Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 22/09/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 8 de septiembre de 2023, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de educación primaria Tabladilla, de Sevilla. (PP. 2787/2023).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Pedro Abascal Martínez y don Alfredo Manuel Ogalla Sánchez, como representantes de Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., entidad titular del centro docente privado de educación primaria «Tabladilla», en solicitud de ampliación del mismo en 1 unidad de educación primaria.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 18 unidades de educación primaria con 450 puestos escolares, por Orden de 20 de junio de 2011 (BOJA de 1 de agosto).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento, por ampliación en 1 unidad de educación primaria, al centro docente privado de educación primaria «Tabladilla», promovida por Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., como entidad titular del mismo, con código 41005889, ubicado en Camino Villanueva del Pítamo, 8, de Sevilla, quedando configurado con 19 unidades de educación primaria para 475 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, el centro no podrá tener en funcionamiento simultáneamente unidades concertadas y no concertadas.

Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2023/2024, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de septiembre de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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