Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 04/01/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se establecen los criterios de priorización autonómicos, y se aprueban y da publicidad a los formularios previstos en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la intervención sectorial vitivinícola en el marco del plan estratégico de la política agrícola común.

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El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para la aplicación de las medidas del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, tiene como objetivo el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales para garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un medio rural vivo, y ha sido aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022.

Concretamente, el citado Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, en la Sección 5.ª del Capítulo II, «Actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países», desarrolla las condiciones para la concesión de apoyo financiero a las acciones cuyo fin sea la mejora de la competitividad de los vinos españoles, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

El artículo 2.5 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, establece que será autoridad competente, para la gestión y tramitación de las ayudas reguladas en su Sección 5.ª, del Capítulo II, el órgano competente de la comunidad autónoma donde el solicitante tenga su domicilio fiscal.

El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, establece las bases reguladoras de las ayudas y prevé la convocatoria de las mismas, al establecer en su artículo 60.1 que las solicitudes deberán presentarse antes del 15 de septiembre del año previo al comienzo del programa, sin perjuicio que para el ejercicio financiero 2024 y, de acuerdo con la disposición transitoria tercera del citado Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, las solicitudes se presentarán antes del 15 de enero del año del comienzo del programa.

En el Anexo XXIV del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, se contempla la puntuación máxima correspondiente a otros criterios de priorización a decidir por las comunidades autónomas, debido a que la gestión y tramitación de las ayudas se realizarán por los órganos y unidades administrativas de cada comunidad autónoma.

Asimismo, con esta resolución se aprueba y se da publicidad al Anexo I de solicitud, Anexo II Declaración responsable del solicitante, Anexo III Presupuesto recapitulativo, Anexo IV Grupo empresarial, aplazando la publicación del resto de formularios adaptados a la nueva regulación, todo ello condicionado y justificado por la fecha de publicación y entrada en vigor del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que obliga a actuar con premura.

El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, establece en su artículo 13 que la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados es competente en la gestión de diversas ayudas del FEAGA recogidas en la organización común de mercados de los productos agrarios, entre las que se encuentran las dirigidas al sector vitivinícola; no obstante, en la Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 4 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Fondos Agrarios, se delegan competencias en materia de medidas de promoción en mercados de países terceros e inversiones del programa de apoyo al sector vitivinícola, financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (BOJA núm. 58, de 23.3.2018), encontrándose estas competencias delegadas en la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero. Criterios de Priorización a decidir por las Comunidades Autónomas.

En virtud de lo previsto en el Anexo XXIV del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, se aplicarán los siguientes criterios de valoración con interés para la Comunidad Autónoma de Andalucía:

- Vinos con Denominación de Origen Protegida, de Producción Ecológica: 50 puntos.

- Vinos con Denominación de Origen Protegida: 45 puntos.

- Vinos con Indicación Geográfica Protegida, de Producción Ecológica: 40 puntos.

- Vinos con Indicación Geográfica Protegida o Vinos de Producción Ecológica: 35 puntos.

La puntuación máxima de los criterios de valoración anteriormente citados será 50 puntos.

Segundo. Aprobación y publicidad de los formularios.

1. Aprobar los modelos normalizados siguientes:

Anexo I. Contiene toda la información prevista en el Anexo XXIII, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60.5 del Real Decreto 905/2022, del 25 de octubre.

Anexo II. Declaración responsable del solicitante.

Anexo III. Presupuesto recapitulativo.

Anexo IV. Grupo empresarial.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, mediante el formulario de solicitud que figura como Anexo I de la presente resolución, acompañados por los Anexos II, III y IV.

Asimismo, se solicitarán y tramitarán en su integridad por medios electrónicos a través de la aplicación PROVIN, (https://ws142.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/provin/).

Tercero. Efectos y publicación.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día de su firma.

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

(https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural.html)

y en la aplicación PROVIN, (https://ws142.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/provin/)

Sevilla, 20 de diciembre de 2022.- La Directora General de Ayudas Directas y de Mercados, P.D. (Resolución 14.3.2108, BOJA núm. 58, de 23.3.2018), la Directora General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, Carmen Cristina de Toro Navero.

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