Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 29/09/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 244/2023, de 26 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía.

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La Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, establece, en su artículo 1, la creación de la Agencia Tributaria de Andalucía, como agencia de régimen especial para realizar, en régimen de autonomía de gestión, las actividades administrativas de aplicación de los tributos y las demás funciones y competencias referidas en el artículo 6 de la misma ley.

La Agencia Tributaria de Andalucía se ha marcado como objetivo estratégico la mejora de la gobernanza fiscal relacionada con el principio de buena administración a fin de consolidar un conjunto de buenas prácticas que permitan una aplicación cuidadosa y transparente de las normas, teniendo en cuenta el impacto que tiene la actividad de la Agencia en la sociedad.

Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Agencia Tributaria de Andalucía, se contribuye a prestar servicios de información y asistencia a los contribuyentes y a luchar contra el fraude fiscal desde la perspectiva tanto del control como de la prevención, con altos estándares de calidad.

Por un lado, la implantación de la administración electrónica unido con la asunción directa de los procedimientos de embargo por la vía de apremio y la asunción de nuevas funciones y tareas en la gestión de los ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria de la Junta de Andalucía ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar distintas unidades administrativas del área de recaudación ejecutiva, mediante la creación de cinco puestos de trabajo.

Por otro lado, se modifican las características de los puestos de trabajos vacantes de información y recepción de documentos para su adecuación a las tareas asignadas, de asistencia en la presentación y pago de las autoliquidaciones de calificación de dichos documentos para su incorporación a los expedientes y la conformación del correspondiente índice, así como de información tributaria, en la que existe una alta demanda de citas de información como consecuencia del incremento de las actuaciones centralizadas de embargo, que hace necesario prestar información básica de todos los procedimientos de apremio y del estado de tramitación de los expedientes.

Por ello, se establece la modificación automática de determinadas características declaradas a extinguir de los puestos de trabajos, actualmente ocupados, de recepción de documentos, una vez que queden vacantes y sin ocupación.

Por último, ante la necesidad de reforzar los servicios horizontales de las gerencias provinciales en materia de archivos, se crean ocho puestos de trabajo con funciones de gestión documental y archivo, coordinados por la dirección central del archivo.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la creación de puestos de trabajo desdotados y en la modificación de otros existentes, no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de septiembre de 2023,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Artículo 2. Modificación automática de las características de los puestos de trabajo Auxiliar Gestión-Recepción.

Los puestos de trabajo Auxiliar Gestión-Recepción, una vez que queden vacantes y sin ocupación, pasarán a denominarse Unidad Recepción e Información, con nivel 18 de complemento de destino y con la correspondiente cuantía de complemento específico.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de septiembre de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública
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