Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 22/09/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 234/2023, de 19 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

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El Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, dispone, en su artículo 1,  que corresponde a la misma la regulación y administración de la enseñanza no universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El artículo 36 del Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, establece en su artículo 36 la adscripción a los Equipos de Orientación Educativa que atiendan a centros educativos que escolaricen alumnado que presenten una especial problemática de convivencia escolar, de personal funcionario con la titulación de Educación Social.

Este personal desarrolla tareas de relación entre el centro educativo y las familias del alumnado, asumiendo funciones de intermediación y colaboración con el profesorado en la atención educativa de este alumnado en el aula de convivencia y en el desarrollo de programas para la educación en valores y en la mejora de la convivencia escolar.

Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se procede al reconocimiento de los factores de especial dedicación e incompatibilidad en el complemento específico de los puestos de trabajo de Educación Social y se establece, asimismo, como requisito exigido para su desempeño, la titulación académica de Educación Social. Con ello se consigue poner en valor el trabajo de las personas educadoras sociales, pretendiendo que la dedicación profesional de las mismas, con el correspondiente suplemento horario de especial dedicación, se centre en sus funciones públicas en la Junta de Andalucía y que puedan realizar sus funciones dentro del sistema educativo, en horario de tarde.

Por último, se establece la modificación automática de los factores y cuantía del complemento específico, declarados a extinguir, del puesto de trabajo, actualmente ocupado, código 11322610 Educador/a Social, así como la inclusión en el mismo del requisito de titulación académica de Educación Social, una vez que quede vacante y sin ocupación.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la modificación de características de los puestos de trabajo de Educación Social en los Equipos de Orientación Educativa, no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de septiembre de 2023,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, queda modificada en los términos indicados en los anexos.

Artículo 2. Adscripción del personal afectado por la modificación del puesto de trabajo.

El personal afectado por la modificación del puesto de trabajo que desempeña, queda adscrito al puesto de trabajo referido en el Anexo II del presente decreto y mantendrá el mismo carácter de ocupación con el que venía desempeñando el anterior.

Artículo 3. Modificación automática de las características del puesto de trabajo Educador/a Social.

El puesto de trabajo código 11322610 Educador/a Social, una vez que quede vacante y sin ocupación, pasará a tener reconocidos los factores de incompatibilidad y de especial dedicación en el complemento específico, con su correspondiente cuantía, así como el requisito de titulación académica de Educación Social.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo, se producirán a partir del día 1 del mes siguiente a su publicación.

Sevilla, 19 de septiembre de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública
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