Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 26/09/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se delega competencia en la persona titular de la Dirección General de Turismo.

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El artículo 15.3 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, establece que los Planes Turísticos de Grandes Ciudades se articularán mediante la celebración de Convenios de Colaboración, que serán suscritos por la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y la persona titular del órgano competente de la Administración Local.

El artículo 13.1 del Decreto 146/2016, de 30 de agosto, por el que se regulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración mediante los que se articulan, establece que los convenios deberán especificar como mínimo: f) Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

Conforme a lo anterior, la cláusula décima de los convenios de colaboración mediante los que se articulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía de las ciudades de Almería, Granada, Jaén, Jerez de la Frontera, Sevilla, Dos Hermanas y Marbella, celebrados entre la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía y los ayuntamientos respectivos, estipula que «Para el seguimiento y coordinación de las actuaciones que se deriven del presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento formada por ocho miembros. Por parte de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, formarán parte de la misma la persona titular de la Secretaría General para el Turismo, quien ejercerá la presidencia, la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de turismo de la provincia donde radique el municipio objeto del Plan, quien ostentará la vicepresidencia, y dos personas funcionarias de la Administración de la Junta de Andalucía, al menos una de ellas adscrita a los servicios centrales de la Consejería y con nivel de jefatura de servicio o superior del área de turismo, designadas por la persona titular de la Secretaría General para el Turismo».

Para un funcionamiento más eficaz de las comisiones de seguimiento se ha considerado oportuno delegar en la persona titular de la Dirección General de Turismo la competencia relativa al ejercicio de la presidencia de las comisiones de seguimiento de los convenios de colaboración mediante los que se articulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegación de competencias.

Se delega en la persona titular de la Dirección General de Turismo la competencia para ejercer la presidencia de las comisiones de seguimiento de los convenios de colaboración mediante los que se articulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía.

Segundo. Revocación y avocación.

La persona titular de la Secretaría General para el Turismo podrá, en cualquier momento, revocar la delegación de competencia contenida en la presente resolución, así como avocar para sí la competencia.

Tercero. Constancia de la delegación.

En las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación deberá hacerse constar la oportuna referencia a esta resolución y se considerarán dictados por el órgano delegante.

Cuarto. Publicación.

Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de septiembre de 2023.- La Secretaria General, Yolanda de Aguilar Rosell.

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