Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 02/11/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Universidad, Investigación e Innovación

Acuerdo de 16 de octubre de 2023, del Patronato de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el proceso selectivo para la contratación del puesto de Gerente de la Fundación.

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La Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, fundación del sector público dependiente de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, precisa cubrir el puesto de la persona titular de la Gerencia, mediante contrato laboral de alta dirección, establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

En relación con el personal directivo de las entidades del sector público andaluz, el artículo 25.1 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, establece que es personal directivo de las agencias de régimen especial, de las agencias públicas empresariales, de las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz y de los consorcios el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas.

Continúa el artículo 25 señalando que el personal directivo profesional de estas entidades será designado atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. La valoración de esa idoneidad de los aspirantes a personal directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Asimismo, deberán quedar justificados el mérito, la capacidad y la idoneidad por las que el personal directivo profesional ha sido designado para estas entidades.

A su vez, el artículo 24 de los Estatutos de la Fundación establece que el Patronato podrá encomendar el ejercicio de la gestión ordinaria o administrativa de las actividades de la Fundación a un/una Director/a o cargo similar que, en atención a su especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas, estará sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección.

Su designación se realizará atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. El contrato de alta dirección y el régimen económico de la persona titular de la Dirección estará sometido a los límites, requisitos y condiciones del personal directivo de las entidades del sector público andaluz.

El Patronato podrá delegar en la persona titular de la Dirección las facultades que estime oportunas y que legalmente tengan el carácter de delegables. Estas facultades y apoderamientos deberán ser inscritos en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

El nombramiento y cese del/la Director/a se notificarán al Protectorado y serán objeto de inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Por todo ello, el Patronato de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, en su sesión celebrada el 16 de octubre de 2023,

ACUERDA

Uno. Convocar proceso selectivo para la contratación del puesto de Gerente de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de la Salud de Granada, que se desarrollará de acuerdo con las normas establecidas en las bases Cuyo texto se inserta como Anexo I a la presente resolución.

Dos. La convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales y en la web de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.

Granada, 16 de octubre de 2023.- La Secretaria del Patronato, María Rocío Linares Morera.

ANEXO I

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE LA GERENCIA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA

Primera. Objeto.

Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de la persona titular de la Gerencia de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada (en adelante, Fundación PTS), atendiendo a los principios de igualdad, mérito y capacidad y a criterios de idoneidad.

Segunda. Características del puesto.

1. Denominación del puesto:

Gerente.

2. Funciones:

La persona titular de este puesto directivo, de conformidad con lo establecido en los Estatutos, ejercerá la gestión ordinaria o administrativa de las actividades de la Fundación. A cuyo efecto se le encomiendan las siguientes funciones:

a. Tramitar, gestionar y ejecutar los acuerdos adoptados por el Patronato.

b. Presentar al Patronato los proyectos, iniciativas y estudios que considere de interés para los fines del Patronato.

c. La jefatura superior de todo el personal de la Fundación y la gestión de los recursos humanos.

d. Adquirir, por cualquier título, bienes y derechos, de importe inferior a trescientos mil euros.

e. Enajenar bienes muebles y semovientes cuyo valor sea inferior a trescientos mil euros.

f. Contratar obras, suministros y servicios de importe inferior a trescientos mil euros.

g. Acordar, previa autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda, operaciones de endeudamiento de importe inferior a trescientos mil euros.

h. Suscribir contratos de espectáculos, giras y demás contratos de arrendamientos de servicios e instalaciones, según los precios establecidos por el Patronato.

i. Suscribir los convenios y protocolos generales de actuación necesarios o convenientes para el cumplimiento de los fines de la Fundación, salvo que, por razón del objeto o fines de los mismos, la persona titular de la presidencia de la Fundación considerara necesario u oportuno arrogarse tal facultad.

j. Recaudar los ingresos, formalizar los gastos y realizar los pagos. Asimismo, le corresponderá la custodia de los ingresos y caudales de la Fundación y la firma de los recibos y resguardos de ingreso.

k. Rendir cuentas al Patronato de los estados de caja y de la situación económica de la Fundación, así como de sus posibilidades financieras.

l. Elaborar los presupuestos de explotación y de capital, así como el programa de actuación, inversión y financiación.

m. Elaborar las cuentas anuales.

n. Elaborar el plan de actuación, el inventario de bienes, derechos y obligaciones que compongan el patrimonio de la Fundación y la liquidación del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio económico anterior.

ñ. Asistir a las sesiones del Patronato.

o. Representar a la Fundación en juicio y fuera de él; ejercitar todas las acciones y excepciones que correspondan a la Fundación, interponiendo los recursos que procedan.

p. Conferir y revocar poderes generales o especiales.

q. Desempeñar cualesquiera otras funciones precisas para la gestión ordinaria o administrativa de las actividades de la Fundación.

r. Todas aquellas otras facultades o atribuciones que le sean expresamente delegadas por el Patronato en los términos previstos en el artículo 24 y que sean necesarias o convenientes para la consecución de los fines fundacionales.

3. Régimen jurídico.

Su regulación será la prevista en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; por las disposiciones sobre régimen del personal directivo que figuren en las sucesivas leyes del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía; por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección; los Estatutos de la Fundación PTS; esta resolución y demás normativa que resulte de aplicación con carácter general o particular.

4. Régimen de incompatibilidades.

A la persona que resulte seleccionada le será de aplicación lo establecido en la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.

5. Régimen retributivo.

Las retribuciones se adecuarán a lo dispuesto en las leyes de presupuestos anuales, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 24 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno en cuanto a la equivalencia salarial, así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa de desarrollo citada por la Comunidad Autónoma Andaluza.

6. Centro de trabajo.

Avenida del Conocimiento, número 33, 18016 Granada.

Tercera. Requisitos mínimos.

1. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, además de los siguientes requisitos mínimos:

a. Titulación universitaria oficial de licenciatura o grado. Estar en posesión de título universitario oficial expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

b. Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia en puestos de dirección.

c. No estar incurso/a en ninguna incompatibilidad que determine la legislación vigente.

Cuarta. Solicitudes de participación y documentación a presentar.

1. Quienes deseen participar en el proceso de selección, deberán presentar la siguiente documentación:

a. Solicitud de participación y autobaremación del proceso de selección cumplimentada y firmada, conteniendo los datos personales del candidato/a, conforme al Anexo III.

b. Copia del DNI o documento acreditativo de la nacionalidad.

c. Copia de la titulación universitaria oficial exigida como requisito de acceso.

d. Curriculum Vitae, con una extensión no superior a cuatro páginas en formato A-4, en letra tamaño 12 (calibri) y espaciado sencillo.

e. Acreditación de la experiencia en puestos de dirección. Esta acreditación se realizará con el informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social con fecha comprendida en el plazo de presentación de solicitudes. En caso que en dicho certificado no conste el puesto específico desempañado, deberá aportarse certificado expedido por la empresa.

f. Documentación acreditativa de la formación complementaria y la experiencia profesional susceptible de valoración, que será superior a cinco años, y toda la documentación que acredite que el aspirante reúne los méritos valorables y autobaremados.

2. La solicitud contendrá la documentación acreditativa de todos los requisitos mínimos y méritos valorables alegados conforme a los Anexos I y II.

3. Para acreditar documentalmente tales extremos, se enviarán las fotocopias de los documentos que los acrediten, la cual deberá ir numerada y con su índice correspondiente.

4. La documentación original acreditativa de la formación y experiencia profesional podrá ser requerida en cualquier momento del proceso de selección.

5. En el caso de que una misma persona hubiese registrado varias solicitudes, sólo se tendrá en cuenta la última solicitud registrada.

6. La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados en el tiempo y/o la forma establecidos supondrá la no inclusión de la persona aspirante en el proceso selectivo, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación o en los documentos presentados.

7. Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios acreditables que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de las solicitudes.

8. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9. Aquellos actos de trámite que deban ser notificados al personal solicitante en la convocatoria se publicarán en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales. Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos y los plazos, en su caso, comenzarán a computarse a partir del día siguiente de su publicación electrónica.

10. El lugar de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigida en la convocatoria será a través de alguno de los siguientes medios:

a. Preferentemente, en formato electrónico, a través de la página web

https://ptsgranada.sedelectronica.es

Se seleccionará el trámite destacado Instancia General, indicando en el solicita «Participación convocatoria Gerente PTS».

b. En formato papel, en el Registro General de la Fundación PTS.

Quinta. Comité Calificador.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección corresponderá exclusivamente a un Comité Calificador, el cual estará compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad.

2. Dicho Comité valorará a las personas aspirantes que cumplan los requisitos, conforme al proceso de selección descrito en la base sexta, y de acuerdo con los criterios de baremación.

2. El Comité Calificador designado estará compuesto por las siguientes personas:

a. La persona titular de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, asumiendo la presidencia del Comité.

b. La persona titular de la Secretaría General de Investigación e Innovación de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.

c. La persona titular de la Dirección General de Fomento de la Innovación de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.

d. La persona titular del rectorado de la Universidad de Granada, en su calidad de Patrono de la Fundación PTS.

e. La persona titular de la Secretaría General Provincial en Granada de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, que actuará como secretaria, sin voz ni voto.

3. Los miembros del Comité Calificador se abstendrán de intervenir en el concurso público cuando se de alguna de las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y podrán ser recusados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 del mismo texto legal. La presidencia del Comité Calificador podrá exigir a las personas que la integran una declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en el precitado artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

4. Corresponde al Comité Calificador el desarrollo de las distintas fases del proceso y podrán estar asesorados por entidades o técnicos especialistas.

5. El Comité solo valorará los méritos que hayan sido debidamente alegados y acreditados documentalmente por las personas participantes, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria.

6. Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad.

7. En ningún caso, el Comité Calificador podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la señalada en el Anexo II.

8. El Comité Calificador adoptará sus acuerdos por mayoría de votos, y resolverá los empates mediante el voto de calidad de la presidencia. Los acuerdos del Comité se recogerán en actas que serán firmadas por todos sus miembros.

9. El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. Para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.

Sexta. Proceso de selección.

El proceso de selección, que deberá resolverse en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, constará de las fases que se indican a continuación.

En todo momento, en los casos en que sea necesaria la publicación de datos personales de los solicitantes, estos se identificarán mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

1. Preselección.

a. Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, el Área de la Fundación PTS con competencias en materia de personal realizará una certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas así como la comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos mínimos establecidos en la base tercera de esta convocatoria.

b. Una vez comprobados, el Comité Calificador publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales, una relación provisional de candidaturas admitidas y excluidas, indicando la causa de exclusión.

c. Contra el listado provisional de candidaturas admitidas y excluidas podrán presentarse alegaciones en el plazo de 3 días hábiles contados desde el siguiente a su publicación. Las alegaciones se presentarán por los medios previstos para la presentación de la solicitud y serán resueltas por el Comité Calificador en el plazo de los tres días hábiles siguientes desde la finalización del plazo de presentación de alegaciones.

d. Finalizado el plazo para presentar reclamaciones o resueltas, en su caso, las reclamaciones presentadas, el Comité Calificador publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales, el listado definitivo de candidaturas admitidas y excluidas indicando la causa de exclusión.

e. Las solicitudes que cumplan con los requisitos de participación en el concurso público se someterán a la fase de baremación de méritos, para lo que el Área de la Fundación PTS con competencias en materia de personal remitirá al Comité Calificador un informe de preselección, al que se adjuntará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos mínimos señalados y de los méritos alegados.

2. Baremación de méritos.

a. La baremación de los méritos se realizará por el Comité Calificador de acuerdo con los aspectos recogidos en la base cuarta y con arreglo a los criterios de valoración definidos en el baremo del Anexo II cuya puntuación máxima será de 60 puntos.

b. El Comité Calificador, en cualquier momento del proceso, podrá contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.

c. Realizada la valoración de los méritos definidos en las presentes bases, el Comité Calificador elaborará y publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales, un listado provisional de las personas candidatas, ordenando de mayor a menor puntuación obtenida en la baremación.

d. Contra el listado provisional de baremación de méritos de las candidaturas, podrán presentarse alegaciones en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente a su publicación. Las alegaciones se presentarán por los medios previstos para la presentación de la solicitud y serán resueltas por el Comité Calificador en el plazo de los tres días hábiles siguientes desde la finalización del plazo de presentación de alegaciones.

e. Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones o, en su caso, una vez resueltas, el Comité Calificador elaborará y publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales, un listado definitivo de las personas candidatas tras la fase de baremación de méritos, ordenado de mayor a menor puntuación obtenida.

3. Entrevista competencial.

a. Finalizada la fase de baremación de méritos, se desarrollará la fase de entrevistas con cada una de las candidaturas admitidas. La entrevista se desarrollará por el Comité Calificador con cada candidatura en la fecha, lugar y hora que se indique en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales.

b. En dicha entrevista se valorarán las competencias generales previstas de la presente convocatoria y en el Anexo II.

c. La entrevista estará basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, se desarrollará siguiendo un guión y estructura previamente establecidos por el Comité Calificador que se aplicará a todas las personas candidatas.

d. Finalizadas todas las entrevistas, el Comité Calificador elaborará un listado definitivo con el resultado de la fase de entrevistas ordenado de mayor a menor puntuación obtenida, que se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales. El listado desglosará la puntuación de cada candidatura por cada uno de los ámbitos competenciales definidos en las presentes bases.

4. Resolución del proceso.

a. El Comité Calificador remitirá al Presidente del Patronato de la Fundación PTS, como competente para realizar el nombramiento, la propuesta de selección en la que se incluirá la candidatura que haya obtenido la mayor puntuación en las dos fases anteriores, en el plazo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

b. El Comité Calificador declarará desierto el concurso público, en el supuesto de que no hubiera ninguna candidatura admitida que obtenga al menos 31 puntos en la fase de baremación de méritos y 20 puntos en la fase de entrevistas.

c. El Patronato de la Fundación designará a la persona propuesta para ocupar el puesto.

d. En caso de renuncia de la candidatura de mayor puntuación, automáticamente se procederá al nombramiento de la segunda o sucesivas candidaturas de mayor puntuación.

e. Los resultados del proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la sección Proceso selectivo personal directivo de entidades instrumentales del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la web de la Fundación PTS.

f. La persona designada suscribirá el contrato de trabajo que le vincule a la entidad, el cual se ajustará al modelo previamente aprobado por la Consejería competente en materia de sector público instrumental.

g. La persona designada será convocada para la firma del contrato en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Este plazo podrá modificarse dependiendo de las necesidades organizativas de la Fundación PTS. El contrato se ajustará al modelo previamente aprobado al que se alude en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

h. En el supuesto de que la persona convocada no compareciese en los plazos establecidos al efecto para la firma del contrato o posteriormente para su efectiva incorporación a la Fundación PTS, se entenderá que renuncia a su nombramiento.

Anexo II

BAREMO DE PUNTUACIÓN: GERENTE DE LA FUNDACIÓN PTS DE GRANADA

1. Méritos: máximo de 60 puntos.

Se valorarán los siguientes méritos.

a. Méritos en experiencia profesional: máximo de 40 puntos.

i. Experiencia superior a los cinco años exigidos como requisito mínimo en puestos de dirección:

Por cada 12 meses de experiencia en puestos de dirección (sector público o privado), adicional a la acreditada en el apartado de requisitos mínimos, se otorgará 2 puntos con un máximo de 20 puntos.

ii. Experiencia profesional en el ámbito del sector público:

Por cada 12 meses de experiencia en el ámbito del sector público, distinta de la indicada en el apartado 1.a.i, se otorgará 1 punto con un máximo de 10 puntos.

iii. Experiencia profesional en cualquiera de las siguientes materias:

Urbanismo o promoción y gestión inmobiliaria.

Gestión de centros de investigación.

Empresas o entidades orientadas al desarrollo de la innovación.

Sector biomédico y en genérico en el sector salud.

Sector TIC y de la Inteligencia Artificial.

Centros universitarios.

Por cada 12 meses de experiencia en el desempeño de estas funciones se otorgará 1 punto con un máximo de 5 puntos.

iv. Experiencia profesional en Gestión de fundaciones o consorcios del sector público:

Por cada 12 meses de experiencia en el desempeño de estas funciones se otorgará 1 punto con un máximo de 5 puntos.

b. Méritos en formación: máximo de 15 puntos.

i. Formación de posgrado en el ámbito de la administración y dirección de empresas o del sector público o equivalente (5 puntos por cada posgrado).

ii. Formación especializada en habilidades directivas, liderazgo y/o gestión de equipos de trabajo (3 puntos por cada curso superior a 100 horas).

iii. Formación especializada en la gestión de la innovación o innovación abierta (3 puntos por cada curso superior a 100 horas).

iv. Grado de doctor (3 puntos). En caso de que la tesis doctoral esté relacionada con las funciones a realizar, la valoración será de 4 puntos.

c. Méritos en idiomas: máximo de 5 puntos.

i. Nivel de inglés acreditado conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL) o similar:

1 punto si acredita un título oficial de nivel B1 o equivalente.

2 puntos si acredita un título oficial de nivel B2 o equivalente.

4 puntos si acredita un título oficial de nivel C1 o equivalente.

5 puntos si acredita un nivel superior al C1 o equivalente.

2. Capacidad e idoneidad: entrevista competencial. Máximo de 40 puntos.

Durante la entrevista se valorarán aptitudes y conocimientos.

Aptitudes. 20 puntos.

i. Vocación de servicio público y liderazgo (máximo 5 puntos). La persona que desempeñe el puesto debe tener capacidad de liderazgo, de persuasión hacia otras personas para hacer algo o adoptar un punto de vista, y decidir acciones basadas en sus convicciones. Debe tener capacidad de control en entornos de presión e incertidumbre.

ii. Iniciativa, proactividad y creatividad (máximo 5 puntos). También ha de mantener un elevado grado de actividad, establecer estándares de ejecuciones exigentes y persistir en su ejecución. Ha de expresar el deseo de avanzar hacia mayores cotas de desempeño. Ha de ser capaz de reunir, analizar y estudiar la información relevante, generar opciones viables, seleccionar acciones posibles y utilizar los recursos de forma imaginativa. Debe saber encontrar soluciones a los problemas.

iii. Planificación y visión estratégica (máximo 5 puntos). Capacidad para estructurar el trabajo y proveer los recursos necesarios para asegurar una eficaz ejecución de las tareas. Igualmente ha de tener la flexibilidad necesaria para gestionar lo imprevisible. Debe ser capaz de pensar a largo plazo, comprendiendo escenarios complejos y previendo los posibles efectos derivados de las políticas públicas.

iv. Capacidad de comunicación (máximo 5 puntos). Las habilidades de comunicación interpersonal, de convicción y de persuasión resultan esenciales en la dirección de equipos de trabajo y en la gestión del cambio en las organizaciones.

Conocimientos. 20 puntos.

El candidato deberá responder a un cuestionario oral que podrá versar sobre alguno o algunos de los siguientes temas relacionados con el puesto a desempeñar:

Gestión económico-financiera, sector público andaluz, gestión pública, contratación pública, gestión de personal, empleo público, gestión de subvenciones y ayudas, entorno tecnológico, urbanismo, gestión inmobiliaria y derecho de fundaciones.

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