Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 08/11/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa de la modificación del proyecto y de autorización administrativa de construcción del proyecto que se cita. (PP. 3094/2023).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00291506.

Expedientes: PRETOR 2479.

AAU/JA/012/2023.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el titular de la instalación depositó garantía económica en forma de seguro de caución el día 16.9.2019, por un importe de 500.000,00 €, habiéndose emitido Certificado sobre la adecuada constitución de garantía por el órgano competente el día 11.2.2021. Así mismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, la misma sociedad mercantil Greenalia Solar Power Zumajo I, S.L.U., con CIF B44507564, depositó garantía económica en forma de seguro de caución el día 31.5.2022, por un importe de 1.500.000,00 €, habiéndose emitido resolución de adecuada constitución de garantía por el órgano competente el día 10.11.2022.

Segundo. Con fecha 27.5.2019, Red Eléctrica de España, S.A.U., como operador del sistema eléctrico y gestor de la red de transporte, emite Informe de Viabilidad de Acceso en la subestación Guadame 400 kV (Guadalquivir Medio), informando a Premier Engineering and Procurement, S.L., en su calidad de Interlocutor Único (IUN). Así mismo el día 23.1.2020, envía actualización de acceso coordinado a la Red de Transporte en la subestación Guadame 400 kV por incorporación de varias plantas solares fotovoltaicas, entre ellas las promovidas por Celtics Capital Advisers, S.L.U., y por Cleveland Brown Time, S.L.U. En ambos escritos Red Eléctrica de España, S.A.U., manifiesta la viabilidad de las instalaciones solicitadas desde la perspectiva de la red de transporte y el funcionamiento del sistema, exponiendo las limitaciones y condicionantes para la aceptabilidad técnica de su solicitud.

Tercero. Red Eléctrica de España, S.A.U., emite el 18.1.2022 Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas para la Conexión (ICCTC) en el que informa que procede otorgar permiso de conexión de las instalaciones solicitadas en el punto de conexión de la Red de Transporte «SE Guadalquivir Medio 400 kV en una posición nueva». Igualmente Red Eléctrica de España, S.A.U., con fecha 20.1.2022, envía Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) por el que procede otorgar permiso de conexión a la red de transporte para estas instalaciones. Esta comunicación supone la cumplimentación de los procedimientos de acceso y conexión, y constituye los permisos de acceso y conexión a la red de transporte necesarios para el otorgamiento de la autorización administrativa.

Cuarto. La Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Jaén, con fecha 30.3.2023 concede Autorización Administrativa Previa del Proyecto de «Parque Solar Fotovoltaico «Zumajo I», líneas subterráneas de evacuación 30 kV, Subestación Colectora, Subestación Eléctrica Transformadora «SET Zumajo 1» 30/132 kV e infraestructuras comunes de evacuación «SET Zumajo 1/SET Promotores Guadame», en el término municipal de Marmolejo (Jaén).

Cuarto. Con fecha 28.4.2023, la sociedad mercantil Greenalia Solar Power Zumajo I,  S.L., titular de la instalación, con CIF B44507564 y con domicilio social en Plaza de María Pita, núm. 10, planta 1.ª, 15001 A Coruña, solicita Autorización Administrativa Previa de la modificación del Proyecto, Autorización Administrativa de Construcción y Autorización Ambiental Unificada de la instalación eléctrica referenciada. Junto a la citada solicitud presenta documentación técnica correspondiente al proyecto de «Instalación Fotovoltaica denominada Zumajo I de 49,99 MWp, Línea Alta Tensión 132 kV SET Zumajo I-SET Promotores Guadame y Subestación SET Zumajo I», en el término municipal de Marmolejo (Jaén). Con fechas 16.5.2023 y 19.6.2023 el titular envía documentación técnica para la completar la misma tras lo solicitado mediante requerimiento de esta Delegación Territorial de fecha 9.5.2023.

Quinto. La instalación de referencia, conforme al Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental (GICA), se encuentra sometida a autorización ambiental unificada, por estar incluida en el epígrafe 2.6. bis de dicho anexo, y al trámite establecido en la Instrucción conjunta 1/2022 de la Secretaría General de Energía de la Consejería de Política Industrial y Energía y de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren sometidas a Autorización Ambiental Unificada. En virtud de ello, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén, emite Informe Favorable de carácter Vinculante, con fecha 24.8.2023, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada según expediente AAU/JA/012/2023, para el proyecto de instalación de «Parque Solar Fotovoltaico 49,99 MWp Zumajo I, Línea de Evacuación Subterránea 30 kV hasta SET Zumajo I y Línea de Evacuación Subterráneo – Aérea 132 kV SET Zumajo I – SET Promotores Guadame», en el término municipal de Marmolejo (Jaén).

Sexto. Con fecha de 12.6.2023 se sometió al trámite de Información Pública el Acuerdo de 1 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que se abre un período de información pública sobre el proyecto de «Parque Solar Fotovoltaico Zumajo I de 49,99 MWp, SET Zumajo I y Línea de Alta Tensión 132 kV SET Zumajo I–SET Promotores Guadame», en el término municipal de Marmolejo (Jaén), en el procedimiento de autorización ambiental unificada abreviada, mediante su anuncio publicado en el BOJA núm. 110, durante el plazo de 30 días hábiles, conforme establecen los artículos 19 y 32.2 del Decreto 356/2010, no habiéndose recibido ninguna alegación.

Así mismo se ha emitido el día 18.7.2023 Certificado de Exposición Pública del Ayuntamiento de Marmolejo en el que se indica que el anuncio estuvo expuesto, en el tiempo que transcurre desde el día 5.6.2023 hasta el día 17.7.2023.

Séptimo. Con fecha 1.6.2023 se realiza anuncio por el que se somete a Información Pública la solicitud de autorización administrativa previa de la modificación del proyecto y autorización administrativa de construcción del proyecto de «Parque Solar Fotovoltaico Zumajo I de 49,99 MWp, SET Zumajo I, y Línea de Alta Tensión 132 kV SET Zumajo I – SET Promotores Guadame», en el término municipal de Marmolejo (Jaén)», a los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; y Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, de acuerdo con el artículo 125. Dicho anuncio se ha sometido a información pública mediante su inserción en el BOP núm. 111, de fecha 8 de junio de 2023, durante el plazo de 30 días, sin que se hayan recibido alegaciones en el plazo establecido para ello.

Octavo. De conformidad con lo previsto en el art. 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, se ha dado cumplimiento al trámite de información a las Administraciones y organismos afectados por la instalación. Así mismo, según determina el artículo 131 del citado Real Decreto se han remitido a estas Administraciones y organismos afectados separatas del proyecto presentado al objeto de que establezcan el condicionado técnico procedente. En este sentido, los informes emitidos por los organismos consultados han sido aceptados por el titular. Por otro lado, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, como Organismo de Cuenca, y con competencia para el otorgamiento de autorizaciones referentes al dominio público hidráulico, indica en su informe que «La ejecución de cualquier obra o trabajo en la Zona de Policía de cauces precisará Autorización Administrativa previa del Organismo de Cuenca...».

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica, siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento no afecte a otro territorio.

Segundo. Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación Territorial, en el uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa de la modificación del proyecto y de autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica e infraestructura de evacuación, cuyas características se describen a continuación:

Solicitante: Greenalia Solar Power Zumajo I, S.L.U. (CIF B44507564).

Domicilio social: Plaza de María Pita, núm. 10, planta 1.ª, 15001 A Coruña.

Finalidad: Proyecto de «Instalación Fotovoltaica denominada Zumajo I de 49,99 MWp, Línea Alta Tensión 132 kV SET Zumajo I-SET Promotores Guadame y Subestación SET Zumajo I», en el término municipal de Marmolejo (Jaén).

Expedientes: PRETOR 2479 - AAU/JA/012/2023.

Características principales de la instalación.

Planta Solar Fotovoltaica «Zumajo I»:

La planta solar que se proyecta tendrá una potencia instalada de 42,6 MW nominales y 49,99 MW pico y estará compuesta por 11 subcampos.

• Strings por cada tracker: 1.

• Strings por cada inversor: 195.

• Módulos por cada tracker: 30.

• Módulos por cada inversor: 5.850.

• Potencia por cada tracker: 19.950 Wp.

• Potencia por cada inversor: 3.890.250 Wp.

• Total de inversores: 15.

• Total de trackers: 2.506.

• Total de módulos: 75.180.

• Máxima potencia: 49,99 MWp.

• Potencia nominal: 42,60 MWn.

• Ratio DC/AC: 1,17

• Inversores por cada transformador: 3 trafos con 2 inversores y 9 trafos con 1 inversor.

• Pot. activa por transformador: 7,2 MVA (2), 3,6 MVA (4), 2,5 MVA (4) y 5,0 MVA (2).

• Factor de potencia: 1.

• Total de transformadores: 12.

Centro de seccionamiento Zumajo I:

Los centros de seccionamiento serán de tipo prefabricado, de la casa comercial Sarpel o similar. Se deberá realizar una preparación del terreno y cimentación (cuyo estudio se bordará en el correspondiente proyecto de detalle de la planta) previo a la implantación de la caseta en su ubicación.

El centro de seccionamiento Zumajo I (Norte) contará con un conjunto de celdas de 30 kV para unificar los diferentes circuitos con que cuenta la zona norte de la planta, unificando toda la potencia en un único circuito de salida hasta el centro de seccionamiento Zumajo I (Sur).

El centro de seccionamiento Zumajo I (Sur) contará con un conjunto de celdas de 30 kV para unificar los diferentes circuitos con que cuenta la planta, unificando toda la potencia en un único circuito de salida hasta la subestación. Además, este contará con una celda de medida para realizar la medida fiscal de la energía generada en la planta.

SET Zumajo I:

La subestación SET Zumajo I estará compuesta por un sistema de 132 kV y 30 kV, toda la aparamenta será de intemperie y estará compuesta por las siguientes posiciones:

• Una (1) posición de línea de 132 kV, con tecnología de aparamenta convencional, para la salida de la LAT 132 kV SET Zumajo I – SET Promotores.

• Una (1) posición de transformación de 132 kV, con tecnología de aparamenta convencional, para la - protección del transformador de potencia y su conexión a barras colectoras de 132 kV (POS T1).

• Una (1) posición de transformación de 132 kV, con tecnología de aparamenta convencional, para la protección del transformador de potencia y su conexión a barras colectoras de 132 kV (POS T2).

• Un (1) transformador de potencia con relación de transformación 30/132 kV y con una potencia aparente de 150 MVA (T1).

• Un (1) transformador de potencia con relación de transformación 30/132 kV y con una potencia aparente de 150 MVA (T2).

• Una (1) posición de medida de tensión en barras colectoras de 132 kV.

• Un embarrado principal de 132 kV.

• Un sistema de 30 kV, con tecnología de aparamenta GIS, dotado de las siguientes posiciones:

◦ Dos (2) posiciones de protección, para el lado de 30 kV del transformador de potencia T1.

◦ Dos (2) posiciones de protección, para el lado de 30 kV del transformador de potencia T2.

◦ Una (1) posición de protección, para el transformador de servicios auxiliares de la subestación.

◦ Cuatro (4) posiciones de protección, para la batería de condensadores.

◦ Siete (7) posiciones de protección, para las líneas procedentes de las plantas de generación fotovoltaica.

◦ Cuatro (4) posiciones de medida de 30 kV.

Línea de Evacuación SET Zumajo I – SET Promotores Guadame:

Tramo I (Soterrado):

• Tensión de línea: 132 kV.

• Tensión más elevada de la red: 145 kV.

• Frecuencia de la línea: 50 Hz.

• Potencia prevista a transportar: 50 MW.

• Tipo de conductor: RHZ1-RA+OL (S) 76/132 kV 1x2000Mk/120.

• Número de circuitos: 1.

• Número de conductores por fase: 3.

• Tipo de canalización 1: Al aire por soportes de apoyo PAS.

• Tipo de canalización 2: En zanja bajo tubo hormigonado.

• Tipo de cable de comunicación: Monomodo – 48 Fibras ópticas.

• Núm. cables de comunicación: 1.

• Longitud de línea (*): 1.071 metros.

• Origen: SET Zumajo I.

• Final: Apoyo PAS núm. 1.

• Configuración de los conductores: Tresbolillo.

(*) Equivale a la longitud en planta de la línea subterránea. No se incluyen los aproximadamente 35 metros de longitud para subida por el apoyo PAS.

El presente tramo de la Línea de Alta Tensión estará compuesto por un simple circuito Triplex de conductor RHZ1-RA+OL (S) 76/132 kV 1x2000Mk/120, en zanja bajo tubo hormigonada. Su longitud aproximada será de 1.071 metros.

Tramo II (Aéreo):

• Frecuencia: 50 Hz.

• Tensión nominal: 132 kV.

• Tensión más elevada de la red: 145 kV.

• Categoría: 2.ª

• Número de circuitos: 1.

• Número de conductores aéreos por fase: 2.

• Tipo de conductor aéreo: LA-455.

• Tipo de cable de protección: OPGW-48.

• Número de cables de protección: 1.

• Potencia prevista a transportar: 263 MW

• Potencia máxima de transporte en aéreo: 349,46 MW.

• Número de apoyos proyectados: 2.

• Longitud: 471,45 metros.

• Zona de aplicación: Zona A.

• Tipo de aislamiento: Polimérico.

• Material Apoyos: Metálicos.

• Cimentaciones: Hormigón.

Este tramo de la Línea de Media Tensión constará de conductor LA-455 Dúplex, más un cable de fibra óptica del tipo OPGW-48, que efectuarán además la función de cables de tierra. Su longitud aproximada es de 471,45 metros.

En la siguiente tabla se muestran las coordenadas de los apoyos de la línea en proyección UTM utilizando el ETRS89 huso 30.

COORDENADAS DE LOS APOYOS DE LA LÍNEA AÉREA DE MEDIA TENSIÓN

Núm. Apoyo.

Función.

Tipo apoyo.

Vano anterior (m).

Vano posterior (m).

X (UTM).

Y (UTM).

Z.

Núm. 1.

FL-PAS.

GCO-4000-E-20-PAS.

-

471,56.

393.479,90.

4.211.558,90.

250,10.

Núm. 2.

FL-PAS.

GCO-4000-E-20-PAS.

471,45.

-

393.948,00.

4.211.615,00.

197,28.

Tramo III (Soterrado):

• Tensión de línea: 132 kV.

• Tensión más elevada de la red: 145 kV.

• Frecuencia de la línea: 50 Hz.

• Potencia prevista a transportar: 50 MW.

• Tipo de conductor: RHZ1-RA+OL (S) 76/132 kV 1x2000Mk/120.

• Número de circuitos: 1.

• Número de conductores por fase: 3.

• Tipo de canalización 1: Al aire por soportes de apoyo PAS.

• Tipo de canalización 2: En zanja bajo tubo hormigonado.

• Tipo de cable de comunicación: Monomodo – 48 Fibras ópticas.

• Núm. cables de comunicación: 1.

• Longitud de línea (*): 1.372 metros.

• Origen: Apoyo PAS Núm. 2.

• Final: SET Promotores Guadame.

• Núm. tramos: 2.

• Núm. empalmes: 1.

• Configuración de los conductores: Tresbolillo.

(*) Equivale a la longitud en planta de la línea subterránea. No se incluyen los aproximadamente 35 metros de longitud para subida por el apoyo PAS.

El presente tramo de la Línea de Alta Tensión estará compuesto por un simple circuito Triplex de conductor RHZ1-RA+OL (S) 76/132 kV 1x2000Mk/120, en zanja bajo tubo hormigonada. Su longitud aproximada será de 1.372 metros.

Emplazamiento de las Instalaciones.

Planta Solar Fotovoltaica «Zumajo I»:

Referencias catastrales: 23059A00200035, 23059A00200036, 23059A00209014, 23059A00200038, 23059A00200039, 23059A00200037, 23059A00200040, 23059A00200045, 23059A00200047, 23059A00200051, 23059A00200062, 23059A00200049, 23059A00200063, 23059A00200064, 23059A00209004, 23059A02100077, 23059A02100080, 23059A02100089, 23059A02100090, 23059A02100091, 23059A02100093, 23059A02100094, 23059A02100136, 23059A02100137, 23059A02100138, 23059A02100144, 23059A02100145, 23059A02100143, 23059A02100172, 23059A02100147, 23059A02100151, 23059A02100150, 23059A02100076, 23059A02100078, 23059A02100079, 23059A02100082, 23059A02100083, 23059A02100071, 23059A02100084, 23059A02100085, 23059A02100095, 23059A02100075, 23059A02100031, 23059A02100171, 23059A02100029, 23059A02109003, 23059A02100027, 23059A02100033, 23059A02100034, 23059A02100060, 23059A02100063, 23059A02100059, 23059A02100064, 23059A02100057, 23059A02100065, 23059A02100056, 23059A02100066, 23059A02100055, 23059A02100067, 23059A02100069, 23059A02100114, 23059A02100054, 23059A02100115, 23059A02100053, 23059A02100113, 23059A02100052, 23059A02100051, 23059A02109002, 23059A02200065, 23059A02209004, 23059A02200066, 23059A02200069, 23059A02200070, 23059A02200071, 23059A02200077, 23059A02200078, 23059A01809003, 23059A01800019, 23059A01800079, 23059A01809008, 23059A01800018, 23059A01800016, 23059A01800017, 23059A01800013, 23059A01800015, 23059A01800014, 23059A01800009, 23059A00200202, 23059A01800082, 23059A01800083, 23059A01800095, 23059A01800109, 23059A01809012, 23059A01800108, 23059A01800107, 23059A01800124, 23059A01709001, 23059A01700012, 23059A01700016, 23059A01700038, 23059A01800092, 23059A01800093, 23059A01800094, 23059A01800091, 23059A01800090, 23059A01800089, 23059A01800088, 23059A01800087, 23059A01800086, 23059A01800085, 23059A01800150, 23059A01800113, 23059A01800112, 23059A01800111, 23059A01800110, 23059A01809013, 23059A01700055, 23059A01700054, 23059A01700004, 23059A01700066, 23059A01700007, 23059A01700010, 23059A01700009, 23059A01700011, 23059A01700070, 23059A01700013, 23059A01700079, 23059A01700048, 23059A01700068, 23059A01700040, 23059A01700039.

Línea de Evacuación SET Zumajo I – SET Promotores Guadame:

Referencias catastrales: 23059A01400030, 23059A01400031, 23059A01400024, 23059A01400021, 23059A01400016, 23059A01500107, 23059A01500100, 23059A01500027, 23059A01500028, 23059A01500039, 23059A01500040, 23059A01500041, 23059A01500057, 23059A01500059, 23059A01500063, 23059A01500069, 23059A01500071, 23059A01600033, 23059A01600032, 23059A01600031, 23059A01600027, 23059A01600026, 23059A01600025, 23059A01600021, 23059A01600020, 23059A01600019, 23059A01600015, 23059A01600010, 23059A01700039, 23059A01700038, 23059A01700016, 23059A01800109, 23059A01800096, 23059A01800082, 23059A01800083.

SET Zumajo I:

Referencias catastrales: 23059A01800079, 23059A01800083.

Segundo. Estas autorizaciones se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:

1.ª La obtención de la autorización administrativa de explotación definitiva se realizará dentro de los plazos establecidos en el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

2.ª La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.

3.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, en su caso, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular y aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado impuesto en la resolución que otorga la Autorización Ambiental Unificada de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada presentada por Greenalia Solar Power Zumajo I, S.L.U., para el proyecto de «Parque Solar Fotovoltaico 49,99 MWp Zumajo I, Línea de Evacuación Subterránea 30 kV hasta SET Zumajo I y Línea de Evacuación Subterráneo-Aérea 132 kV SET Zumajo I-SET Promotores Guadame», en el término municipal de Marmolejo (Jaén) (Expediente AAU/JA/012/2023), de fecha 24.8.2023.

4.ª La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tal supuesto la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Tercero. La actualización de los permisos de acceso y conexión concedidos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

Notifíquese esta resolución al solicitante, en la forma prevista en los arts. 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los arts. 121 y 122 de la referida ley.

Jaén, 24 de octubre de 2023.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), el Delegado, Javier Calvente Gallego.

Descargar PDF