Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 02/11/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban los listados provisionales de personas que se integran en plazas de personal estatutario.

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De conformidad con el artículo 6 de la Orden de 21 de julio de 2023, por la que se establece el procedimiento de integración directa del personal laboral fijo en el régimen estatutario del Servicio Andaluz de Salud y se adoptan determinadas medidas respecto al personal laboral temporal, procedente de las Agencias Públicas Empresariales, con la Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca el procedimiento voluntario de integración directa del personal laboral fijo procedente de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias en el régimen estatutario del Servicio Andaluz de Salud, y con el Decreto 156/2022, de 9 de agosto, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General de Personal

RESUELVE

Primero. Aprobar los listados provisionales del personal procedente las extintas Agencias Públicas Empresariales Sanitarias que ha participado en el procedimiento establecido en la Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca el procedimiento voluntario de integración directa del personal laboral fijo procedente de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias en el régimen estatutario del Servicio Andaluz de Salud que se integra en plazas de personal estatutario fijo.

Segundo. Anunciar que los citados listados provisionales se encontrarán expuestos al público en los tablones físicos o virtuales que dispongan los centros asistenciales de las extintas Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Los citados listados provisionales se publican con el siguiente contenido:

Listado 1: La relación de personal laboral fijo que se integra en el régimen estatutario, incluyendo la categoría en la que resulta integrado y su adscripción al correspondiente centro sanitario donde se encuentra en situación de servicio activo o, en su caso, tenga la reserva de plaza.

Listado 2: La relación de personal laboral fijo que se integra en el régimen estatutario y queda en cualquier situación administrativa de excedencia.

Listado 3: La relación de personal laboral fijo que ha presentado solicitud de integración en el régimen estatutario y que ha sido desestimada, con indicación de la causa de las recogidas en el anexo de esta resolución.

Listado 4: La relación de personal laboral fijo que no ha presentado solicitud de integración en el régimen estatutario.

Tercero. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en BOJA de esta resolución para formular alegaciones a los listados provisionales. Los escritos de alegaciones se presentarán a través del registro electrónico único de la Junta de Andalucía, dirigidas a Servicio Andaluz de Salud, Dirección General de Personal.

Las alegaciones presentadas, que no tendrá carácter de recurso, serán estimadas o desestimadas mediante la resolución de la Dirección General de Personal por la que se declare aprobada las listas definitivas de personas que se integran en plazas de personal estatutario.

Cuarto. Publicar, como anexo a la presente resolución, la relación de causas de desestimación de integración.

ANEXO

CAUSAS DE DESESTIMACIÓN

01. No ser personal laboral fijo.

02. Exceder de la edad de jubilación forzosa. No cumplir el requisito del artículo 2.c).

03. No pertenecer a una categoría de personal estatutario equivalente a la de su categoría profesional de origen o que por equiparación le corresponda.

04. No cumplir el requisito de titulación exigido para el ingreso en dicha categoría profesional.

05. Poseer la condición de personal estatutario fijo en el misma categoría y/o especialidad.

06. Presentación solicitud fuera de plazo.

07. Situación administrativa no compatible con la normativa estatutaria.

Sevilla, 27 de octubre de 2023.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.

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