Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 14/09/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Extracto de la Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se da publicidad a las entidades financieras adheridas al programa «Garantía Vivienda Joven» de la Junta de Andalucía como entidades financieras colaboradoras y se convoca a las personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos para que soliciten ante dichas entidades colaboradoras la concesión de garantías con objeto de financiar su primera vivienda habitual.

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BDNS: 715743.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Publicidad de los convenios de colaboración.

Dar publicidad a la relación de entidades financieras adheridas al Programa Garantía Vivienda Joven de la Junta de Andalucía que han suscrito el correspondiente convenio de colaboración, que a continuación se identifican para general conocimiento, así como el extracto básico de sus características fundamentales. Todo ello a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en las bases reguladoras. El contenido íntegro de los citados convenios, se encuentra publicado en la web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

EXTRACTO BÁSICO DE CARACTERÍSTICAS DE LOS OCHO CONVENIOS SUSCRITOS :

Partes firmantes: Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía y cada una de las entidades financieras colaboradoras recogidas en el siguiente cuadro.

Plazo de vigencia: El plazo de vigencia de todos los convenios se inicia el día 18 de agosto de 2023, y finaliza en la fecha en que cada una de las entidades financieras colaboradoras acabe todas las actuaciones que se deriven de la concesión de las garantías que le correspondan. A efectos de concesión de hipotecas vinculadas a la garantía, el plazo será de un año desde la fecha de formalización del convenio, es decir, desde el 18 de agosto de 2023, hasta el 18 de agosto de 2024 inclusive, sin perjuicio de que pueda acordarse la prórroga del convenio.

Entidad financiera Importe máximo de garantía a conceder Disponibilidades financieras asignadas Datos de contacto
Caja Rural de Granada 15,00 % 1.473.857,55 euros centro9510@crgranada.com
Cajasur Banco, S.A. 15,00 % 2.140.798,68 euros 957210676
servicioinstituciones@cajasur.es
Caixabank, S.A. 15,00 % 6.323.589,96 euros 938872508
900211211
https://www.imagin.com/hipoteca/ayuda-jovenes-andalucia
Unicaja Banco, S.A. 15,00 % 3.087.690,41 euros HipotecaJovenAndalucia@unicaja.es
Ibercaja Banco, S.A. 15,00 % 222.313,71 euros viviendajovenandalucia@ibercajaconnect.es
Caja Rural de Sur, S.C.C. 15,00 % 2.552.490,74 euros hipotecajoven@crsur.es
Cajamar, Caja Rural, S.C.C. 15,00 % 1.893.783,45 euros 955696823
jleo@cajamar.com
bancadeparticulares@bcc.es
Banco de Santander, S.A. 15,00 % 2.305.475,5 euros alinunez@gruposantander.es

Segundo. Convocatoria.

1. Se convoca a las personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos para que soliciten la concesión de garantías por la Junta de Andalucía con objeto de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, a partir del día de publicación presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la mencionada Resolución de la Secretaria General de Vivienda. Las solicitudes habrán de presentarse ante las entidades financieras colaboradoras del Programa Garantía Vivienda Joven de la Junta de Andalucía.

Será de aplicación a la presente convocatoria el régimen jurídico contenido en la base reguladora segunda.

2. Se publica su Anexo I: Formulario de solicitud.

Tercero. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es la concesión de garantías por la Junta de Andalucía, con el fin de facilitar la adquisición de la primera vivienda habitual, nueva o usada, a las personas que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras. La garantía se otorgará sobre nuevos préstamos hipotecarios de financiación de la vivienda adquirida y anejos vinculados, en su caso, por un importe superior al 80% del precio o del valor de tasación de la vivienda y anejos, en el caso de que éste sea inferior a aquél, en adelante precio de referencia, y hasta el 95% de dichos valores, sin que puedan ser objeto de financiación los impuestos o tasas que graven la adquisición y financiación de la vivienda. La garantía alcanzará el importe del préstamo que exceda del 80% del precio de referencia y hasta el 95% del mismo, siendo por tanto como máximo del 15% del precio de referencia.

Cuarto. Beneficiarios.

Podrán ser personas beneficiarias de las garantías las personas físicas mayores de edad que tengan hasta 35 años incluidos en el momento de solicitar la garantía, que adquieran su primera vivienda, sea nueva o usada, que esté situada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que se destine a su domicilio habitual durante al menos dos años desde la fecha de adquisición y que cumplan todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Cuando haya más de una persona adquirente, todas ellas deberán cumplir los requisitos establecidos, salvo el de tener hasta 35 años incluidos en el momento de solicitar la garantía, que deberá cumplirlo, al menos, una de ellas.

Quinto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de garantías por la Junta de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos con objeto de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, aprobadas mediante Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo, por el que se modifican el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, y la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de garantías por la Junta de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos con objeto de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, y por las que se efectúa convocatoria para que las entidades financieras que pretendan adherirse al programa como entidades colaboradoras, puedan presentar solicitud para la suscripción del convenio de colaboración.

Sexto. Financiación.

1. Las garantías se concederán con cargo a la línea «Andalucía, financiación empresarial», sublínea «Instrumento financiero Garantía vivienda joven», del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, al amparo de lo previsto en el artículo 1 del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, hasta que se agote la cuantía establecida, de conformidad con lo establecido en la base reguladora tercera.

2. La disponibilidad financiera prevista para atender a la financiación de las garantías que se convocan asciende a veinte millones de euros (20.000.000 euros), procedentes de la línea y sublínea citadas en el apartado anterior.

De acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras, la disponibilidad financiera se ha distribuido de forma proporcional, entre todas las entidades financieras que han solicitado ser entidades colaboradoras, acreditado el cumplimiento de los requisitos y suscrito el convenio de colaboración, en función al número de oficinas que tienen en Andalucía. Por tanto, conforme a la distribución realizada por Resolución de la Secretaria General de Vivienda, de fecha 27 de julio de 2023, cada una de las citadas entidades colaboradoras tiene asignada la cantidad indicada en el apartado primero de esta Resolución para su aplicación al Programa, con cargo a la cuenta de depósito abierta por la Agencia IDEA como agente financiero del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes .

Las personas interesadas podrán solicitar la ayuda, ante la correspondiente entidad financiera colaboradora, desde el día de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto. El plazo de presentación de solicitudes finalizará en el momento en que se agote la cuantía que tenga asignada dicha entidad, lo que se publicará mediante resolución de la Secretaría General competente en materia de vivienda en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Portal de Transparencia y el Portal de la Junta de Andalucía de la Consejería con competencias en materia de vivienda.

Así mismo, no procederá la concesión de hipotecas vinculadas a la garantía, y por lo tanto la presentación de nuevas solicitudes, transcurrido un año desde la formalización de los convenios con las entidades financieras colaboradoras, sin perjuicio de que dicho plazo pueda ser prorrogado.

Las entidades financieras colaboradoras concedentes del préstamo hipotecario, una vez hayan recibido las solicitudes, las presentarán en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, dirigidas a la Secretaría General competente en materia de vivienda, conforme al formulario de solicitud, anexo I, en representación de las personas interesadas.

Octavo. Otros Datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria.

Sevilla, 7 de septiembre de 2023.- La Secretaria General (artículo tercero Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo, BOJA núm. 94, de 19 de mayo de 2023), Alicia Martínez Martín.

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