, estará sometida a las obligaciones de reintegro oportunas.

4.7. La firma de estos contratos no implica, en ningún caso, la incorporación a la plantilla estructural de la Universidad de Sevilla.

5. Retribución de los contratos.

5.1. La retribución mensual bruta de los contratos se fijará de acuerdo con la tabla de costes totales para la institución incluida en el Anexo III, salvo que en las convocatorias de los proyectos, ayudas o programas que financien las líneas de investigación se establezca una retribución diferente.

Dicha tabla será actualizada conforme a los incrementos retributivos y de cotización aprobados por la normativa laboral vigente, así como al abono de los complementos retributivos legalmente previsto.

5.2. El contrato implica además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

5.3. Antes de la formalización del contrato y con respeto de la legalidad, se habrá reservado en la orgánica de los proyectos que financien la línea de investigación vinculada a estos contratos la cantidad necesaria para satisfacer el coste total del contrato, incluida la indemnización por extinción que legalmente proceda.

5.4. La formalización de los contratos estará condicionada a la aprobación de la reserva de crédito asociada a cada uno de los contratos ofertados.

6. Efectos de los contratos.

Los contratos surtirán efectos desde la fecha en que se formalicen, a través de la firma de la persona contratada y del Rector de la Universidad de Sevilla, hasta la finalización del último de los proyectos, ayudas o programas que financien la línea de investigación.

En el caso de trabajadores extracomunitarios, para la formalización del contrato será necesaria la presentación del permiso de trabajo. Los efectos del contrato serán, en todo caso, a partir de la fecha de inicio del permiso de trabajo.

7. Solicitudes.

7.1. Cada convocatoria se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) conforme al calendario indicado en el apartado 14 de esta resolución, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y 11.1 del Reglamento de creación y regulación de la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla, surte los efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla, sin perjuicio de que los sucesivos actos del procedimiento de adjudicación de las ayudas convocadas que deban ser notificados al personal solicitante se publiquen en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Sevilla

(http://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal#conv_proyectos).

Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, las fechas de publicación de los distintos actos y resoluciones en dicha dirección web, serán las que determinen el inicio del cómputo de plazos.

7.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días conforme al calendario indicado en el apartado 14 de esta resolución.

7.3. Las solicitudes se presentarán a través del gestor de solicitudes (disponible en la dirección url https://investigacion.us.es/convocatorias/ver/1600) conforme al formulario de solicitud normalizado descrito en el Anexo II (disponible en la misma dirección url). Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor de solicitudes, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados indicada en el apartado 7.4 de la presente base (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4 MB).

Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de presentación de la solicitud; a continuación, el solicitante deberá firmar y presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través el Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se tendrán por adjuntados a la solicitud los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI o equivalente para la ciudadanía de la Unión Europea, o tarjeta de residente en caso de naturales de otros países.

b) Títulos obtenidos o resguardo de haberlos solicitado. En el caso de titulaciones extranjeras, estas deberán estar homologadas (grado o máster), contar con la declaración de equivalencia oficial (doctorado), o se deberá acreditar el reconocimiento del título para acceder a estudios oficiales de posgrado (máster o doctorado) expedido por Resolución Rectoral de la Universidad de Sevilla o documento oficial equivalente expedido por otra universidad española. En el momento de la solicitud del contrato será suficiente con presentar la solicitud de homologación o de declaración de equivalencia oficial ante una universidad española, o el documento/resguardo acreditativo de haber iniciado el procedimiento de acceso a los estudios oficiales de posgrado (máster o doctorado) mediante la correspondiente acreditación del reconocimiento del título extranjero que permita el acceso al mismo. En el momento de la firma del contrato será condición necesaria disponer de dicha homologación, declaración de equivalencia oficial, o Resolución Rectoral de la Universidad de Sevilla o documento oficial equivalente expedido por otra universidad española que acredite el acceso a los estudios oficiales de posgrado.

c) Certificación académica, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en cada una de ellas.

d) Currículum vitae.

e) Acreditación documental del cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en el Anexo I de la convocatoria (Formación y experiencia).

f) Acreditación documental de los méritos alegados en el CV.

7.4. Revisadas las solicitudes presentadas, se publicará la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Sevilla: (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal). Aquellos solicitantes que no reúnan los requisitos o documentos exigidos dispondrán de un plazo de cinco días a partir del día siguiente a la publicación de las listas provisionales para presentar reclamación, o bien para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución. En este plazo en ningún caso se podrán reformular las solicitudes presentadas.

Las subsanaciones se realizarán a través del gestor de solicitudes (disponible en la dirección url https://investigacion.us.es/convocatorias/ver/1600), adjuntando en formato pdf los documentos requeridos (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4 MB).

Una vez grabada la subsanación en el gestor y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de resumen de la subsanación; a continuación, el solicitante deberá firmar y presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se tendrán por adjuntados a la subsanación los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.

7.5. Transcurrido el plazo sin que se hubiesen presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes admitidos y serán publicadas en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla y en la dirección web arriba indicada. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio).

8. Criterios de valoración.

8.1. Los criterios generales de valoración serán: Titulaciones, expediente académico, currículo investigador y, opcionalmente, entrevistas con las personas candidatas.

8.2. Los criterios específicos de valoración se recogerán en el anexo correspondiente y deberán guardar relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar, entre los que se incluirá la formación en las tareas asignadas al contrato ofertado y la experiencia profesional relacionada con dichas tareas.

8.3. La Comisión de Selección será responsable de valorar los méritos y ordenar la realización de las entrevistas si lo considera necesario. Con carácter general valorarán los siguientes méritos acreditados documentalmente y relacionados con las tareas y actividades a realizar, de acuerdo con las siguientes puntuaciones:

1. Titulaciones oficiales directamente relacionadas con las tareas a desarrollar y hasta un máximo de 3 puntos. En el caso de que una determinada titulación o titulaciones sean exigibles como requisito de participación en la convocatoria, únicamente se valorarán aquellas iguales o superiores a la exigida, con los siguientes límites máximos:

- Doctor (Hasta un máximo de 3 puntos).

- Máster Oficial o Diploma de Estudios Avanzados con la previa titulación de Grado/Licenciatura (Hasta un máximo de 2,7 puntos).

- Máster con la previa titulación de Grado/Licenciatura (Hasta un máximo de 2,5 puntos).

- Máster con Diplomatura (Hasta un máximo de 2,3 puntos).

- Licenciatura (Hasta un máximo de 2,1 puntos).

- Grado (Hasta un máximo de 1,9 puntos).

- Diplomado Universitario (Hasta un máximo de 1,7 puntos).

- Técnico Superior de Formación Profesional (Hasta un máximo de 1,5 puntos).

2. Formación relacionada con las tareas a desempeñar (Hasta un máximo de 2 puntos).

3. Experiencia profesional relacionada con las tareas a desarrollar (Hasta un máximo de 2,5 puntos).

Las Comisiones de Selección quedarán facultadas para establecer si es necesaria, en función del número de participantes, la realización de la entrevista para valorar la aptitud para el puesto y la puntuación mínima exigible en los apartados anteriores para su realización, quedando aquellos aspirantes que no la alcancen eliminados del proceso selectivo. En este supuesto la realización y valoración de la entrevista corresponderá conjuntamente a la Comisión de Selección y al Investigador Principal (Hasta un máximo de 2,5 puntos).

La convocatoria para la asistencia a entrevistas se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación http://investigacion.us.es/investigacion/contratos- personal con una antelación mínima de 48 horas. Junto con la convocatoria de asistencia a las entrevistas se publicarán los criterios genéricos de valoración de las entrevistas tales como: Experiencia previa, conocimientos sobre las tareas a desarrollar, aptitud ante la resolución de problemas, etc.

La Comisión de Selección establecerá la puntuación mínima para que los candidatos puedan ser seleccionados o formen parte de la lista de candidatos suplentes.

8.4. Criterios de desempate.

En caso de empate en las puntuaciones obtenidas por varios candidatos, se priorizarán las solicitudes según el siguiente orden:

- Puntuación más alta en el ítem 3 del apartado 8.3.

- Puntuación más alta en el ítem 2 del apartado 8.3.

- Puntuación más alta en el ítem 1 del apartado 8.3.

- Sorteo, atendiendo al número de DNI de cada candidato, que se realizará en acto público comunicando con un mínimo de 48 horas de antelación el lugar, fecha y hora de celebración.

9. Comisión selección de las solicitudes.

9.1. La selección de los candidatos se llevará a cabo por una Comisión de Selección, cuya composición se publicará en el anexo de cada convocatoria. Dicha Comisión estará constituida por tres investigadores, de titulación igual o superior a la exigida para el contrato convocado, designadas por la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla, de los que al menos uno de ellos tendrá que ser investigador en la línea de investigación a la que se vincula el contrato. Se podrán nombrar suplentes para cada uno de los miembros. Todos los miembros de estas Comisiones de Selección quedan sujetos al cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a los motivos de abstención y recusación, debiéndolo notificar si efectivamente se dieran, a la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla, para que, en su caso, con anterioridad a la iniciación del procedimiento de valoración, proceda al nombramiento y publicación de los nuevos miembros de la Comisión de Selección.

9.2. Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de investigación adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el investigador emitirán un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada de los candidatos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los correspondientes anexos de la convocatoria.

9.3. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. La selección se realizará con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, mediante la valoración de los documentos aportados en la solicitud, basando la decisión en criterios de adecuación al perfil que figure en la convocatoria; quedarán debidamente acreditados en el expediente los fundamentos del acuerdo que se adopte.

10. Resolución y publicación.

10.1. La adjudicación provisional se dictará y publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación

(http://investigacion.us.es/investigacion/contratos- personal#conv_proyectos)

concediéndose un plazo de cinco días a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de alegaciones contra la misma. Las alegaciones se presentarán a través del Registro General de la Universidad de Sevilla

(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do)

o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En dicha propuesta figurarán los adjudicatarios y las personas integrantes de la lista de reserva en cada una de las modalidades de contratación convocadas.

Esta adjudicación provisional se tendrá por aceptada cuando una vez propuesta la persona adjudicataria los restantes admitidos al concurso no efectúen alegaciones o comuniquen el desistimiento de su solicitud.

10.2. Resueltas las alegaciones presentadas contra la resolución provisional de adjudicación, se elevará la relación definitiva de adjudicatarios al Rector de la Universidad de Sevilla, el cual dictará la resolución definitiva de adjudicación que será publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y 11.1 del Reglamento de creación y regulación de la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla y en la en la página web del Vicerrectorado de Investigación (http://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal#conv_proyectos). En dicha resolución de adjudicación figurarán los adjudicatarios de los contratos y las personas que integren las listas de reserva en cada una de las modalidades de contratación. Esta resolución del procedimiento agotará la vía administrativa.

10.3. Tras la publicación de la resolución de adjudicación de los contratos, el adjudicatario dispondrá de un plazo de tres días para aceptar el contrato adjudicado, que supondrá su exclusión inmediata en el resto de las listas de las bolsas de trabajo de otras plazas en las que también pudiera haber resultado seleccionado, o la renuncia al mismo, pudiendo ser su plaza ocupada por el candidato que figure en la lista de reserva según el orden establecido en la resolución.

La aceptación de la adjudicación del contrato o la renuncia a la misma, se presentarán a través del Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Una vez comunicado al candidato que figure en la lista de reserva, la posibilidad de ocupar la plaza, se entenderá como nuevo adjudicatario y dispondrá igualmente de un nuevo plazo de tres días para realizar la aceptación o renuncia, con los mismos efectos establecidos en párrafos anteriores.

Pasados los tres días sin recibir comunicación por parte del interesado, bien de renuncia o de aceptación, se entenderá que desiste del contrato adjudicado.

10.4. En el caso de renuncia de un adjudicatario, su contrato puede ser suscrito por el suplente de la lista de reserva correspondiente según el orden que se haya establecido en la resolución, siempre que la renuncia se haya producido en los dos años posteriores a la firma del contrato.

11. Obligaciones del trabajador/a.

Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

12. Renuncias.

En caso de renuncia de un adjudicatario, su contrato puede ser suscrito por el suplente de la lista de reserva correspondiente según el orden que se establecido en la resolución, siempre que la renuncia se haya producido en los dos años posteriores a la firma del contrato.

Las renuncias a los contratos deberán presentarse, en la misma forma establecida en el apartado 10.2 de esta convocatoria, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El investigador responsable podrá solicitar al Vicerrectorado competente la sustitución del renunciante por la persona suplente.

13. Vigencia.

Las presentes bases se aplicarán a las convocatorias de contratos indefinidos para Actividades científico-técnicas para personal investigador y técnico con cargo a proyectos/ayudas de investigación vinculados a líneas de investigación, que se convoquen con posterioridad mientras no sean expresamente derogadas.

14. Calendario de publicación de las convocatorias y presentación de solicitudes por los candidatos durante el año 2023.

Fecha de publicación de la convocatoria en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla Inicio del plazo de presentación de solicitudes Fin del plazo de presentación de solicitudes
31/01/2023 01/02/2023 14/02/2023
15/02/2023 16/02/2023 02/03/2023
07/03/2023 08/03/2023 21/03/2023
31/03/2023 10/04/2023 21/04/2023
05/05/2023 08/05/2023 19/05/2023
07/06/2023 09/06/2023 22/06/2023
07/07/2023 10/07/2023 21/07/2023
07/09/2023 08/09/2023 21/09/2023
06/10/2023 09/10/2023 23/10/2023
07/11/2023 08/11/2023 21/11/2023
05/12/2023 11/12/2023 22/12/2023

De acuerdo con el artículo 30 del Reglamento sobre Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla, en el supuesto de que incidencias técnicas que impidiesen la publicación de las convocatorias en el Tablón Oficial de la Universidad de Sevilla en las fechas indicadas, podrá acordarse el aplazamiento de la convocatoria o una ampliación del plazo de presentación de solicitudes mediante resolución motivada del Vicerrectorado de Investigación.

15. Cláusula de protección de datos.

En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de Datos RGPD UE 2016/679 y en la L.O. 3/2018, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, «gestión de la investigación en la US» que, entre otras, tiene como finalidad la «contratación y tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes conferidos a la Universidad de Sevilla.

De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el siguiente enlace: https://www.us.es/proteccion-datos.

16. Eliminación de archivos.

Se informa a las personas participantes en esta convocatoria que la documentación presentada, junto con su solicitud de participación, permanecerá en los archivos del Vicerrectorado de Investigación el tiempo que marque la normativa de aplicación.

17. Prevención de Riesgos Laborales.

Los candidatos seleccionados recibirán información relativa a los riesgos generales y específicos de la actividad a realizar en los puestos de trabajo a desempeñar, comprometiéndose al cumplimiento de las medidas establecidas en la Guía Preventiva para el personal contratado con cargo a proyectos/ayudas de investigación en la Universidad de Sevilla, la cual deben consultar y descargar en la página del Servicio de Prevención de la Universidad de Sevilla, SEPRUS,

https://recursoshumanos.us.es/index.php?page=seprus/guia

La Universidad de Sevilla, conforme al artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a través de su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SEPRUS), garantiza la vigilancia del estado de salud de sus trabajadores en función de los riesgos inherentes al trabajo, mediante la realización de reconocimientos médicos que aplican protocolos específicos al riesgo, los cuales, se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada, respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona, garantizando la confidencialidad de la información relacionada con su estado de salud.

18. Cita en género neutro.

Toda referencia en esta resolución a personas o colectivos en género masculino, debe entenderse como género gramatical no marcado, incluyendo la referencia a hombres y mujeres.

19. Disposición final.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla (artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio).

ANEXO I

RELACIÓN DE CONTRATOS CONVOCADOS (modelo a seguir para cada contrato ofertado)

1. Relación de contratos convocados:

2. Convocatoria:

3. Referencia:

4. Perfil solicitado: Investigador/Técnico de Apoyo a la Investigación.

La actividad del presente contrato se desarrollará en el marco de una línea de investigación ............................................................................. (indicar nombre de la línea), conforme a lo establecido en la convocatoria del proceso selectivo.

Dicha línea está asociada al proyecto/ayuda/programa de I+D+i ..................................... ........................................................... (indicar nombre y referencia del proyecto). Las actividades objeto del contrato son las relativas a la línea de investigación anteriormente citada y son las siguientes (detallar las tareas principales):

Dicho proyecto/ayuda/programa financiará el contrato por un período previsto desde ................................................................... hasta el ................................................. (fecha fin del proyecto/ayuda/programa). El coste financiado del contrato, importe bruto más el importe de las cuotas patronales por el periodo previsto de financiación, incluido el coste de la eventual indemnización por extinción de la financiación de la línea de investigación, será de .......................................................... euros.

La dedicación será de .................................... horas semanales que se distribuirán conforme a la siguiente jornada laboral: ...........................................................

5. Retribuciones.

El sueldo bruto mensual que percibirá el contratado ascenderá a ...................... euros. En dicha retribución se encuentra incluido el prorrateo o parte proporcional de las pagas extras y cuotas a la Seguridad Social.

Si durante la vigencia del contrato se produjera cualquier cambio normativo que supusiera un incremento en su coste, este incremento deberá ser sufragado con cargo al proyecto o subvención del que se deriva el contrato o dará lugar, en su caso, a una reducción proporcional en su duración para asumirlo.

Orgánica(s) del proyecto: ................................................................

6. Investigador responsable:

7. Requisitos específicos:

Titulación oficial requerida:

Otros requisitos, «Formación y Experiencia»:

8. Comisión de Selección:

• Presidente:

• Vocal 1:

• Vocal 2:

• Suplente Presidente:

• Suplente Vocal 1:

• Suplente Vocal 2:

9. Destino:

10. Categoría laboral:

Las solicitudes se presentarán a través del gestor de solicitudes (disponible en la dirección URL https://investigacion.us.es/convocatorias/ver/1600) conforme al formulario de solicitud normalizado descrito en el Anexo III (disponible en la misma dirección URL). Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor de solicitudes, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados indicada en el Anexo IV (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4 MB).

Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de presentación de la solicitud de la ayuda; a continuación, el solicitante deberá firmar y presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través el Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se tendrán por adjuntados a la solicitud los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.

En aplicación del principio de transparencia y lealtad, regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679, se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento «Gestión de la Investigación», que tiene como finalidad la «Gestión Económico, administrativa, técnica y académica de la investigación en la US».

El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte; para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la US. Asimismo, y en su caso, se legitima con el consentimiento del interesado.

De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace:

https://sic.us.es/sites/default/files/pd/cigestioninvestigacion.pdf.

ANEXO III

TABLA DE CATEGORÍAS DE CONTRATACIÓN

CATEGORÍA TITULACIÓN COSTE TOTAL ANUAL DEL SALARIO PARA LA US
(Tiempo completo),
INCLUIDAS CUOTAS PATRONALES
Técnico Auxiliar Formación Profesional de grado medio, Educación Secundaria obligatoria o equivalente 18.402 €
Técnico Especialista Formación Profesional de grado superior o Bachiller 18.544 €
Titulado de grado medio Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado de menos de 240 ECTS 21.319 €
Titulado Superior Licenciatura o grado 25.702 €
Titulado Superior Doctor 32.200 €

Las cuantías indicadas en la tabla anterior se actualizarán conforme a los incrementos retributivos y de cotización que se establezcan en la normativa vigente.

Sevilla, 20 de enero de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

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