Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los Proyectos de Formación para el curso 2023/2024.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00290417.
El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido, el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de 2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.
El Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en su artículo 12.3, explicita como funciones que corresponden a la persona titular de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, la elaboración de las orientaciones generales del Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la coordinación de todas sus estructuras.
Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado determinará por resolución el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado para cada curso escolar.
Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los Centros del Profesorado concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de las líneas estratégicas de dicho Plan y de las necesidades formativas de los planes de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las actividades de formación permanente.
La equidad educativa es inseparable de la calidad. Son dos principios indisociables. Son ambas inherentes ya que una se asienta en la otra o viceversa. Por lo tanto, un sistema educativo que aspire a la excelencia debe arbitrar un conjunto de medidas coherentes entre sí y coordinadas, siempre orientadas a mejorar los resultados académicos y escolares del alumnado. Lograr que todos los ciudadanos puedan recibir una educación y una formación de calidad, sin que ese bien quede limitado solamente a algunas personas o sectores sociales, resulta una finalidad prioritaria. En definitiva, se trata de mejorar el nivel educativo de todo el alumnado andaluz alcanzando el pleno desarrollo de las capacidades individuales, haciendo viable y compaginando a la vez, la calidad de la educación con la equidad en su tratamiento. De esta manera llegaremos a la excelencia del sistema. La combinación de calidad y equidad exige ineludiblemente la realización de un esfuerzo compartido: administración y sociedad en su conjunto. De esta forma, la excelencia educativa se vinculará con un conocimiento más competitivo y dinámico, capaz de contribuir a un crecimiento económico sostenido, acompañado de una mejora cuantitativa y cualitativa del empleo y de una mayor cohesión social.
En su virtud, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Aprobar el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado para el curso 2023/2024.
Los Centros del Profesorado para la elaboración del Proyecto de Formación del curso 2023/2024, además de dar continuidad a las líneas iniciadas en los anteriores cursos escolares, tendrán fundamentalmente en cuenta la concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado que se indican a continuación:
Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.
1. La organización del currículo basado en las competencias clave:
• Asesoramiento sobre la estructura, características y elementos fundamentales para el desarrollo de las competencias clave, centrando la atención en la formación de la didáctica de las matemáticas, de la lengua castellana, así como de la didáctica de la lengua extranjera.
• Profundización en la evaluación de competencias a través del desempeño, mostrando herramientas y recursos que ayuden a la mejora del proceso de enseñanza-aprendizaje.
2. Escuela inclusiva para la igualdad y la equidad: atención a la diversidad, convivencia e igualdad:
• Acompañamiento al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje bajo el enfoque de prácticas reales de éxito en atención a la diversidad.
• Promoción de las prácticas docentes inclusivas, especialmente al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo, posibilitando el desarrollo de metodologías de trabajo colaborativo.
• Desarrollo de estrategias eficaces con enfoque preventivo, estableciendo la mediación como herramienta fundamental para la resolución de conflictos así como la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.
• Apoyo de las técnicas de desarrollo personal, gestión de las emociones y habilidades comunicativas y de relación orientadas a generar expectativas positivas en el alumnado.
• Fomento de las prácticas innovadoras en la orientación educativa.
• Impulso a las actuaciones educativas de éxito y estrategias de intervención basadas en el aprendizaje dialógico para la efectiva inclusión social y laboral del alumnado más vulnerable en la sociedad del conocimiento.
• Desarrollo de las competencias necesarias para la promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, con especial atención al fomento de las vocaciones científico-tecnológicas entre el alumnado femenino y el desarrollo de actitudes para la prevención de la violencia de género, la prevención del acoso y del ciberacoso.
3. Escuela de la sociedad del conocimiento:
• Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital del profesorado acorde al Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente (MRCDD).
• Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital de centros basadas en el Marco Europeo para Organizaciones Educativas Digitalmente Competentes (DigCompOrg).
• Apoyo al uso del sistema de información Séneca para el seguimiento y evaluación del alumnado.
• Asesoramiento para el desarrollo de la competencia global acorde al Marco de Competencia Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
• Estrategias que desarrollen liderazgo efectivo para el éxito de la enseñanza bilingüe.
• Apoyo a la elaboración y desarrollo del Currículum Integrado de las Lenguas y actualización lingüística y metodológica para el Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (AICLE).
• Difusión y asesoramiento para la participación en programas europeos y otras oportunidades para la internacionalización de la educación.
4. Planes de mejora y de formación de los centros educativos:
• Impulso de las acciones formativas dirigidas a consolidar en los centros educativos los procesos cíclicos de mejora continua para que sean recogidos en el Plan de Formación. Con la participación y colaboración de los inspectores de referencia de los centros, para ayudar en la selección de las acciones formativas esenciales y prioritarias de los centros.
• Apoyo a los centros educativos en los procesos de transformación de su proyecto educativo de centro (PEC) para la mejora del aprendizaje, a través del impulso y consolidación de actuaciones innovadoras que ayuden a hacer frente a los retos y necesidades de la sociedad actual.
• Apoyo a los centros educativos en los procesos de autoformación encaminados a la mejora continua con especial atención al desarrollo de la competencia digital docente. Con la participación y colaboración de los inspectores de referencia de los centros, para ayudar en la selección de las acciones formativas esenciales y prioritarias de los centros.
Línea II. La formación del profesorado como factor clave para el perfeccionamiento continuo y la capacitación profesional docente.
1. Desarrollo profesional adecuado al rol profesional: competencias comunes y competencias específicas:
• Estrategias que desarrollen el nivel de competencia digital del profesorado acorde al modelo de progresión establecido en el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente (DigCompEdu).
• Apoyo a la función directiva en sus primeros años de ejercicio.
• Capacitación y actualización de los responsables de la dirección y de los miembros de los equipos directivos.
• Actualización de las competencias para el ejercicio de la función directiva en la gestión energética eficiente de los centros educativos.
• Actualización de las competencias para el ejercicio de la función inspectora acorde a las líneas prioritarias.
• Actualización de las competencias para el ejercicio de la función asesora acorde a las líneas prioritarias, con especial atención al nuevo Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente y sus implicaciones en las actividades formativas.
• Acompañamiento al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje.
• Asesoramiento en pedagogías innovadoras para la atención del alumnado de 0 a 3 años, teniendo en cuenta de forma especial al alumnado que recibe Atención Temprana.
• Desarrollo de competencias profesionales que propicien una respuesta educativa adaptada al alumnado con necesidades educativas de apoyo educativo y adecuada al alumnado vulnerable.
2. Desarrollo profesional a lo largo de toda la vida profesional: formación inicial, profesorado novel, formación permanente:
• Desarrollo de las competencias profesionales del profesorado funcionario en prácticas.
• Desarrollo de las competencias profesionales de las asesorías y las direcciones de los Centros del Profesorado noveles.
Línea III. La formación del profesorado como impulsora del conocimiento compartido y producido en los centros educativos, la investigación y la innovación educativa y las buenas prácticas.
1. Investigación e innovación educativa:
• Apoyo a los planes y programas de los centros que impulsen la transformación y mejora de sus proyectos educativos de centro.
• Fomento de metodologías activas orientadas a la metacognición y transferencia del aprendizaje, que garanticen la accesibilidad universal al conocimiento y las redes de colaboración para la mejora de la profesionalización docente.
• Difusión y reconocimiento de prácticas docentes de éxito como modelos de referencia.
2. Metodologías de trabajo investigador y colaborativo en el aula y centro:
• Fomento de nuevas herramientas digitales para la elaboración de recursos educativos abiertos.
• Difusión y desarrollo de la investigación educativa en el aula.
• Difusión y asesoramiento para la participación en planes y programas de los centros que impulsen la transformación y mejora de sus proyectos educativos de centro.
• Difusión y asesoramiento para participar en convocatorias para formar parte de Redes de colaboración regional, nacional e internacionales.
• Difusión y asesoramiento para la participación en convocatorias para el desarrollo de proyectos de investigación, innovación y elaboración de materiales curriculares.
Línea IV. La formación del profesorado como apoyo en la progresiva transformación de los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje y formación en los que participan todos los miembros de la comunidad educativa.
1. La participación de toda la comunidad para la mejora de los rendimientos escolares y la gestión del centro:
• Fomento de proyectos Comunidad de Aprendizaje que potencien el diálogo igualitario y la interacción con la comunidad educativa para el incremento del éxito escolar y la mejora de la convivencia.
• Apoyo en la elaboración y participación de proyectos Aprendizaje-Servicio que impulsen el emprendimiento social y la creación de entornos solidarios.
• Impulso de actuaciones de mediación intercultural que fomenten la participación de las familias del alumnado inmigrante en los centros docentes.
2. La atención a los centros con entornos de aprendizaje específicos (compensación, rural, hospitalarios, centros específicos de EE, etc.):
• Fomento de estrategias y metodologías que permitan atender al alumnado que presenta necesidades de apoyo educativo en entornos específicos.
• Impulso de actuaciones y de estrategias que faciliten la colaboración de los profesionales de la orientación para realizar el seguimiento del alumnado vulnerable.
Línea V. La formación del profesorado de formación profesional, enseñanzas artísticas y de idiomas y educación permanente como herramienta para conectar la educación con la realidad productiva y el empleo.
1. La Formación Profesional.
• Apoyo a la digitalización y avances tecnológicos adecuados al mercado laboral y la realidad productiva.
• Mejora de las competencias profesionales necesarias para impartir cursos de especialización.
• Impulso del conocimiento del sistema y procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
• Formación para la mejora de la colaboración y coordinación con empresas, tanto para la Formación en Centros de Trabajo como para Formación Profesional DUAL.
2. Las Enseñanzas Artísticas.
• Difusión de buenas prácticas en relación al marco normativo de los programas europeos de intercambio y movilidad en los centros de educación artística superior, así como buenas prácticas docentes en el ámbito de las enseñanzas artísticas superiores.
3. Las Enseñanzas de Idiomas.
• Fomento de estrategias innovadoras adaptadas a los distintos niveles para la enseñanza de idiomas. Con especial atención a la prevención del abandono, y a la motivación del alumnado que cursa estas enseñanzas.
4. La Educación Permanente.
• Fomento de estrategias que impulsen y apoyen las modalidades no presenciales.
Segundo. Proyecto de Formación de los Centros del Profesorado.
1. El equipo técnico de formación de cada Centro del Profesorado, coordinado por el equipo directivo del centro, elaborará el Proyecto de Formación atendiendo a lo recogido en esta resolución, con la colaboración de los órganos y personas responsables de la formación en los centros educativos, así como de la inspección educativa.
2. El Proyecto de Formación contemplará el conjunto de medidas y actuaciones previstas, incluyendo objetivos específicos para la mejora del rendimiento educativo, protocolos adoptados para el diagnóstico de necesidades, seguimiento de la formación, así como los criterios pedagógicos y organizativos para la asignación a los centros de la asesoría de referencia.
3. Las asesorías de referencia en colaboración con la inspección educativa de referencia de los centros docentes, colaborarán con los centros y servicios educativos en la elaboración de su plan de formación, que deberá estar vinculado a los procesos de autoevaluación y mejora e incluirse en su proyecto educativo o plan de actuación.
4. El Centro del Profesorado determinará el procedimiento de colaboración con los centros docentes a lo largo del curso, sistematizando el proceso de detección de necesidades a fin de concretar en su Proyecto de Formación actuaciones que respondan a las demandas realizadas.
5. Se priorizarán las acciones formativas a través de las modalidades de formación en centro, grupos de trabajo y autoformación, que se consideren las más adecuadas para responder a las necesidades formativas del profesorado involucrado en procesos de cambio y mejora de los resultados del aula, centro o servicio educativo.
Tercero. Concreción anual del Proyecto de Formación del Centro del Profesorado.
La concreción anual del Proyecto de Formación se realizará de acuerdo con la estructura y los objetivos previstos en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, y en ella se concretarán en la aplicación Séneca los siguientes elementos:
1. Diagnóstico de las necesidades formativas detectadas de carácter general o vinculadas a colectivos profesionales específicos y a centros educativos de su ámbito de actuación, a partir de las propuestas de mejora derivadas de la memoria de autoevaluación.
2. Principales objetivos que han de alcanzarse teniendo en cuenta las líneas prioritarias de la Consejería recogidas en esta resolución, y las demandas derivadas del diagnóstico de necesidades de los centros.
3. Líneas de actuación del centro del profesorado derivadas de las necesidades formativas de los centros docentes, de la concreción anual de las líneas estratégicas del III Plan de Formación y de las propuestas de mejora obtenidas de la memoria de autoevaluación.
4. Acciones formativas previstas que den respuesta a las propuestas de mejora, al diagnóstico y a las líneas estratégicas.
5. Protocolos para el seguimiento y la evaluación de las acciones formativas previstas (indicadores, procedimientos, temporalización).
6. Evaluación del cumplimiento de los objetivos previstos, de la organización, funcionamiento y gestión del centro, detallando los indicadores y procedimientos de evaluación.
7. Las acciones formativas recogidas en la línea estratégica I, apartados 1 y 2, en la línea estratégica II apartado 1, y en la línea estratégica III apartado 1 tendrán carácter prioritario para todos los Centros del profesorado a la hora de confeccionar y diseñar sus Planes de formación para el curso 2023/2024.
Cuarto. Aprobación y difusión del Proyecto de Formación.
1. El Proyecto de formación deberá cumplimentarse en el sistema de información Séneca y ser aprobado por el Consejo de Centro antes del 30 de noviembre de 2023. Una vez aprobado se dará a conocer a los centros del ámbito de actuación del Centro del Profesorado correspondiente. Para ello, se utilizará preferentemente la página web del Centro del Profesorado.
2. El equipo provincial de formación coordinará las actuaciones previstas en los proyectos de formación de los centros del profesorado de cada provincia.
Quinto. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2023.
Sevilla, 2 de octubre de 2023.- El Director General, Antonio Segura Marrero.
Descargar PDFBOJA nº 194 de 09/10/2023