Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 12/09/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Anuncio de 31 de agosto de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, por el que se da publicidad a la Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental integrada de la instalación planta de hidrógeno verde Puerto Serrano.

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Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de los representantes del promotor Galena Renovables 7, S.L., con CIF B88384425, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 2 de agosto de 2023, tiene entrada en el Registro de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul solicitud de autorización ambiental integrada y documentación adjunta del proyecto «Planta de Producción de Hidrógeno Verde Puerto Serrano H2 y Planta solar fotovoltaica asociada e infraestructuras de conexión con la planta de generación de hidrógeno», situado en los términos municipales de El Coronil, Montellano y Villamartín, en las provincias de Sevilla y Cádiz.

El proyecto tiene por objeto la construcción y puesta en marcha de una planta de producción de hidrógeno verde mediante el proceso de electrólisis, de 95 MW de potencia. La planta incluirá varios módulos de electrólisis de tecnología alcalina junto al resto de equipos auxiliares y edificaciones necesarias para el funcionamiento de éstos.

Las fuentes de energía del proyecto son dos plantas solares fotovoltaicas conectadas físicamente a la planta de generación en régimen de autoconsumo, así como otras fuentes de energía renovables adicionales a través de una conexión a la red general de distribución.

El agua necesaria para el proceso de hidrólisis en la Planta de Hidrógeno procede de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Puerto Serrano.

Las instalaciones proyectadas, que se describen a continuación, Planta de Hidrógeno (PH2)  y tanques de almacenamiento de H2, Planta Fotovoltaica (PFV), subestación (SET) y conducción hasta la EDAR suministradora del agua, se localizan en los términos municipales de Montellano y El Coronil, de la provincia de Sevilla, y Villamartín de la provincia de Cádiz.

Planta de hidrógeno.

La instalación, que se ubica íntegramente en la localidad de El Coronil (Sevilla), comprende un edificio principal que alberga los electrolizadores que producirán hidrógeno a partir de un aporte de agua pura y electricidad proveniente de fuentes renovables.

Alrededor del edificio de electrólisis, se sitúan otros elementos necesarios para el funcionamiento de la planta, como tanques de agua, edificio eléctrico, sala de control, o equipos de refrigeración entre otros.

La electricidad necesaria para el proyecto será suministrada por dos plantas fotovoltaicas de una potencia total de 148,2 MWp. Dichas plantas fotovoltaicas se encuentran en un radio de menos de 3 km de la planta de producción, y están conectadas físicamente a los equipos de electrólisis a través de líneas eléctricas en modo de autoconsumo. Para incrementar la energía renovable suministrada, además, la planta contará con conexión a la red de distribución para consumo.

El agua necesaria para el proyecto de electrólisis será obtenida de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Puerto Serrano, colindante con la parcela, y será suministrada mediante una canalización a la planta. El agua, una vez tratada, será consumida por el proceso de electrólisis para la producción de hidrógeno.

Puntos de captación y destino.

Las canalizaciones de captación y vertido de efluentes serán de una longitud aproximada de 80 metros. La canalización de captación, partirá de una arqueta de control o punto similar dentro de la EDAR, desde donde aspirará el agua mediante un grupo de bombeo, hasta los tanques de agua bruta localizados en la zona norte de la planta. El dimensionado preliminar de dicha tubería es de 2,5”, o DN65.

Planta fotovoltaica.

La planta de generación fotovoltaica (PSF) Puerto Serrano, en régimen de autoconsumo, tendrá una potencia instalada de 148,22 MWp y 114,2 MWn la cuál evacuará mediante dos líneas eléctricas desde los centros de seccionamiento situados en cada uno de los núcleos de la planta de generación fotovoltaica hasta la subestación Puerto Serrano H2 de la planta de hidrogeno Puerto Serrano.

Se constituye por dos PSF, y su infraestructura de conexión con la planta de hidrógeno, la planta solar fotovoltaica norte, de unas 380 ha de superficie, que se ubicará en los términos municipales de El Coronil y Montellano, ambos de la provincia de Sevilla, y la planta solar fotovoltaica sur, de unas 70 ha de superficie,que se ubicará en los términos municipales de Villamartín (Cádiz) y El Coronil (Sevilla).

La planta estará constituida, básicamente, por los siguientes elementos:

- Obra civil de la instalación.

- Vallado perimetral.

- Viales interiores y de acceso.

- Módulos fotovoltaicos.

- Seguidores.

- Inversores.

- Centros de transformación.

- Centro de seccionamiento.

- Cableado de baja tensión en corriente continua y alterna.

- Cableado de media tensión.

- Puesta a tierra.

- Servicios auxiliares.

- Sistema de monitorización, medida y acceso web.

- Sistema de vigilancia perimetral.

- Edificios de control y almacén.

La Planta Solar Fotovoltaica tiene cableado de baja tensión, media tensión, sistema de comunicaciones y sistema de seguridad independientes, así como vallado y acceso.

Línea de evacuación de media tensión.

La finalidad de la instalación proyectada es la evacuación de la energía producida en la Planta Fotovoltaica Puerto Serrano en régimen de autoconsumo hasta la Subestación Puerto Serrano H2 para posteriormente alimentar a la Planta de Hidrógeno Puerto Serrano. La evacuación se realiza a través de la Línea Aérea 30 kV objeto de este proyecto.

La línea aérea 30 kV se diferenciará en dos tramos:

Tramo 1: La línea proyectada en el tramo 1 será doble circuito, duplex y con conductor LA-280. Discurre por los términos municipales de El Coronil y Montellano (Sevilla).

Tiene su origen en la isla norte de la planta solar fotovoltaica Puerto Serrano y finaliza en la Subestación Puerto Serrano H2. Tiene una longitud de 2,294 kilómetros y un total de 7 apoyos, siendo el AP08 FLPAS común para el tramo 1 y el tramo 2.

Tramo 2: La línea proyectada en el tramo 2 será simple circuito, simplex y con conductor LA-380. Discurre por los términos municipales de El Coronil (Sevilla) y Villamartín (Cádiz).

Tiene su origen en la isla sur de la planta solar fotovoltaica Puerto Serrano y finaliza en la Subestación Puerto Serrano H2. Tiene una longitud de 3,841 kilómetros y un total de 14 apoyos, siendo el AP08 FL-PAS común para el tramo 1 y el tramo 2. Ambos tramos suman un total de 6,135 km y 20 apoyos.

Zona de almacenamiento de hidrógeno.

Se ha considerado como unidad de referencia para el almacenamiento un tanque de tipo horizontal de 200 m³ de capacidad, con una presión de almacenamiento de 60 bar. Para este tanque se obtiene una capacidad de 937,5 kg de H2 por tanque. Por lo tanto, para 31,96 toneladas, la zona de almacenamiento dispondrá de un total de 34 tanques de almacenamiento de 200 m³. La zona de almacenamiento se situará completamente en exteriores, al sur del edificio de electrólisis. El espacio ocupado por esta zona de almacenamiento es de 0,6 ha, en el término municipal de El Coronil.

Segundo. Con fecha 18 de agosto de 2023, se emite Propuesta de Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se propone delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental integrada de la instalación «Planta de Hidrógeno Verde Puerto Serrano», en las provincias de Sevilla y Cádiz, promovido por Galena Renovables 7, S.L., y de sus modificaciones.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y el artículo 20 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, establecen el ámbito de aplicación de la autorización ambiental integrada.

Segundo. La instalación de referencia se encuadra en la categoría 4.2 del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, así como en el epígrafe 5.2 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía, encontrándose por tanto sometida a autorización ambiental integrada:

- Instalaciones químicas para la fabricación a escala industrial, mediante transformación química o biológica de productos o grupos de productos químicos inorgánicos como:

a) Gases y, en particular, el amoníaco, el cloro o el cloruro de hidrógeno, el flúor o fluoruro de hidrógeno, los óxidos de carbono, los compuestos de azufre, los óxidos del nitrógeno, el hidrógeno, el dióxido de azufre, el dicloruro de carbonilo.

Tercero. De conformidad con el artículo 3.17 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y con el artículo 22 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la tramitación y resolución del procedimiento para la obtención de la autorización ambiental integrada corresponde a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

Cuarto. El Decreto 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, dispone en su artículo 5, que la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental integrada cuando la actuación afecte a más de una provincia corresponde a la Dirección General competente en materia de prevención y control ambiental, salvo que delegue dicha competencia a una de las Delegaciones Territoriales afectadas.

Quinto. Esta Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, en aplicación del artículo 5.2 del Decreto 5/2012, de 17 de enero, entiende que, dado que la mayor parte de las instalaciones del proyecto se localizan en la provincia de Sevilla, tal y como se desprende de la descripción del mismo en el Antecedente de hecho primero, recayendo por tanto a esta provincia la principal afección ambiental de la actuación, procede realizar la delegación de la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental integrada de la instalación referenciada, así como sus modificaciones, en la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla.

Sexto. Por ello, teniendo en cuenta el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, que en su artículo 12.1 indica que corresponde a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible, y de conformidad con el artículo 5 del Decreto 5/2012, de 17 de enero, que regula la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, que regula la autorización ambiental unificada, y las disposiciones adicionales tercera y novena del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, así como del artículo 8.3 de la  Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, la competencia para la instrucción y resolución de los procedimientos de autorización ambiental integrada de la instalación «Planta de Hidrógeno Verde Puerto Serrano», en las provincias de Sevilla y Cádiz, promovido por Galena Renovables 7, S.L., y de sus modificaciones.

Segundo. La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático podrá en cualquier momento, mediante resolución motivada, avocar la competencia delegada en esta resolución.

Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. La delegación prevista en la presente Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de agosto de 2023.- La Directora General, María López Sanchís.

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