Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 13/09/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 7 de septiembre de 2023, por la que se da publicidad al incremento del crédito máximo disponible para la concesión de ayudas a la Promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura, establecido en la Orden de 18 de abril de 2023, por la que se convocan estas ayudas, previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016.

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Mediante la Orden de 18 de abril de 2023 (BOJA núm. 88, de 11.5.2023) se convocan para el año 2023 las ayudas a la «Promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura», previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo marítimo y de Pesca (2014-2020), siendo la cuantía máxima total convocada de 209.176,87 euros.

El crédito convocado presenta la siguiente distribución presupuestaria:

Tipo de entidad 
beneficiaria Partida presupuestaria Cuantía máxima 2023 (€)
Entidades sin ánimo
de lucro
1400120000 G/71P/78300/00 G1353513G6 2016000355 209.176,87
TOTAL 209.176,87

Teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito y con objeto de conceder la ayuda máxima a las entidades beneficiarias aplicando la intensidad máxima, según lo dispuesto en la Orden de 27 de septiembre de 2016 para la línea de ayudas a la «Promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura», que establece que la intensidad máxima de la ayuda pública será igual al 50% del gasto subvencionable total de la operación, salvo las excepciones recogidas en el articulo 95 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y a lo estipulado en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 772/2014 de la Comisión, de 14 de julio de 2014, se considera conveniente incrementar el crédito de esta convocatoria en la cuantía de 266.700 euros, no siendo necesario para ello una nueva convocatoria, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo tercero del resuelvo segundo de la Orden de 18 de abril de 2023.

Este párrafo establece que además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional máxima de hasta 400.000 euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

En este mismo apartado se establece que en el caso de que se produzca, tras dictar la resolución de concesión, un eventual aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar resolución complementaria a la concesión de la subvención, incorporando en esta resolución complementaria a los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona o entidad beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por otro lado, la declaración de créditos disponibles, debe efectuarse por quien efectuó la convocatoria, y debe publicarse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.d).3.ª del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por lo expuesto, de conformidad con la normativa citada, así como la de general aplicación,

RESUELVO

Dar publicidad al incremento del crédito disponible en la convocatoria de 2023 de ayudas a la Promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura, en la cuantía de 266.700 euros, ascendiendo el importe total del crédito convocado a 475.876,87 euros, conforme a la siguiente distribución presupuestaria:

Tipo de entidad 
beneficiaria Partida presupuestaria Cuantía máxima 2023 (€)
Entidades sin ánimo de lucro 1400120000 G/71P/78300/00 G1353513G6 2016000355 475.876,87
TOTAL 475.876,87

Sevilla, 7 de septiembre de 2023

CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
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