Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 06/11/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 89.3 de la citada Ley Orgánica del Sistema Universitario, en virtud de la ejecución del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de julio de 2023, por el que se aprueba el Plan de Promoción del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios Funcionario y Laboral para el periodo 2023-2027, y con sujeción al Reglamento de Selección, contratación y nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz y a las bases que se acompañan,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna, con sujeción a las bases que se acompañan.

Cádiz, 30 de octubre de 2023.- El Rector en funciones, P.D. de firma, la Gerente, Mariví Martínez Sancho.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, de dos plazas para el ingreso en la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.

1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de fecha 18 de diciembre de 2017, el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, con carácter supletorio, y a las bases de la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. La duración máxima de la fase oposición será de noventa días hábiles, a contar desde la finalización del primer ejercicio.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Ingeniería, Arquitectura, Licenciatura o equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.2. Pertenecer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la escala de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, prestar servicios en la Universidad de Cádiz con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=422

La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital del interesado. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud por el interesado, por lo que éste no podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.

Quedarán excluidas provisionalmente aquellas personas que no hayan firmado y presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto.

3.2. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.

b) Para la valoración de los aspirantes en la fase de concurso, deberán presentar junto con la solicitud, relación de méritos alegados según modelo disponible en la página web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, así como la documentación acreditativa de los mismos, excepto que la misma conste en el expediente del área de Personal.

No se admitirá la alegación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049- 4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «PS A1 INF PI23 + nombre del aspirante».

La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición, aportando a la solicitud certificación de discapacidad.

3.3. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.4. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.

3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado/a.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del área de Personal

https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,

se incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión.

4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunal Calificador.

5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, los miembros del Tribunal calificador de la presente convocatoria serán los que figuran en el Anexo III.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página Web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.

5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022, en los términos correspondientes.

5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.

5.10. Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio Hospital Real, Plaza Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039 y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.12. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera establecida en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de marzo de 2024. La fecha, lugar y hora de celebración del mismo se hará pública, junto con el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as, en la página Web del área de Personal: https://personal.uca.es/convocatoria-pas

La publicación de los anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.

6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos, por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.

6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Resultados.

7.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Cádiz, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan superado aquella, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Cádiz, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En el caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de candidatos que han superado el proceso selectivo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.

7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7.5. La Presidencia del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los opositores deberán presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del título exigido en la base 2.1.1, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

b) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2. Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento en la Universidad de Cádiz.

8.3. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.5. Los aspirantes que superen el proceso selectivo y ocupen un puesto de doble adscripción a los subgrupos A1 y A2 permanecerán en sus respectivos puestos, hasta que no obtenga otro mediante los procedimientos normales de provisión de puestos de trabajo, en su caso.

En el caso de aspirantes que superen el proceso selectivo y ocupen puestos adscritos al subgrupo A2, permanecerán en ellos, y se procederá a la modificación de sus puestos de trabajo en cumplimiento de los acuerdos sobre planes de promoción del Personal de Administración y Servicios funcionario.

8.6. La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento de funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.

9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica:

https://dpd@uca.es/.

9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4. En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía

(www.ctpdandalucia.es).

10. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La interposición de recursos administrativos se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

I.A. Fase de oposición.

La fase de oposición, de carácter eliminatorio, estará formada por los ejercicios que a continuación se indican:

Primer ejercicio. Consistirá en contestar una serie de cuestiones o una prueba situacional de competencias, para valorar las capacidades relacionadas con el perfil de las plazas y el contenido del bloque general del temario. La duración máxima de este ejercicio será de 150 minutos. A criterio del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador sin conexión a internet, lo cual será anunciado con la antelación suficiente.

Segundo ejercicio. De carácter teórico. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema o epígrafe de tema, a elegir de entre cuatro propuestos por el tribunal, correspondientes al bloque específico del temario. La duración máxima de este ejercicio será de 150 minutos. A criterio del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador sin conexión a internet, lo cual será anunciado con la antelación suficiente.

Tercer ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico o prueba situacional a elegir entre dos propuestos por el tribunal, en el que el interesado deberá proponer una solución al problema planteado o emitir un informe en los términos indicados en el supuesto o prueba. Los supuestos o pruebas planteadas intentarán abarcar varios temas del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 240 minutos. A criterio del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador, lo cual será anunciado con la antelación suficiente.

Los criterios generales de valoración de los ejercicios serán:

– Grado de conocimiento técnico de las materias propias del temario.

– Capacidad de integración e interrelación en las respuestas a las cuestiones planteadas.

– Capacidad de síntesis en las respuestas a las cuestiones planteadas.

– Capacidad de expresión escrita.

– Corrección ortográfica y gramatical.

– Grado de calidad en la presentación formal del ejercicio.

El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de corrección.

Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima en el anterior, tal y como se señala a continuación: los tres ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos. Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de 15 puntos entre los tres ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior.

I.B. Fase de concurso.

1. Nivel de formación académica. Se valorará la posesión de la mayor de las siguientes titulaciones académicas, relacionadas con la escala:

a) Titulación de Máster oficial: 0,4 puntos.

b) Titulación de Doctor: 0,8 puntos.

2. Cursos de formación recibidos. Se valorará la suma total de horas de formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones del subgrupo A1, especialidad Informática, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos y privados, conforme se indica a continuación:

2.1. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento organizados por Universidades y centros públicos, se otorgará la siguiente puntuación:

– De 1 a 100 horas acumuladas: 0,5 puntos.

– De 101 a 200 horas acumuladas: 1 punto.

– De 201 a 300 horas acumuladas: 1,5 puntos.

– Más de 300 horas acumuladas: 2 puntos.

2.2. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento organizados por centros privados se otorgará la siguiente puntuación:

– De 1 a 100 horas acumuladas: 0,2 puntos.

– De 101 a 200 horas acumuladas: 0,4 puntos.

– De 201 a 300 horas acumuladas: 0,6 puntos.

– Más de 300 horas acumuladas: 0,8 puntos.

Los cursos en cuyo certificado no aparezca el número de horas se valorarán con una hora. Si el curso tiene certificado de aprovechamiento se multiplicará el número de horas del mismo por 1,5.

La puntuación máxima en el apartado 2.1 será de 2 puntos, en el apartado 2.2 será de 0,8 y el total de este mérito será de 2 puntos.

3. Cursos de formación impartidos. Se valorará la suma total de horas de formación impartida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de especialidad informática, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos, otorgando la siguiente puntuación:

– De 1 a 50 horas acumuladas: 0,5 puntos.

– De 51 a 100 horas acumuladas: 1 punto.

– De 101 a 150 horas acumuladas. 1,5 puntos.

– Más de 150 horas acumuladas: 2 puntos.

La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos.

4. Experiencia. Por la realización de funciones y tareas en los puestos de trabajo que a continuación se indican, de la especialidad Informática, hasta un máximo de 7 puntos, computados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

– Director de área o asimilado: a razón de 0,5833/365 puntos por día de servicios prestados.

– Jefatura de servicio o asimilado: a razón de 0,4667/365 puntos por día de servicios prestados.

– Jefatura de sección o asimilado: a razón de 0,3500/365 puntos por día de servicios prestados.

– Técnico Medio o asimilado: a razón de 0,2333/365 puntos por día de servicios prestados.

– Cualesquiera otras funciones: a razón de 0,1167/365 puntos por día de servicios prestados.

5. Grado consolidado. Según el grado consolidado a la fecha de finalización de presentación de solicitudes se otorgará la siguiente puntuación:

– Grado 22: 0,2 puntos.

– Grado 23: 0,4 puntos.

– Grado 24: 0,6 puntos.

– Grado 25: 0,8 puntos.

– Grado 26: 1 punto.

6. Puesto de trabajo. Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

– Nivel 22: 0,4 puntos.

– Nivel 23: 0,8 puntos.

– Nivel 24: 1,2 puntos.

– Nivel 25: 1,6 puntos.

– Nivel 26: 2 puntos.

La valoración efectuada en este apartado, no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

7. Grupo de adscripción según RPT. Según el grupo de adscripción del puesto de trabajo establecido en la RPT que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

– A2: 1 puntos.

– A1/A2: 2 puntos.

8. Antigüedad. La antigüedad se valorará hasta un máximo de 1,67 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:

– Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en la escala de Gestión, especialidad informática, asignándose 0,1676/365 puntos por día.

– Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en otros cuerpos o escalas y en categorías laborales, asignándose 0,1/365 puntos por día.

– Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en cuerpos o escalas y en categorías laborales, asignándose 0,068/365 puntos por día.

No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

9. Libros, publicaciones y ponencias. Los libros y publicaciones autoría de los participantes en el proceso selectivo, en materias propias de las funciones asignadas a los funcionarios de la especialidad Informática, en los que conste depósito legal e ISBN, se valorarán a razón de 0,3952 puntos por libro y 0,1976 puntos por publicación.

Las publicaciones en revistas especializadas se valorarán a razón de 0,1197 puntos. Cualquier otra publicación, ponencia o similar, se valorará a razón de 0,1197 puntos por cada una.

La puntuación máxima de este apartado no podrá superar los 2 puntos.

I.C. Proceso selectivo.

La determinación del número de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida en los tres ejercicios de la fase de oposición de aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición.

ANEXO II

PROGRAMA

BLOQUE GENERAL.

I. Gerencia pública y organización de la administración

1. La administración por objetivos: dirección por objetivos y programación de Proyectos. Administración para la calidad. Modelos de gestión: el modelo EFQM. Los sistemas de certificación y acreditación.

2. El factor humano en la organización. El liderazgo: estilos y competencias del líder. El grupo en la organización: dinámicas de trabajo, el trabajo en equipo. La motivación. La comunicación interna.

3. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Gestión de los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional.

4. Los Sistemas de Información. La atención al público. La comunicación con el usuario.

5. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto. Funciones. El Reglamento sobre transparencia de la Universidad de Cádiz.

6. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la Ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.

7. Tercer Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz: misión, visión y valores; diagnóstico; dimensiones y objetivos.

II. Derecho Administrativo. Gestión financiera y universitaria.

1. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Funcionamiento electrónico del sector público. Convenios.

2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: normas generales.

4. El presupuesto en la Universidad de Cádiz. Normas de ejecución presupuestaria de la Universidad de Cádiz.

5. Los contratos regulados por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos. Características generales. Actuaciones preparatorias de los contratos. Fases del procedimiento de contratación.

BLOQUE ESPECÍFICO

III. A: Organización y gestión de los Sistemas de Información. Normativa de Administración Electrónica.

1. Definición, estructura y dimensionamiento de los Sistemas de Información.

2. Herramientas de planificación y control de gestión de la función de dirección TIC. El cuadro de mando.

3. Organización y funcionamiento de un centro de sistemas de información. Funciones de desarrollo, mantenimiento, sistemas, bases de datos, comunicaciones, seguridad, calidad, microinformática y atención a usuarios.

4. Dirección y gestión de proyectos de TIC. Metodologías Gantt, Pert y Lean.

5. Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

6. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

7. La protección jurídica de los programas de ordenador.

8. Buenas prácticas en la Gestión de Servicios TIC: Modelo de Gestión de Servicios ITIL.

9. Seguridad informática. Análisis y gestión de riesgos. Herramientas.

10. Esquema Nacional de Seguridad.

11. Esquema Nacional de Interoperabilidad.

12. Accesibilidad y usabilidad web. W3C. Diseño universal. Diseño web adaptativo.

13. Software libre y privativo. Licenciamiento de programas y tipos de licencias. Medios de comprobación de la legalidad y control del software.

III. B: Tecnología básica.

1. Sistemas de almacenamiento para sistemas grandes y departamentales. SAN y NAS.

2. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas grandes, medios y pequeños. Servidores de datos y de aplicaciones. Seguridad en servidores.

3. Sistemas operativos: Estructuras, componentes, funciones, características y evolución. Administración de memoria, procesos y subprocesos, entrada/salida, sistemas de ficheros.

4. Los sistemas de gestión de bases de datos SGBD. El modelo relacional. Arquitectura y principios básicos del SGBD Oracle.

5. Administración Electrónica. Componentes. Servicios del MINHAFP.

6. Sistemas de altas prestaciones. Grid Computing. Supercomputadores.

7. Centros de procesos de datos: elementos, normativa, tipos y características.

8. Computación en la nube, IaaS, PaaS, SaaS, nubes privadas, públicas e híbridas.

9. Inteligencia artificial: la orientación heurística, inteligencia artificial distribuida, agentes inteligentes. Gestión del conocimiento: representación del conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.

10. E-learning: conceptos, herramientas, sistemas y normalización.

11. Gestión de datos. Datawarehouse. Arquitectura OLAP. Minería de datos. Big Data. Entornos Hadoop.

12. Virtualización. Sistemas VDI. Virtualización de puestos de trabajo y aulas. Evaluación de sistemas VDI. Clonación de puestos de trabajo y aulas. Tecnología OpenGnsys.

13. Algoritmos de cifrado simétricos y asimétricos. Identificación y firma electrónica. Certificados digitales. Claves públicas y privadas. Formatos de firma electrónica.

III. C: Ingeniería de los sistemas de información.

1. El ciclo de vida de los sistemas de información. Modelos del ciclo de vida. Planificación estratégica de sistemas de información.

2. Análisis funcional de sistemas, casos de uso e historias de usuario. Metodologías de desarrollo de sistemas. Metodologías ágiles: Scrum. Análisis del dominio de los sistemas: modelado de dominio, modelo entidad relación y modelos de clases.

3. Análisis dinámico de sistemas: modelado de procesos, modelado dinámico y BPMN (Business Process Model and Notation). El análisis de aspectos no funcionales: rendimiento, seguridad y privacidad.

4. Diseño arquitectónico de sistemas. Diagramas de despliegue. Técnicas de diseño: diseño por capas y patrones de diseño.

5. Diseño de estructuras de datos en bases de datos relacionales. El Modelo Entidad Relación. El lenguaje SQL y PL/SQL

6. Metodología de desarrollo de sistemas. Orientación al proceso y orientación a los datos.

7. Procesos, planificación, técnicas y herramientas de pruebas del software. Criterios de aceptación del software. Métricas y evaluación de la calidad del software.

8. Mantenimiento de sistemas. Mantenimiento predictivo, adaptativo y correctivo.

9. Gestión de cambios en proyectos de desarrollo de software. Gestión de la configuración y de versiones. Gestión de entornos.

10. Desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles Android e IOS.

11. Entornos de desarrollo y lenguajes JAVA, PHP y PYTHON.

12. Arquitectura de desarrollo en la web. Conceptos de gestión de contenidos web. Lenguajes HTML, CSS , XML y JavaScript.

13. Servicios Web: SOAP y REST. Estándares y protocolos asociados. Interoperabilidad y Seguridad en Servicios Web.

III. D: Comunicaciones e internet.

1. Redes de telecomunicaciones. Conceptos. Medios de transmisión. Conmutación de circuitos y paquetes. Protocolos de transporte: tipos y funcionamiento.

2. La familia de protocolos TCP/IP. Protocolos IPV4 e IPv6.

3. Sistemas de cableado. Cableado estructurado. Normativa. Tecnologías de acceso: fibra, móvil e inalámbrica.

4. Redes de área local. Tipología, medios de transmisión, métodos de acceso, dispositivos de interconexión. Protocolos y tecnologías.

5. Redes de área extensa. Protocolos y tecnologías.

6. Interconexión de redes. Protocolos y tecnologías.

7. Redes inalámbricas: el estándar IEEE 802.11, características. Sistemas de expansión del espectro. Sistemas de acceso, autenticación y modos de operación. Bluetooth.

8. El correo electrónico. Sistemas de mensajería.

9. Servicios de directorio. Gestión de identidades. LDAP. SSO.

10. La seguridad en redes. Tipos de ataques. Control de accesos. Cortafuegos.

11. La red Internet y los servicios básicos. Redes públicas de transmisión de datos: la red SARA.

12. Transformación digital y ciudades inteligentes. Internet de las cosas (Iot).

13. Sistemas de videoconferencia. Herramientas de trabajo en grupo. Acondicionamiento de salas y equipos. Streaming de video.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular.

Presidente:

Don Abelardo Belaustegui González, funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

Don Gerardo Aburruzaga García, funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

Don Jose Luis Marcos Vara, funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

Don Miguel Rueda Barranco, funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Sevilla.

Secretaria:

Doña Eloisa Blázquez González, funcionaria de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

Tribunal suplente.

Presidente:

Don Juan José Martínez Peña, funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

Don Antonio Benítez Olmo, funcionario de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

Doña Elena Ben Santos, funcionaria de la escala Técnica de Gestión, especialidad informática, de la Universidad de Cádiz.

Don Víctor José Hernández Gómez, funcionario de la escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad Pablo de Olavide.

Secretaria:

Doña Juana Álvarez Delgado, funcionaria de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

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