Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 31/10/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 13 de octubre de 2023, por la que se concede la autorización administrativa para su apertura y funcionamiento al centro docente privado de formación profesional «Victoria Institute of Technology» de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). (PP. 3077/2023).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Luis Prieto Jiménez, como Presidente y Consejero Delegado de FP Campus Tech, S.L., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Victoria Institute of Technology» a ubicar en C/. Puerto Serrano, s/n, Urb. Villa Horacia, de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), por el que solicita la autorización del mismo para impartir diez ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Administración de sistemas informáticos en red, dos de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, dos de Educación infantil, dos de Marketing y publicidad y dos de Transporte y logística), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Cádiz y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE de 22), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre (BOE de 18 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de sistemas informáticos en red y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 450/2010, de 16 de abril (BOE de 20 de mayo), por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma y se fijan sus enseñanzas mínimas, modificado por el Real Decreto 405/2023, de 29 de mayo (BOE de 3 de junio); el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre (BOE de 24 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Marketing y publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte y logística y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y funcionamiento del centro docente privado de formación profesional «Victoria Institute of Technology», con código 11013511 y domicilio en C/. Puerto Serrano, s/n, Urb. Villa Horacia, de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), cuyo titular es la entidad FP Campus Tech, S.L., quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Ciclos formativos de formación profesional de grado superior (impartidos en turno de mañana y tarde):

Administración de sistemas informáticos en red:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100.

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma:

Núm.de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100.

Educación infantil:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100.

Marketing y publicidad:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100

Transporte y logística:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de centros docentes.

Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2023/24, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Cádiz la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de octubre de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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