Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/01/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Corrección de errores del Anuncio de 15 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de La Palma del Condado, sobre la convocatoria y las bases reguladoras del proceso de selección para la provisión en propiedad de varias plazas de personal funcionario y personal laboral fijo incluidas en la Oferta de Empleo Publico 2022. (PP. 3811/2022) (BOJA núm 1, de 3.1.2023). (PP. 251/2023).

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DECRETO DE ALCALDÍA

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dice que «Las Administraciones Públicas podrán asimismo rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

Considerando que por Decreto de Alcaldía 2022-2023, de 29 de noviembre, se aprobó las Bases Generales y Especificas del procedimiento de selección para la cobertura de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria 2022, para la Estabilización de Empleo Temporal en el marco del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Y considerando que se publicaron íntegramente las Bases Generales y Especificas del procedimiento en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 238, de fecha 15 de diciembre de 2022, y Anuncio extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 1, de fecha 3  de enero de 2023.

Y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar las Correcciones de Errores en las Bases Generales y Especificas del procedimiento de selección de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria 2022, siguientes:

Corrección de errores 1.ª En Base General Sexta, donde dice:

«Sexta. Programa.

Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en la normativa en vigor, y al encontrarse al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, los procesos podrán ser solo Concurso de Méritos o Concurso-Oposición, en todo caso, la modalidad quedará determina en la Base Especifica o Anexo.

Igualmente, en la Bases Especifica o Anexo quedará detallada la forma de valorar el Concurso, la Oposición, los temarios, los programas, las pruebas, valoraciones, ejercicios, puntuaciones, etc., para cada puesto convocado.

Estas Bases Generales, así como, las bases especificas o Anexos serán publicadas íntegramente en el BOP, extracto en BOJA y en el BOE.»

Y quedando dicha base con la siguiente redacción:

«Sexta. Programa.

Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en la normativa en vigor, y al encontrarse al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, los procesos podrán ser solo Concurso de Méritos o Concurso-Oposición:

Oferta Extraordinaria 2022, publicada en BOP 27 de diciembre de 2021, rectificaciones publicadas en BOP 5 de enero y el 18 de noviembre de 2022:

- Anexo I. Auxiliar de actividades Culturales: Concurso (Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo II. Técnico de Sanidad y Medio Ambiente: Concurso (Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo III. Técnico en Telecomunicaciones: Concurso (Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo IV. Auxiliar Administrativo Alcaldía: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo V. Auxiliar Administrativo Actividades Deportivas: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo VI. Auxiliar Administrativo de Juventud: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo VII. Peón Polivalente: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo VIII. Operario de Parques y Jardines: Concurso (Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo IX. Peón de Limpieza: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo X. Oficial 1.ª Conductor: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo XI. Administrativo de Juventud: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo XII. Auxiliar Administrativo Desarrollo Local: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Anexo XIII. Auxiliar Administrativo SAC: Concurso-Oposición (Artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

Igualmente, en la Bases Especifica o Anexo quedará detallada la forma de valorar el Concurso, la Oposición, los temarios, los programas, las pruebas, valoraciones, ejercicios, puntuaciones, etc., para cada puesto convocado.

Estas Bases Generales, así como, las bases especificas o Anexos serán publicadas íntegramente en el BOP, extracto en BOJA y en el BOE.»

Corrección de errores 2.ª En Base General Séptima 2.º, donde dice:

«Séptima. Solicitudes.

2.º Documentos que deben presentarse.

Las solicitudes o instancias de participación deberán presentarse acompañadas obligatoriamente y en la forma que se establece en la Base Decimotercera de:

- Copia compulsada o copia autentica del Documento Nacional de Identidad (DNI), y en el caso de extranjeros copia compulsa o copia autentica del documento acreditativo.

- Copia compulsada o copia autentica de la titulación exigida en el Anexo o convocatoria correspondiente.

- Copia compulsada o copia autentica de toda aquella documentación que acredite estar en posesión de los requisitos específicos exigidos según el Anexo o convocatoria correspondiente.

b) No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la solicitud de participación, resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes, para la acreditación de los requisitos exigidos.

Dicha documentación deberá presentarse en el plazo de subsanación indicado en el anuncio provisional de la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, sin perjuicio de lo establecido en la de Base Undécima y Decimotercera de estas bases, en lo que respecta a la presentación en tiempo y forma de los documentos originales o fehacientes de los requisitos alegados y presentados inicialmente, al objeto de su cotejo y/o copia autentica.»

Y quedando dicha base con la siguiente redacción:

«Séptima. Solicitudes.

2. Documentos que deben presentarse.

Las solicitudes o instancias de participación deberán presentarse acompañadas obligatoriamente y en la forma que se establece en la Base Decimotercera de:

- Copia compulsada o copia autentica del Documento Nacional de Identidad (DNI), y en el caso de extranjeros copia compulsa o copia autentica del documento acreditativo.

- Copia compulsada o copia autentica de la titulación exigida en el Anexo o convocatoria correspondiente.

- Copia compulsada o copia autentica de toda aquella documentación que acredite estar en posesión de los requisitos específicos exigidos según el Anexo o convocatoria correspondiente.»

Corrección de errores 3.º En Bases Especificas. Anexo I. Segunda. Baremación del Concurso de Méritos, donde dice:

«2.3. Méritos Académicos. Punto 2.3.1 B) Titulaciones Académicas:

1. Se valorarán con 5 puntos cada una las Titulaciones Académicas Oficiales iguales o superiores y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

2. Se valorarán con 5 puntos los Máster Oficiales Universitarios.

3. Se valorarán con 30 puntos el Título de Doctor.»

Y quedando dicha base con la siguiente redacción:

«2.3. Méritos Académicos. Punto 2.3.1 B)Titulaciones Académicas:

1. Se valorarán con 15 puntos cada una las Titulaciones Académicas Oficiales iguales o superiores y distintas a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

2. Se valorarán con 15 puntos los Máster Oficiales Universitarios.

3. Se valorarán con 30 puntos el Título de Doctor.»

Corrección de errores 4.ª En Bases Especificas. Anexo I. Cuarta. Resolucion Final del Concurso, donde dice:

«Tribunal:

Presidente: José María Pérez de Ayala Muñoz.

Secretaria: Beatriz Molina Soldán.

Vocales. María Gumersinda Pérez Pinto, Manuel Camacho Teba, Fernando Bernabé Ávila, Alvar Emilio Martínez Pichardo.

Reservas.

Presidente: Rosa García Pastor.

Secretario: Juan José Pinto Pavón.

Vocales: Ildefonso Reyes Calvo, Mario Pérez Pérez, Santiago Daza González, Francisco Pérez Romero.»

Y quedando dicha base con la siguiente redacción:

«Tribunal:

Presidente: José María Pérez de Ayala Muñoz.

Secretaria: Beatriz Molina Soldán.

Vocales: Mario Pérez Pérez, Rosa García Pastor, Juan José Pinto Pavón, Francisco Pérez Romero.

Reservas.

Presidente: Juan de Dios Madrid García.

Secretario: Inmaculada García Félix.

Vocales: Ana Sunción López Lagares, José Manuel Benjumea Sebaquevas, Juan Castizo Reyes, Rocío González Morales.»

Corrección de errores 5.ª En Bases Especificas. Anexo II. Anexo III y Anexo VIII.

Se corrige íntegramente el sistema de selección en los Anexos II, III y VIII que se regirán por el sistema de Concurso de Méritos del Anexo I, incluida la modificación 3.ª de esta Corrección de errores. Quedando anulado el sistema de selección publicado en dichos, así como temarios y tribunal.

«ANEXO II.

Donde dice:

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Debe decir:

Sistema de selección: Concurso de Méritos. Se regirá por el sistema de Concurso publicado en Anexo I, incluida la Corrección de errores 3.»

«ANEXO III.

Donde dice:

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Debe decir:

Sistema de selección: Concurso de Méritos. Se regirá por el sistema de Concurso publicado en Anexo I, incluida la Corrección de errores 3.»

«ANEXO VIII.

Donde dice:

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Debe decir:

Sistema de selección: Concurso de Méritos. Se regirá por el sistema de Concurso publicado en Anexo I, incluida la Corrección de errores 3.»

Segundo. Publicar la presente resolución en la Sede Electrónica (dirección  https:/lapalmadelcondado./sedelectronica.es), Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre.

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