Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 24/10/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 17 de octubre de 2023, por la que se cierra la pesquería de erizos y anémonas en el litoral de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopterix okamurae.

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El Decreto 387/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 3 que las modalidades de marisqueo mediante las que se podrá realizar dicha actividad son: marisqueo a pie; marisqueo desde embarcación; marisqueo en inmersión; y marisqueo con fines productivos.

La Orden de 5 de diciembre de 2021, por la que se regula la modalidad de marisqueo en inmersión en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece las condiciones y requisitos para la explotación de los recursos mediante el marisqueo de erizos y anémonas (ortiguillas) entre otros, de forma artesanal mediante buceo autónomo, con una cuota o tara diaria, tal como se recoge en el Anexo I.

El erizo de mar común (Paracentrotus lívidus) y la anémona marina (Anemonia viridis) son dos especies de gran interés pesquero de la costa andaluza, y motivado por ello, desde el año 2000 se desarrolló un estudio integral de estas especies en el litoral andaluz, con objeto de obtener una delimitación y cartografiado de las zonas de producción, cuantificar las poblaciones y determinar los parámetros biológicos fundamentales, lo que permitió conocer dónde se encontraba el recurso, el volumen disponible y su evolución biológica a lo largo de un ciclo anual, de forma que en el año 2003 posibilitó la ordenación y gestión de esta pesquería con una explotación racional, mediante la Orden de 24 de abril de 2003, por la que se regula la pesca del Erizo y la Anémona de Mar en el litoral andaluz.

Actualmente existen 14 licencias en Andalucía para la captura de erizo y ortiguilla repartidas en las distintas provincias de la costa mediterránea, 6 en Granada, 4 en Málaga y 4 en Cádiz.

De acuerdo con el apartado 3 del Anexo I de la Orden de 5 de diciembre de 2021, las capturas diarias no pueden sobrepasar los 30 kg/día para el erizo y los 20 kg/día para la anémona, en el caso que se capturasen ambas especies en la misma jornada, las cantidades máximas se reducen a la mitad.

Además, en el apartado 5 de dicho Anexo I se establecen las tallas mínimas y épocas de veda, siendo para el erizo 45 mm de diámetro del dermoesqueleto (excluidas las espinas) y la época de veda, desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre. En las ortiguillas la talla mínima es de 17 g de peso húmedo con un periodo de veda en los meses de enero y febrero.

El desarrollo de esta actividad está sometido a la reglamentación comunitaria en materia de higiene de los productos alimenticios, que limita la recolección y producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos destinados al consumo humano exclusivamente a las zonas de producción y reinstalación delimitadas y clasificadas por la autoridad competente. En este sentido, el Decreto 387/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incorpora en su artículo 11.3 la obligación de capturar los moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos filtradores, equinodermos y tunicados marinos en las zonas de producción delimitadas y clasificadas conforme al Reglamento 853/2004, de 29 de abril de 2004, y al Reglamento 854/2004, de 29 de abril de 2004. No obstante, la recolección de anémona u ortiguilla está permitida fuera de las zonas de producción, en consonancia con las modificaciones producidas en la reglamentación comunitaria, por no ser organismos filtradores.

Las únicas zonas de producción donde se puede capturar el erizo en Andalucía son AND 201. Estrecho, AND 306. Calaburras-Torre Quebrada, y AND 308. Málaga-Río Vélez, tal como se establece en la Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se adaptan las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los controles oficiales de las mismas.

Durante estos años se han realizado estudios de seguimiento periódicos a través de la Agencia Pública de Gestión Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía (AGAPA) evaluando el estado de las poblaciones de ambas especies desde 2005.

Sin embargo, a pesar de los enormes esfuerzos realizados para conservar las poblaciones de erizos y anémonas en el litoral andaluz, en los últimos años las poblaciones se han visto mermadas por diversos factores, entre los cuales cabe destacar los siguientes:

- El consumo de erizos de mar y ortiguillas, como se conoce popularmente a la anémona marina, se ha limitado tradicionalmente a determinadas poblaciones de la provincia de Cádiz. Sin embargo, en la última década se ha ido extendiendo a las demás provincias de la comunidad andaluza y regiones de España, como Galicia. Esto ha implicado un aumento progresivo de la actividad extractiva de estas especies, que conlleva un notable incremento de la presión marisquera sobre el erizo de mar y la anémona marina.

- Desde 2003, se vienen produciendo en el Mediterráneo mortandades masivas de invertebrados marinos como consecuencia de inusuales aumentos de temperatura del mar en momentos puntuales. Entre muchas especies afectadas se encuentra el erizo de mar común y el erizo negro.

- La entrada de cada vez más especies invasoras que desplazan por competencia a las especies autóctonas, como es el caso del alga exótica Rugulopteryx okamurae que se ha expandido, desde su detección en 2015 en aguas del Estrecho de Gibraltar, de forma muy agresiva sobre fondos rocosos iluminados del submareal en zonas del estrecho de Gibraltar, produciendo graves impactos sobre las comunidades bentónicas preestablecidas.

Estos tres factores podrían hacer peligrar la pervivencia de estas especies en determinadas áreas.

La invasión del alga Rugulopteryx okamurae está provocando la disminución de las poblaciones de erizo de mar y anémona a niveles muy por debajo del que existía hace 5 años. En el informe presentado por AGAPA de junio de 2023, se concluye las siguientes constataciones:

• En la provincia de Cádiz no existen poblaciones potenciales para ser explotadas de erizos y anémonas.

• La provincia de Málaga empieza a dar valores muy preocupantes sobre el estado de sus poblaciones.

• La provincia de Granada está siendo objeto de una explotación intensiva y, es por ello, que las poblaciones de anémonas han descendido en cerca del 65%, dejando el indicador de estado de las poblaciones cerca del Punto de Referencia Biológico.

• La provincia de Almería no sólo sigue sin dar buenos resultados de poblaciones potencialmente explotables, sino que hay indicios de que está siendo explotada en lo que a la anémona se refiere. Algo que se ha desaconsejado desde 1999.

La reducción de las poblaciones de estas especies, además de tener repercusión a nivel socio económico, por tratarse de especies de gran interés comercial, también tienen una gran importancia ecológica en las comunidades bentónicas de aguas someras, ya que se encarga de estructurar el ecosistema gracias a su función ramoneadora.

El Decreto 387/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 15 que, de acuerdo con los resultados de los estudios e informes científicos disponibles que reflejen el estado de los recursos marisqueros, la persona titular de la Consejería competente en materia de pesca y acuicultura podrá aprobar mediante Orden limitaciones, condiciones y requisitos en el ejercicio de la actividad marisquera, en cualquier modalidad, para la captura de determinadas especies, así como para su desarrollo en algunos espacios del litoral andaluz, todo ello sin perjuicio de la legislación sectorial aplicable.

Corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de marisqueo, conforme al Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO

Primero. El cierre de la pesquería del erizo de mar común (Paracentrotus lívidus) y la anémona marina (Anemonia viridis), en todo el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debido a la situación crítica en que se encuentran sus poblaciones, para prevenir la extinción de estas especies en nuestro litoral.

Segundo. Las licencias para la captura de erizos y anémonas mediante marisqueo en inmersión quedarán suspendidas hasta que se vuelva a abrir la pesquería mediante Orden de esta Consejería, una vez que las poblaciones de estas especies alcancen unos niveles de abundancia y distribución que permitan la explotación comercial de las mismas.

Tercero. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de octubre de 2023

CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
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