Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/01/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Consumo

Acuerdo de 24 enero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo relativo a las subvenciones concedidas durante el año 2022 en la provincia de Jaén en las materias objeto de su competencia.

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El artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de su otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión. Igualmente, el artículo 55.2, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia compartida en materia de sanidad interior y, en particular y sin perjuicio de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 61, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población, la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos, incluyendo la salud laboral, la sanidad animal con efecto sobre la salud humana, la sanidad alimentaria, la sanidad ambiental y la vigilancia epidemiológica, el régimen estatutario y la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público, así como la formación sanitaria especializada y la investigación científica en materia sanitaria. Por último, el artículo 58.2.4.º, señala que la Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución, sobre la defensa de los derechos de las personas consumidoras y usuarias.

EL Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo dispone, en su artículo 1, que corresponden a la Consejería de Salud y Consumo, además de las atribuciones asignadas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, las siguientes competencias:

a) La ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.

b) La ejecución de las políticas de comunicación a medios y divulgación de buenas prácticas en salud, sin perjuicio de las competencias en materia de comunicación social atribuidas a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.

c) Todas aquellas políticas de la Junta de Andalucía que, en materia de salud y consumo, tengan carácter transversal.

El artículo 8.1 de La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Igualmente, el artículo 10.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, dispone que los planes estratégicos de subvenciones, a que se hace referencia en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

En virtud de ello, mediante Orden de 27 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud y Familias, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Familias para el período 2020-2022. En dicho plan se establece que dicha Consejería concederá subvenciones, durante dicho periodo, en materia de salud pública, sociosanitaria, consumo, familias y calidad, investigación y gestión del conocimiento.

Durante el año 2022, en relación con la provincia de Jaén, se han concedido subvenciones en materia de consumo, adicciones, atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de salud, así como se han realizado inversiones para el mantenimiento de centros para los centros provinciales de drogodependencias, habiéndose elaborado por esta Consejería un informe sobre las mismas.

Por todo ello, teniendo en cuenta la repercusión que para la población de la provincia de Jaén tiene la inversión en las materias competencia de esta Consejería, se considera oportuno y conveniente que dicho informe sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Salud y Consumo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de enero de 2023,

ACUERDA

Tomar conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo relativo a las subvenciones concedidas durante el año 2022 en la provincia de Jaén en las materias objeto de su competencia.

Jaén, 24 de enero de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo

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