Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 08/11/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica acuerdo específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Universidad de Sevilla a través del Instituto Universitario de Investigación.

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Con fecha 2 de febrero de 2023 se ha suscrito adenda de prórroga al convenio marco entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Universidad Pablo de Olavide en materia de formación e investigación.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha adenda, como anexo a la presente resolución.

Sevilla, 31 de octubre de 2023.- El Director, José Loaiza García.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE Y EL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN

En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Oliva Blázquez, Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, actuando en nombre y representación de esta, de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, Ley 14/2011, de 1 de junio, y Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril; y con el artículo 31 del Estatuto de la Universidad Pablo de Olavide, aprobado por el Decreto 298/2003, de 21 de octubre (BOJA núm. 214, de 6 de noviembre de 2003), en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 191/2020, de 24 de noviembre (BOJA núm. 230, de 27 de noviembre).

De otra parte, don José Loaiza García, director del Instituto Andaluz de Administración Pública, nombrado por Decreto 299/2022, de 11 de agosto (BOJA núm. 157, de 17 de agosto), en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.g) de los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por Decreto 277/2009, de 16 de junio, modificado por Decreto 98/2014, de 10 de junio.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y suscribir la presente prórroga del convenio marco firmado entre ambas entidades el 27 de febrero de 2019, y a tal efecto

EXPONEN

Primero. Que el Instituto Andaluz de Administración Pública, de conformidad con el artículo 4.2.m) de sus Estatutos, aprobados por Decreto 277/2009, de 16 de junio, cuenta entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar con otros órganos y entidades, públicos y privados con funciones de formación del personal y de estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las Administraciones y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en Andalucía». Por su parte, el artículo 5.2 de los referidos Estatutos contempla un variado elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.

Segundo. Que con arreglo al artículo 55.1 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, «las Universidades andaluzas fomentarán el estudio, la docencia y la investigación como actividades encaminadas a lograr la formación integral de los estudiantes, la continua transferencia de conocimientos desde la institución universitaria, la creación de conocimiento y el desarrollo del espíritu crítico y emprendedor en todos los ámbitos de la actividad social».

Tercero. Que ambas partes suscribieron con fecha de 15 de diciembre de 2000 un convenio, que fue actualizado con fecha de 27 de febrero de 2019 y que ha servido de marco para la colaboración, el cual determinaba como aspectos prioritarios la consecución de fines comunes en actividades docentes, de investigación y en cualquier otro ámbito de interés mutuo mediante el establecimiento de convenios específicos. Donde se establecía en la cláusula segunda como modalidad de dicha colaboración, entre otras, la organización conjunta de cursos, conferencias, seminarios, congresos y publicaciones, así como la realización conjunta de proyectos de investigación y desarrollo (cláusula 2.ª a) y d)).

Cuarto. El citado convenio marco en su cláusula octava establece que éste tendrá una vigencia de 4 años pudiendo ser prorrogado hasta un máximo de cuatro años más, en cualquier momento antes de su finalización. Dado el grado de satisfacción con la ejecución y el desarrollo del mismo, a través de los acuerdos específicos suscritos, ambas partes consideran proceder a la prórroga del mismo.

Por todo ello, ambas partes deciden adoptar el siguiente acuerdo, que se desarrolla con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del convenio marco entre la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, y el Instituto Andaluz de Administración Pública en materia de formación e investigación. Por lo tanto, los efectos de la presenta adenda a este convenio se extenderán desde el 27 de febrero de 2023 al 26 de febrero de 2027.

Segunda. El convenio marco obligará a las partes por el plazo especificado en el apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.

Tercera. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 48. 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos de este acuerdo legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.

Y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente convenio. Por la Universidad Pablo de Olavide, el Rector Magnífico, fdo.: Francisco Oliva Blázquez. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública, el Director, fdo.: José Loaiza García.

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